SAP Cádiz 242/2021, 20 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución242/2021
Fecha20 Julio 2021

S E N T E N C I A NÚM. 242

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. JOSÉ CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

D. ANTONIO MARÍN FERNANDEZ.

Dª. CONCEPCIÓN CARRANZA HERRERA.

REFERENCIA :

PROCEDENCIA: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Rota.

AUTOS : Procedimiento Ordinario Nº 606/19

ROLLO DE APELACIÓN Nº 164/2021

En la Ciudad de Cádiz a veinte de julio de dos mil veintiuno.

Visto por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en el Procedimiento Ordinario Nº 606/2019 seguido en el Juzgado referenciado.

Ha sido parte apelante D. Ignacio representado por la procuradora Dª. Pilar Alvarez Ruiz de Velasco y defendido por el letrado D. Alain Uribeetxebarria Llerena.

Ha sido parte apelada SOLUCIONES ACTIVAS DE ARRENDAMIENTO S.L. representada por el procurador D. Mauricio Gordillo Alcala y defendida por el letrado D. Fernando A. González de la Peña Ysern.

I .- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó Sentencia el día 15 de diciembre de 2020, cuyo fallo es como sigue:

Que desestimando la demanda formulada por la representación procesal de D. Ignacio contra SOLUCIONES ACTIVAS DE ARRENDAMIENTO, S.L.U., debo absolver y ABSUELVO a la entidad demandada de la pretensión frente a ella ejercitada, con imposición de las costas procesales a la parte actora.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación contra la Sentencia recaída, fue dado traslado a la otra parte, presentándose escrito de oposición al recurso, y fueron emplazados por diez días para ante esta Audiencia Provincial donde fueron remitidos los autos. Llegados los mismos, fueron repartidos, correspondiendo su

conocimiento a esta Sección, donde se formó Rollo y fue designado Ponente, Resolución notif‌icada a las partes, personándose como consta, y señalándose día para la votación y fallo del recurso.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Carlos Ruiz de Velasco Linares, quien expresa el parecer del Tribunal.

II .- FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de la instancia desestima la demanda de resolución contractual e indemnización de daños y perjuicios, interponiendo recurso de apelación la parte demandante que lo fundamenta en una errónea valoración de la prueba, indebida aplicación de la norma, y existencia de incongruencia al no estar motivada la resolución de la instancia.

SEGUNDO

El motivo de incongruencia debe ser desestimado, pues razona los motivos por los que la demanda no puede ser estimada, al declarar expresamente que son conversaciones, comunicaciones, tratos preliminares precontractuales que no alcanzan la consideración de precontrato ni mucho menos de contrato de compraventa, no pudiendo crear una obligación contractual.

La doctrina jurisprudencial, sentencias del Tribunal Supremo de 14 de julio del 2003 y 13 de octubre del 2010, declara que la congruencia se mide por el ajuste o adecuación entre la parte dispositiva de la resolución judicial y los términos en que las partes han...

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