SAP Sevilla 472/2021, 17 de Septiembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Septiembre 2021
Número de resolución472/2021

Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla

PRADO DE SAN SEBASTIAN S/N

Tlf.: . Fax:

N.I.G. 4109142C20170037020

Nº Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 9091/2019

Negociado: 5N

Autos de: Procedimiento Ordinario 1140/2017

Juzgado de origen: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE SEVILLA

Apelante: MAPFRE FAMILIAR,S.A.

Procurador: MANUEL IGNACIO PEREZ ESPINA

Abogado:

Apelado: SEGURCAIXA

Procurador: JAVIER DIAZ DE LA SERNA CHARLO

Abogado: MARTA INMACULADA GARCIA MUÑOZ

S E N T E N C I A Nº 472

PRESIDENTE ILTMO. SR.

DON MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA.

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS

DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

DON ANTONIO MARCO SAAVEDRA.

En la Ciudad de Sevilla a diecisiete de Septiembre de dos mil veintiuno.

Visto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, Juicio ordinario procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de MAPFRE FAMILIAR S.A., representada por el/la Procurador/a D. Manuel Ignacio Pérez Espina que en el recurso es parte apelante contra SEGURCAIXA representado por el/la Procurador/a D. Javier Díaz de la Serna Charlo que en el recurso es parte apelada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de origen dictó sentencia el día 11 de Julio de 2019 en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue:

" Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador/ra Sr./Sra Pérez Espina en nombre y representación de MAPFRE FAMILIAR, S.A, contra SEGURCAIXA ADESLAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, y en consecuencia debo absolver y absuelvo a ésta última de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda. Con imposición de costas a la parte actora "

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Antonio Marco Saavedra.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

resumen de antecedentes

1-1 La entidad aseguradora actora interpuso demanda contra la entidad demandada, también aseguradora, en reclamación de cantidad.

La fundamentación fáctica de la misma, en esencia, era la siguiente:

  1. el 21 de julio de 2016 de produjo un incendio en el apartamento 302 del edif‌icio Milenium, inmueble asegurado por la compañía demandada

  2. Este incendio afectó a zonas comunes de la misma planta y a otros apartamentos del inmueble, en concreto a los apartamentos 401 y 402 destinados a alquiler turístico y asegurados por la actora.

  3. la actora ha indemnizado a su asegurada en la suma que ahora se reclama.

En la fundamentación jurídica se invocaba el artículo 43 de la Ley de contrato de seguro .

1-2 La demandada admitió todos estos hechos y opuso la falta de legitimación pasiva al tener el incendio su causa en la conducta dolosa del arrendatario ocupante del apartamento asegurado. Con carácter subsidiario, discute el importe de los daños

1-3 La sentencia desestimó la demanda. Para alcanzar este resultado, en primer lugar, declaró probado que el incendio tuvo un origen doloso. Seguidamente, apreció la excepción de falta legitimación pasiva por falta de cobertura de aseguramiento en estos supuestos " según se observa en la página 43 de la póliza, capítulo VII las "exclusiones a todas las coberturas" y capítulo IV "responsabilidad civil" en relación con la responsable de contenido o de usuario (apartado 2.2) que sólo estarán cubierto los daños a terceros derivados de siniestros cubiertos por la póliza."

SEGUNDO

desestimación del recurso de apelación.

El recurrente denuncia infracción del artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, regulador de la carga de la prueba, pues le corresponde a la demandada alegar y probar la causa de exclusión de su responsabilidad y concluye que falta esa prueba.

El recurso no puede prosperar en los términos en que se ha planteado porque, tal y como señala el Auto del Tribunal Supremo de 7 de julio de 2021:

...la invocación del art....

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