AAP Barcelona 331/2021, 16 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 16 Septiembre 2021 |
Número de resolución | 331/2021 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCIÓN 12
ROLLO DE APELACIÓN 578/21-A2
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº 3 DE BARCELONA
EJECUCIÓN NO DINERARIA 30/20 INCIDENTE DE OPOSICIÓN
AUTO Nº 331/2021
Doña Ana Mª García Esquius (Presidenta)
Don Vicente Ballesta Bernal
Doña Mª Isabel Tomás García (Ponente)
En Barcelona, a dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno.
La Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona formada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba identificados ha visto en grado de apelación el INCIDENTE DE OPOSICIÓN abierto en el procedimiento de EJECUCIÓN NO DINERARIA 30/20 seguido ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 3 de Barcelona por demanda de DOÑA Camila, representada por el Procurador sr. Ros y asistida por la Abogada sra. De Beascosa, contra DON Fausto, representado por la Procuradora sra. Borrás y defendido por la Abogado sra. Sánchez, con intervención del Ministerio Fiscal; y que pende ante nosotros por virtud del recurso interpuesto por el ejecutado contra el Auto dictado en dicha incidencia en fecha 27 de enero de 2.021
Contra el Auto dictado en el incidente de oposición a la ejecución abierto en el proceso arriba reseñado, el ejecutado se alzó en apelación. Previo traslado a la contraparte, que se opuso al recurso al igual que el Ministerio Fiscal, ambos litigantes comparecieron en tiempo y forma ante la Superioridad.
Recibidas las actuaciones en esta Sección, descartamos la necesidad de celebración de vista y señalamos día y hora para la sesión de deliberación, votación y fallo.
En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor a excepción del plazo global de duración debido al cúmulo de asuntos que penden ante esta Sección.
Expresa la decisión del Tribunal la magistrada doña María Isabel Tomás García, que actúa como ponente.
RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR DON Fausto CONTRA EL AUTO DE 27 DE ENERO DE 2.020.
El ejecutado sr. Fausto, tras admitir que no dio cumplimiento al título invocado por la ejecutante en la demanda rectora del proceso en el punto relativo al régimen de visitas padre e hijo ( Sentencia 32/19 de 29/4 de modificación de medidas 12/19), apela la resolución desestimatoria de la oposición que entabló frente al Auto de despacho de 28/4/20. En el título de su único alegato invoca exclusivamente la infracción de los deberes de congruencia y motivación con la consiguiente vulneración del art. 24 de la Constitución.
La Sala, revisada la causa, no comparte los reproches que el apelante dirige frente a la resolución de primer grado en cuanto resuelve el incidente de oposición a la ejecución y por tanto sin tomar en consideración, aquí y ahora, la carencia sobrevenida de objeto del proceso ejecutivo derivada del dictado del Auto de 14/12/20 en el seno del proceso modificativo 110/20:
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- De existir incongruencia omisiva en el Auto nº 26/21 de 27/1 (art. 218.1 LECivl), entendida según la jurisprudencia ( SsTS. de 10/12/04 y 5/2/09 citadas por la de 7/11/12) como la falta de respuesta judicial a una pretensión oportunamente deducida por la parte -no a todos y cada uno de los argumentos invocados en defensa de la misma-, era obligado para su...
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