ATS, 23 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Marzo 2022

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 23/03/2022

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 7761 /2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 19 DE BARCELONA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: APH/I

Nota:

CASACIÓN núm.: 7761/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Pedro José Vela Torres

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 23 de marzo de 2022.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de don Juan Carlos interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 12 de julio de 2021 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 19.ª), en el rollo de apelación n.º 232/2021, dimanante del juicio ordinario n.º 1207/2018 del Juzgado de Primera instancia n.º 48 de Barcelona.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

Por el procurador don David García Riquelme se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrente. Por el procurador don Felipe Juanas Blanco, en nombre y representación de Ediciones Zeta, S.A., Prensa Diaria Aragonesa, S.A., doña Herminia y don Agustín, se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrida. En el presente procedimiento es parte el Ministerio Fiscal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don Juan Carlos al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC, entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría . Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por don Juan Carlos interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 12 de julio de 2021 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 19.ª), en el rollo de apelación n.º 232/2021, dimanante del juicio ordinario n.º 1207/2018 del Juzgado de Primera instancia n.º 48 de Barcelona.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

Contra esta resolución no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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