SAP Madrid 322/2021, 11 de Junio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Junio 2021
Número de resolución322/2021

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Décima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035

Tfno.: 914933917,914933918

37007740

N.I.G.: 28.148.00.2-2018/0002913

Recurso de Apelación 396/2021

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz

Autos de Juicio Verbal (250.2) 380/2018

APELANTE: D./Dña. Mariano

PROCURADOR D./Dña. JOSE MIGUEL MARTINEZ-FRESNEDA GAMBRA

APELADO: D./Dña. Jacinta

PROCURADOR D./Dña. HERNAN KOZAK CINO

SENTENCIA Nº 322/2021

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D./Dña. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D./Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

D./Dña. JOSÉ MARÍA ORTIZ AGUIRRE

En Madrid, a once de junio de dos mil veintiuno.

La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Juicio Verbal (250.2) 380/2018 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz a instancia de D./Dña. Mariano apelante - demandado, representado por el/la Procurador D./Dña. JOSE MIGUEL MARTINEZ-FRESNEDA GAMBRA y defendido por Letrado, contra D./Dña. Jacinta apelado - demandante, representado por el/la Procurador D./Dña. HERNAN KOZAK CINO y defendido por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 16/02/2021.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz se dictó Sentencia de fecha 16/02/2021, cuyo fallo es el tenor siguiente:

" ESTIMO la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Don Henan Kozak Cino, en nombre y representación de DOÑA Jacinta frente a DON Mariano y en consecuencia debo acordar los siguientes pronunciamientos:

  1. - DECLARO haber lugar al desahucio por precario de DON Mariano de la Finca registral nº NUM000 de Daganzo de Arriba, sita en el CAMINO000 nº NUM001 de Daganzo de Arriba, DIRECCION000 nº NUM002, CP 28814.

  2. - CONDENO a DON Mariano a desalojar inmediatamente la Finca registral nº NUM000 de Daganzo de Arriba, sita en el CAMINO000 nº NUM001 de Daganzo de Arriba, DIRECCION000 nº NUM002, CP 28814, dejándola libre, vacua y expedita, bajo apercibimiento de lanzamiento del demandado/a y de cuantas personas por ella autorizadas ocuparan la f‌inca, si no lo efectuaran en el plazo legal que se establezca hasta el lanzamiento si lo solicitare el demandante en la forma prevenida en al art.

549 LEC.

Todo ello, con expresa condena en costas al demandado."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 3 de junio de 2021, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 8 de junio de 2021.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiéndose dictado sentencia en primera instancia, estimatoria de la acción de desahucio por precario ejercitada en la demanda iniciadora del procedimiento originador, recurre en apelación la representación procesal de D. Mariano en solicitud de una sentencia que revoque la recurrida y desestime íntegramente la demanda. Se fundamenta dicha pretensión en la base impugnativa expuesta en el...

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