ATS, 1 de Diciembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 01 Diciembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 01/12/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 5008 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 22 DE MADRID
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: MCA/rf
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 5008/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 1 de diciembre de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de D.ª Amparo presentó escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia de 25 de abril de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigesimosegunda, en el recurso de apelación n.º 1258/2017, dimanante del juicio verbal de formación de inventario de la sociedad de gananciales n.º 386/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 85 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial de Madrid, se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
La procuradora D.ª M.ª Ángeles Almansa Sanz, en nombre y representación de D.ª Amparo, presentó escrito ante esta Sala, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora D.ª M.ª Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de D. Florian, presentó escrito ante esta Sala, personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Amparo, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con los artículos 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir el recurso de extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D.ª Amparo contra la sentencia de 25 de abril de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigesimosegunda, en el recurso de apelación n.º 1258/2017, dimanante del juicio verbal de formación de inventario de la sociedad de gananciales n.º 386/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 85 de Madrid.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.