ATSJ País Vasco 17/2021, 9 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Noviembre 2021
Número de resolución17/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO SALA DE LO CIVIL Y PENAL

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EAEko AUZITEGI NAGUSIA

ARLO ZIBILEKO ETA ZIGOR-ARLOKO SALA

BARROETA ALDAMAR, 10-1ª planta - C.P./PK: 48001 Bilbao

TEL.: 94-4016654 FAX: 94-4016997

Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: tsj.salacivilpenal@justizia.eus / an.zibilzigorsala@justizia.eus

NIG PV/IZO EAE: 01.02.2-21/009761

NIG CGPJ / IZO BJKN :01059.42.1-2021/0009761

Rollo de cuestión de competencia / Eskumen-arazoko erroilua 28/2021

A U T O Nº 17/2021

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

PRESIDENTE: D. IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI

MAGISTRADA: D.ª NEKANE BOLADO ZÁRRAGA

MAGISTRADO: D. FRANCISCO DE BORJA IRIARTE ÁNGEL

LUGAR: Bilbao

FECHA: nueve de noviembre de dos mil veintiuno

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de noviembre de 2021 se remitieron a esta Sala por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Bilbao actuaciones de Juicio Verbal 1130/2021 para resolver el conflicto negativo de competencia territorial suscitado con el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz, Juicio Verbal 733/2021.

SEGUNDO

Recibidas en esta Sala las referidas actuaciones, se acordó registrar, numerar e incoar el correspondiente rollo para resolver el conflicto negativo de competencia, y dar al procedimiento el trámite dispuesto en el artículo 60.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), pasando las actuaciones a la designada ponente para que sometiera a la deliberación de la Sala y propusiera al Tribunal la resolución procedente.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada D.ª Nekane Bolado Zárraga.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se presentó por la representación procesal de la sociedad mercantil, Cía. de Seguros Rural Grupo Asegurador, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz demanda de juicio verbal sobre reclamación de la cantidad de 1.354,57 euros contra la Cía. de Seguros Liberty, con domicilio en la calle Henao, nº 5 de la localidad de Bilbao.

Con carácter previo a la admisión a trámite de la demanda se dio traslado a la parte demandante y al Ministerio Fiscal para que informaran sobre posible falta de competencia.

El Ministerio Fiscal informó en el sentido de considerar competentes al Juzgado de Primera Instancia de Bilbao.

La parte demandante consideró competente al Juzgado de Primera Instancia de Vitoria.

El Juzgado de Primera Instancia, nº 3, de Vitoria dictó auto, en 2 de septiembre de 2021, declarando su incompetencia territorial y remitiendo las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia de Bilbao, al que consideró competente.

El Juzgado de Primera Instancia, nº 2, de Bilbao, por su parte, dictó auto, de 27 de octubre de 2021, declarando su falta de competencia con fundamento en que la competencia territorial no le corresponde, al tener la mercantil demandada, Liberty Seguros su domicilio social en Madrid.

SEGUNDO

Esta Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco es competente para decidir la cuestión de competencia territorial entablada entre los referidos juzgados por ser órganos judiciales de orden civil pertenecientes a dos distintos territorios de esta Comunidad Autónoma Vasca que tiene en ella a este tribunal como superior común, conforme se dispone en el artículo 73.2 c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con lo previsto en el artículo 60.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC) y porque, además, así lo ha declarado el Tribunal Supremo, en auto, de 22 de marzo de 2011.

TERCERO

Se está ejercitando la acción prevista en el artículo 43 LCS y que no presenta especialidad alguna,...

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