ATS, 27 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha27 Octubre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 27/10/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 67 /2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 3 DE BALEARES

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

Transcrito por: CMB/MJ

Nota:

CASACIÓN núm.: 67/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 27 de octubre de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Mediaset España Comunicación, S.A. presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 2 de noviembre de 2020 por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Tercera, en el rollo de apelación 310/2020, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1281/2019 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Palma de Mallorca.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

El procurador D. Manuel Sánchez-Puelles González Carvajal, en nombre y representación de Mediaset España Comunicación, S.A. presentó escrito ante esta Sala con fecha 11 de febrero de 2021 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Juan de la Ossa Montes, en nombre y representación de D. Hernan, presentó escrito ante esta Sala de fecha 7 de enero de 2021 personándose en calidad de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha constituido el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Mediaset España Comunicación, S.A. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con el artículo 485 LEC, la parte recurrida, así como el Ministerio Fiscal, podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Mediaset España Comunicación, S.A. contra la sentencia dictada con fecha 2 de noviembre de 2020 por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Tercera, en el rollo de apelación 310/2020, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1281/2019 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Palma de Mallorca.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que las partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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