SAN 11/2021, 7 de Diciembre de 2021

PonenteMANUELA FRANCISCA FERNANDEZ PRADO
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIES:AN:2021:5119
Número de Recurso16/2021

AUD.NACIONAL SALA DE APELACIÓN

MADRID

Procedimiento de recurso de apelación contra sentencia nº 16/2020

Procedimiento de origen: Sumario 9/2019 del Juzgado Central de Instrucción nº 5

Rollo de Sala nº 4/2019 de la Sección 2ª de la Sala Penal de la Audiencia Nacional

Excmo. Sr. Presidente

  1. José Ramón Navarro Miranda.

    Ilmos. Sres. Magistrados

    Dña. Manuela Fernández Prado (Ponente).

  2. José Ramón González Clavijo.

    En la villa de Madrid, el día 7 de diciembre de 2021, la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, ha dictado

    EN NO MBRE DEL REY

    la siguiente

    SENTENCIA: 00011/2021

    En el Recurso de apelación nº 16/2021 contra la Sentencia, dictada el día 28 de junio de 2021 por la Sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en el sumario nº 9/2019, procedente del Juzgado Central de Instrucción nº 5, en el que han sido partes, como apelantes el Ministerio Fiscal y la acusación popular Asociación de Víctimas del Terrorismo, representada por la Procuradora Dª Esperanza Álvaro Mateo y asistida del Letrado D. Antonio Guerrero Maroto, y como apelados:

    Florencio, representado por la Procuradora Dª Ana Rodríguez Bartolomé y asistido por el Letrado D. Jacobo Teijelo Casanova.

    Gervasio, representado por la Procuradora Dª Rocío Arduán Rodríguez y asistido por el Letrado D. Álvaro Durán Monge.

    Sebastián, representado por la Procuradora Dª Mercedes Tamayo Torrejón y asistido por el Letrado D. Carlos Lizana de Santiago.

    Sixto, representado por la Procuradora Dª Marta López Barreda y asistido por la Letrado Dª Cristina Quero Cano.

    Vicente, representado por el Procurador D. Felipe Juanas Blanco y asistido por los Letrados D. Juan Manuel Arroyo González y D. Javier Balañar Azón.

    Nicolas, representado por la Procuradora Dª Isabel Cañedo Vega y asistido por el Letrado D. Javier Sánchez Beltrán.

    Porf‌irio, representado por la Procuradora Dª Cristina Méndez Rocasolano y asistido por la Letrado Dª Matilde Izquierdo Orcajo.

    Roque, representado por la Procuradora Dª María Luisa Carretero Herranz y asistido por el Letrado D. Juan de Pablos Izquierdo.

    Zaira, representada por el Procurador D. Enrique Álvarez Vicario y asistida por el Letrado D. Francisco Javier Rodríguez Sánchez.

    Ha sido Ponente la Magistrada Sra. Fernández Prado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 28 de junio de 2021 la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó sentencia en el presente procedimiento la que en la que se establecen como HECHOS PROBADOS los siguientes:

Florencio, Gervasio, Sebastián, Sixto . Vicente, Nicolas y Porf‌irio, mayores de edad y sin antecedentes penales relevantes a efectos de reincidencia, en determinados momentos se encontraron internos en el Centro Penitenciario de Madrid III sito en la localidad de Valdemoro, compartiendo en distintos periodos espacios comunes, celdas, comedores, biblioteca, etc.

Durante el tiempo en que estuvieron juntos no se ha acreditado, en el presente juicio, que realizaran actividades de captación con f‌ines yihadistas ni que obligaran a determinados internos a realizar rezos o a rechazar determinada comida por razones religiosas. Tampoco se ha acreditado que ofrecieran a alguno de los internos, con los que compartieron espacios comunes, realizar atentados a cambio de dinero para ellos, o para su familia

En concreto, no se ha probado que los acusados Gervasio, Sebastián, y Sixto, cuando se encontraban en la Sala del gimnasio del Centro Penitenciario, propusieran al testigo protegido NUM000 (en adelante NUM000 ), que a la salida de prisión cometiera un atentado, manifestándole que tenían un contacto importante con el DAESH que se encargaría de pagar a su familia por ello - tampoco existe prueba o indicio alguno de que se le ofreciera 4.000 euros al mes a su salida de la cárcel hasta el atentado, y, medio millón a su familia.

No existe indicio o corroboración de que dicha conversación fuera escuchada por el testigo protegido NUM001 (en adelante NUM001 ). Ni consta que al negarse el mismo a la proposición fuera golpeado.

Tampoco existe prueba o indicio alguno de que dichos acusados ofrecieran un trato análogo - esta vez por un millón de euros - al testigo protegido NUM002 (en adelante NUM002 ), para que a su salida de prisión llevara una mochila con bombas a diferentes sitios de Madrid.

El 19 de septiembre de 2013 se intervino en el módulo 6 del Centro Penitenciario de Madrid III-Valdemoro una tarjeta micro SD al testigo protegido NUM003 (en adelante NUM003 ), que era del acusado Florencio y que al parecer el acusado Vicente le entregó para que se la guardara. Al entregarla a NUM003 le indicó que se trataba de videos pornográf‌icos. Como aclaró el agente n.º PN NUM004, el dispositivo, que no les fue entregado, contenía 22 enlaces a imágenes de videos. Hicieron las actas de descargas, pero no las descargas de los videos.

