STSJ Andalucía 313/2021, 20 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución313/2021
Fecha20 Diciembre 2021

SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

Sección de Apelación Penal

REAL CHANCILLERIA, PLAZA NUEVA S/N, GRANADA

Tlf.: 662977340. Fax: 958002718

NIG: 2905443220186000747

RECURSO: Apelación resoluciones del art. 846 ter LECrim 234/2021

Negociado: SE

Asunto: 397/2021

Proc. Origen: Procedimiento Abreviado 1004/2019

Juzgado Origen : SECCIÓN Nº 2 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

Apelante: Gema, Porfirio y Simón

Procurador : FRANCISCA CARABANTES ORTEGA y JORGE ALBERTO ALONSO LOPERA

Abogado : HECTOR GONZALEZ IZQUIERDO, CECILIA PEREZ RAYA y JOSE MANUEL FERNANDEZ GONZALEZ

Apelado: MINISTERIO FISCAL

S E N T E N C I A NUM. 313/2021

Ilmos. Sr. Presidente:....................................)

  1. RAFAEL GARCÍA LARAÑA......................)

    Ilmos. Sres. Magistrados:..............................)

  2. JOSÉ MANUEL DE PAUL VELASCO.......)

  3. JULIO RUIZ-RICO RUIZ-MORÓN...........)

    Apelación penal n.º 234/2021

    Ponente: Sr. de Paúl Velasco

    En la ciudad de Granada, a a veinte de diciembre de dos mil veintiuno

    Vistos en grado de apelación por la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen relacionados, el precedente Rollo de apelación n.º 234/2021 y autos originales de procedimiento abreviado n.º 2/2019, seguidos ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, -rollo n.º 1004/2019- procedentes del Juzgado de Instrucción n.º 3 de DIRECCION000 por delitos contra la salud pública, de blanqueo de capitales y de tenencia ilícita de armas.

    Son partes apelantes los acusados Porfirio, representado por la procuradora D.ª Francisca Carabantes Ortega y defendido por la abogada D.ª Cecilia Pérez Raya, Gema, representada por la misma procuradora que el anterior y defendida por el abogado D. Héctor González Izquierdo, y Simón, representado por el procurador D. Jorge Alberto Alonso Lopera y defendido por el abogado D. José Manuel Fernández González. Es parte apelada el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. D. Fernando Bentabol Manzanares.

    Es ponente el Magistrado D. José Manuel de Paúl Velasco, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- En fecha 23 de abril de 2021 se dictó sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga en la referida causa, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

Por el grupo UDYCO III de Estupefacientes de la Comisara de Málaga, se iniciaron investigaciones en torno a personas asentadas en la provincia de Málaga que podrían estar dedicándose al tráfico de drogas, concretamente Heroína, siendo identificados como posibles responsables Porfirio y su esposa Gema, incoándose Diligencias de investigación nº 85/18 por la Fiscalía de Málaga.

En el marco de estas investigaciones al tener conocimiento de que sobre Porfirio, se había dictado Orden Internacional de Detención para extradición por las autoridades turcas por delito de tráfico de drogas, el día 8/5/2018, funcionarios pertenecientes al Grupo III UDYCO III de Estupefacientes de la Comisara de Málaga, procedieron a su detención.

En el momento de la detención le intervinieron, seis relojes marca Rolex, de diversos modelos, con la numeración: NUM000, NUM001, NUM002, NUM003, NUM004, NUM005; 470 euros en efectivo; seis pastillas de MDMA destinadas a su distribución y venta terceros, con un peso total de 2,1 g, pureza entre el 35,37% y 29,48%, y un valor de venta de 60,96 €, diversos móviles, un ordenador portátil, diversa documentación; Y las llaves de los vehículos : Audi RS6 AVANT, matrícula .... QGM, y Bentley FLYSPEURE, con matrícula alemana de XI .....

Posteriormente, los Equipos de Delincuencia Organizada y Antidroga ( EDOA), la Guardia Civil Comandancia de Málaga, y la UDYCO de Sevilla , a través de los canales de coordinación policial acordaron realizar una investigación conjunta por sobre Porfirio y su esposa Gema , y tras tener información de que tenían arrendada la vivienda sita en C/ DIRECCION001 NUM006( EDIFICIO000 NUM007)- planta NUM008 de DIRECCION000, y un trastero nº NUM008 en la planta - NUM009 del mismo C/ DIRECCION001, y que podían hallarse sustancias estupefaciente, agentes de la G. Civil practicaron con autorización de la acusada Gema, sendas entradas y registros en el domicilio que compartía con su esposo, así como en el trastero, arrojando como resultado la ocupación de los siguientes efectos:

- En el trastero, un total de 3818.3 gramos de heroína en diversos paquetes, con pureza entre el 57,3% y 18,9%, que estaba destinada a ser difundida entre terceras personas y tenía un valor de venta al por mayor de 128.226,76 euros.

