ATS, 26 de Enero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 26 Enero 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 26/01/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 208 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez
Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 15 DE BARCELONA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: CSB/rf
Nota:
CASACIÓN núm.: 208/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 26 de enero de 2022.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez.
La representación procesal de D.ª Flora presentó escrito de interposición del recurso de casación frente a la sentencia, de fecha 26 de octubre de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª), en el rollo de apelación n.º 448/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 890/2014, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona.
La referida audiencia provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora D.ª Carmen Domínguez Cidoncha, en nombre y representación de D.ª Flora, como parte recurrente y el procurador D. Eduardo Codes Feijóo, en nombre y representación de Banco Santander S.A., en calidad de recurrido.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Flora al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC, sin que se aprecie en este momento procesal las causas de inadmisión denunciadas de adverso.
De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Flora frente a la sentencia, de fecha 26 de octubre de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª), en el rollo de apelación n.º 448/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 890/2014, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.