Dicha tarjeta no ha sido aportada físicamente a la causa y se desconoce su contenido, pero que según Instituciones Penitenciarias, en todo caso contenía links a los siguientes videos:- Video titulado "La verdadera imagen del ángel de la muerte" de Cecilio .- Video titulado "Las etapas que vivirá uno cando haya muerto", del predicador islámico saudi Romualdo .- Video titulado como los muertos se encuentran después de morir, del Jose Enrique .- Video titulado "El video que Facebook censuró y Francia quiso hacerlo desaparecer".- Video titulado "El ciego impostor (el profeta falso) vive en una isla en el medio del océano, de Cecilio .- Video titulado "El ciego impostor (profeta falso) existe de verdad" de Arcadio .- Video titulado "Tumba que no quiso albergar un cadáver de una mujer que no solía rezar a Dios".- Video titulado "Bajo el título el estado de los espíritus entre los dos itsmos (entre las dos muertes)" de Salah Almughamasi.- Video titulado "La vida del itsmo, por Sheik Cornelio .- Video titulado "Como los muertos se encuentran después de morir" de Eulalio .- Video titulado "Las señales del juicio f‌inal y la gran guerra está cerca".- Video titulado "Historia completa del ciego impostor (profeta falso) de Melchor .- Video titulado "Los espíritus de los muertos en la vida del itsmo". - Video titulado "Escuchando el espíritu del cuerpo".- Video titulado "Todo lo que tienes que saber sobre los ángeles Munkar y Nuker".

NUM003, no llegó a ver materialmente dicha tarjeta, pues le fue intervenida sin llegar a tomar posesión de ella ni visualizar su contenido.

El acusado Florencio tenía en su pérf‌il de whatsapp (teléfono NUM005 ) una foto con una persona encapuchada con una frase "no me voy a echar para atrás, ni tampoco voy a rendirme. Dios me hizo para "gherriar" y así moriré. Blow", que el mismo dijo se trata de una frase de una película de un traf‌icante que muere en la cárcel, en la conocida película americana de 2001 denominada "Blow", de dónde sacó la frase.

Constan expresiones vertidas, por este acusado, en las escuchas telefónicas intervenidas, como "no hay peores hijos de puta que los españoles", "Allah tenga piedad" (folio NUM006 del tomo NUM007 ), "ya sabes en el año nuevo voy a quemar Marruecos", en el "año nuevo, si Allah quiere, voy a quemar a todos los marroquíes" - a lo que contestó Gervasio "si fuera por mi no solamente les quemaría, sino que no dejaría ni uno", "con la rabia que tiene a España también los quemaría (folio NUM008 del Tomo NUM007 ), "lo voy a explotar allí" (folio NUM009 del Tomo NUM007 ) "dispararía una bomba nuclear porque hay que matar a toda esta raza, me entiendes porque esta raza no presta" (folio NUM010 ), "España tenía que pagar", que debía coger una lancha "con negros e inmigrantes" que tuvieran ébola (folio NUM011, Tomo NUM007 ), "que buscara un yonqui" que mande al hospital a una funcionaria que realizó un cacheo.

En el registro practicado en su celda número NUM012 del módulo NUM013 que ocupaba en el Centro Penitenciario Madrid III, en la localidad de Valdemoro (Madrid), se le intervino documentación, un móvil marca Samsung y 9 tarjetas Micro SD, efectos reseñados en el acta de entrada y registro obrante al folio NUM014 del tomo NUM007 de las actuaciones.

En el registro practicado en la celda de Gervasio, que ocupaba en el módulo 7 del Centro Penitenciario Madrid III, se ocupó un teléfono móvil marca Unihertz con dos números de IMEI, una tarjeta SIM de la compañía LYCAMOBLE y 13 documentos manuscritos con números de teléfono, efectos reseñados en el acta de entrada y registro obrante al folio NUM015 del tomo NUM007 de las actuaciones.

En el registro practicado en el domicilio de Sebastián, en la CALLE000 NUM016 de Alcorcón (Madrid), se le intervinieron 17 teléfonos móviles, 3 pendrive, una tarjeta XD Olimpus de 128 Mgb, una tablet Lacer, un ordenador portátil de la marca ACER, y un disco duro SEAGATE, así como diversa documentación.

Sixto en su perf‌il de Facebook (ID NUM017 ) tenía entre sus preferencias cinematográf‌icas una película sobre el clérigo " Martin ".

Vicente, con numerosos antecedentes penales por tráf‌ico de estupefacientes, en la conversación grabada con su interlocutor registrada en el folio NUM018 de las actuaciones, propone reaccionar a una supuesta agresión, sin que conste que tenga que ver con actuaciones religiosas o yihadistas, con palabras tales como "llama a tus hermanos e id a por ellos, y acabad con ellos", "hijos de puta ¿qué les pasa, son unos creídos, juntaos e id a por ellos, atrapadles en un lugar y acabar con ellos", "a quien te encentre dale, rájale, agriétale, al hijo de puta. Con quien te encuentres de ellos arráncale la cara y no temas a la Policía que con éstos llegaremos a un acuerdo ¡Apuñálale al hijo de puta. Con quien te encuentre de ellos apuñálale con el cuchillo".

Aprovechando su puesta en libertad, el testigo NUM003 manifestó que la Policía le facilitó un número de teléfono que le dio para...

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