Encontrándose huellas digitales pertenecientes al acusado Simón en una de las bolsas de plástico multicolor (en cuyo interior había dos paquetes envueltos con cinta de embalar y otra bolsa de plástico azul que contenían heroína) ; y en un paquete envuelto con cinta de embalar que contenía heroína.

-En la vivienda, entre otros efectos, se encontró una pistola, calibre 9 mm parabellum, en perfecto estado y funcionamiento mecánico, a la que sé la había grabado falsamente la marca Walter, modelo P 88 Combat que no le correspondía, y presentaba numeración distinta en el cañón y en el arma, con lo cual había sido manipulada en estos extremos; una máquina para contar dinero, una cámara fotográfica, diversos teléfonos móviles Nokia, BlackBerry y Samsung, un escáner, un ordenador portátil, numerosa documentación (entre otros efectos, facturas de compra de siete relojes Rolex que se ocupan a los acusados, con por un importe total de 140.894,4 €, así como total de 25.250 € en efectivo. También se encontraron llaves de diversos vehículos de alta gama, unos se encontraban aparcados en el garaje del inmueble, y otros en la en la vía pública.

El día 9 de mayo de 2017, tras la detención de Porfirio, y previamente a la práctica de los registros en el trastero y domicilios reseñados como consecuencia del dispositivo de vigilancia policía, la acusada Gema fue interceptada por la policía sobre las 11,30 horas cuando circulaba con el vehículo Opel Astro matricula NUM010 por las inmediaciones de C/ DIRECCION002 con C/ DIRECCION003 de esta ciudad y al ser registrado el mismo, se encontraron un total de 32.990 € en efectivo, así como dos relojes marca Rolex con número de referencia NUM011; y NUM012.

Simón, si bien es consumidor de de sustancias estupefacientes, no queda acreditada que ello afectación a su capacidad y voluntad en la fecha de comisión de los hechos.

SEGUNDO.- El acusado Porfirio, sobre el cual pesa una Orden internacional de Búsqueda y Detención para extradición librada por la autoridades Turcas ( tribunal Supremo de Bakirkoy ) por delitos contra la salud pública,( por formar parte de un grupo que bajo la cobertura de una empresa que se dedicaba a la compra-venta de coches de segunda mano, se dedicaba al tráfico de heroína entre Bélgica, Turquía y Chipre), en virtud de la cual se incoo procedimiento de extradición nº 20/2018 por el Juzgado Central de Instrucción nº 6; tanto por sí mismo como en connivencia con su esposa, la también acusada Gema, en los términos que se expresará, idearon de común acuerdo la realización de diferentes actuaciones económicas con la finalidad de introducir en el circuito económico legal las ganancias obtenidas por ambos en la actividad delictiva que llevaban a cabo, ocultando así su origen ilícito y poder disfrutar de tales rendimientos económicos.

Los caudales ilícitamente obtenidos por ambos acusados los introdujeron en el sistema financiero legal, por un lado mediante operaciones de la compra de relojes de lujo a nombre de terceros :

FECHA RELOJ COMPRADOR IMPORTE

IMPORTE TOTAL 140.8994,4 €

De estos les fueron intervenidos a Gema, los relojes Rolex (nº NUM011;y nº NUM013). Y los relojes Rolex nº , NUM000, nº NUM001, nº NUM002, nº NUM003, nº NUM004, y nº NUM005 le fueron intervenidos a Porfirio en el momento de su detención.

Por otro lado en fecha 15 de marzo de 2017 Porfirio, constituyo la entidad Transhara 2017 SL con CIF B93537637, sociedad unipersonal domiciliada en el Polígono Los Perales nº 106 , Diseminado, Mijas- Costa ( Málaga), con un capital social de 3.000 euros, totalmente desembolsado por su socio fundador, su actividad comercial: "Intermediarios de comercio de maquinaria, equipo industrial, embarcaciones, aeronaves; alquiler de automóviles y vehículos ligeros, alquiler de artículos de ocio y deportivos". Siendo administrador único el socio fundador , Porfirio.

La entidad carecía de actividad mercantil alguna, figuraban como único trabajador Elvira, de alta en régimen general de la S.Social desde el día 25/10/17, hasta el 14 de mayo de 2018, no siendo hasta el breve periodo de tiempo comprendido entre principios de abril y mediados de junio de 2018 cuando constan alternativamente algunos trabajadores en alta en el régimen general de la S.Social.

No se ha acreditado que la sociedad Transhara 2017 SL durante su período de actividad generara suficientes beneficios para atender los gastos de todo tipo de los acusados, ni que hubiere facturado, o hecho declaración de impuesto de valor añadido IVA en el año 2017, ni le constan ingresos, pagos, clientes y acreedores, siendo un mero instrumento para canalizar las ganancias procedentes de la actividad delictiva de ambos acusados.

Así a través de la referida sociedad constituida y administrada por Porfirio con la connivencia de su esposa Gema introdujeron en el tráfico económico para su transformación en capital de la sociedad o como si de ingresos generados por su actividad se tratase, las cantidades y bienes que a continuación se indican procedentes de la actividad delictiva desarrollada por ambos acusados y con la...

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