ATS, 6 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha06 Octubre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 06/10/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4581 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 13 DE MADRID

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: MPL/ML

Nota:

CASACIÓN núm.: 4581/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 6 de octubre de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Neumáticos y Lavado S.A., presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 19 de junio de 2019, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13.ª), en el rollo de apelación número 734/2018, dimanante de los autos de juicio ordinario número 540 /2016, del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

Mediante diligencia de ordenación de fecha 10 de octubre de 2019 , se tuvo por personado al procurador D. Isidro Orquín Cedenilla. en nombre y representación de Neumáticos y Lavado S.A., en concepto de recurrente y a la procuradora Dña. Sara Díaz Pardeiro, en nombre y representación de Gente de Comer Bien S.L. en concepto de recurrido.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477. 2 de la LEC.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 de la LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación del auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal, de Neumáticos y Lavado S.A. contra la sentencia dictada con fecha 19 de junio de 2019 , por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13.ª), en el rollo de apelación número 734/2018, dimanante de los autos de juicio ordinario número 540 /2016, del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso alguno por disponerlo expresamente el art. 483. 5 de la LEC.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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