ATS, 6 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha06 Octubre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Auto núm. /

Fecha del auto: 06/10/2021

Tipo de procedimiento: RECURSO INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 2678/2019

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 5 DE ZARAGOZA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

Transcrito por: MPL/MJ

Nota:

RECURSO INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2678/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 6 de octubre de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Zueco & Technology SL y de D. Higinio presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5.ª) con fecha 22 de febrero de 2019, en el rollo de apelación n.º 922/2018, dimanante del incidente concursal sobre oposición a la calificación de culpable n.º 25/2015-G, del Juzgado Mercantil n.º 2 de Zaragoza.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

Por diligencia de ordenación de fecha de fecha 12 de junio de 2019 se tuvo por parte recurrente a la Procuradora D.ª María Pilar Cabeza Irigoyen en nombre y representación de D. Higinio y Zueco & Technology SL, y como parte recurrida al procurador D. Emilio Pradilla Carreras en nombre y representación de Grupo de Aviación Ingeniería y Arquitectura S.L. Mediante diligencia de ordenación de fecha 14 de junio de 2019 se tuvo por parte recurrida a Abecon Soluciones Concursales SLP, Administrador Concursal de Zueco & Technology S.L, representada por él Letrado D. Francisco Wenceslao Gracía Zubiri.

CUARTO

Mediante providencia de fecha 14 de julio de 2021 se pusieron de manifiesto a las partes comparecidas ante esta Sala las posibles causas de inadmisión del recurso.

QUINTO

Únicamente la representación procesal de D. Higinio y Zueco & Technology SL y de Grupo de Aviación Ingeniería y Arquitectura S.L. formularon alegaciones sobre las posibles causas de inadmisión.

SEXTO

La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir establecido en la disposición adicional 15.ª LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El recurso extraordinario por infracción procesal se ha interpuesto contra una sentencia recaída en un incidente concursal sobre oposición a la calificación de culpable.

Dicho procedimiento fue tramitado en atención a la materia, por lo que su acceso a la casación ha de realizarse a través del ordinal 3º del art. 477.2 LEC.

SEGUNDO

El recurrente ha interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal.

El recurso extraordinario por infracción procesal contiene un único motivo, planteado al amparo del art. 469.1.4.º LEC, en el que se denuncia infracción del art. 24 CE, por errónea valoración de la prueba.

TERCERO

A la vista de lo expuesto, y pese a las manifestaciones de la parte recurrente, el recurso extraordinario por infracción procesal no puede prosperar.

El recurso planteado no puede prosperar porque nos encontramos ante un procedimiento tramitado en atención a la materia. Concretamente, se trata de uno de los supuestos previstos en el art. LEC, En consecuencia, su acceso a la casación habría de realizarse a través del ordinal 3º del art. 477.2 LEC, es decir, mediante la acreditación del interés casacional, y ello implica a su vez que no pueda presentarse en este caso únicamente recurso extraordinario por infracción procesal sin presentar conjuntamente recurso de casación, por disponerlo así la disposición final decimosexta, apdo. 1, regla 2ª de la LEC, que limita la preparación de ese recurso extraordinario, sin formular casación, a los juicios que tienen por objeto la tutela civil de los derechos fundamentales y a los tramitados por razón de la cuantía, cuando ésta supera los 600.000 euros ( art. 477.2 nums. 1º y 2º LEC), lo que no es el caso al haberse tramitado el procedimiento por razón de la materia.

Cabe insistir en que el vigente régimen de recursos extraordinarios es el regulado en el marco de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero no en su articulado, sino en la disposición final decimosexta, que establece un sistema provisional entretanto no se atribuya competencia a los Tribunales Superiores de Justicia, estando declarada la inaplicabilidad de artículos como el 468, lo que excluye de impugnación a los autos (Disposición decimosexta apdo. dos), y no se permite la presentación autónoma del recurso por infracción procesal más que en los casos 1º y 2º del art. 477.2, como anteriormente se ha considerado.

Las razones expuestas justifican la inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal.

CUARTO

Consecuentemente procede declarar inadmisible el recurso extraordinario por infracción procesal y firme la Sentencia, de conformidad con lo previsto en el art. 473.2 LEC, cuyo siguiente apartado, el 3, deja sentado que contra este Auto no cabe recurso alguno.

QUINTO

Abierto el trámite de puesta de manifiesto contemplado en el art. 483.3 de la LEC y habiendo presentado escrito de alegaciones la parte recurrida Grupo de Aviación Ingeniería y Arquitectura S.L., procede imponer las costas relativas a la misma a la parte recurrente.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Inadmitir el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de Zueco & Technology SL y de D. Higinio contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5.ª) con fecha 22 de febrero de 2019, en el rollo de apelación n.º 922/2018, dimanante del incidente concursal sobre oposición a la calificación de culpable n.º 25/2015-G, del Juzgado Mercantil n.º 2 de Zaragoza, con imposición de las costas relativas a la parte recurrida que formuló alegaciones.

  2. ) Declarar firme dicha sentencia.

  3. ) Y remitir las actuaciones, junto con testimonio de esta resolución al órgano de procedencia, llevándose a cabo la notificación de la presente resolución por este Tribunal a las partes recurrente y recurrida comparecidas ante esta Sala.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

4 sentencias
  • ATS, 1 de Marzo de 2023
    • España
    • 1 Marzo 2023
    ...abril del 2022 ( rec. 5244/2019) que señala; "[...] Como tenemos reiterado en numerosos autos de esta sala, (entre otros, AATS de 6 de Octubre del 2021, rec 2678/2019, 19 de febrero de 2013, RIP n.º 1558/2012 y 16 de abril de 2013, RIP n.º 1567/2012, 15 de enero de 2013, RIP n.º 1068/2012 y......
  • ATS, 7 de Junio de 2023
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 7 Junio 2023
    ...abril del 2022 ( rec. 5244/2019) que señala; "[...] Como tenemos reiterado en numerosos autos de esta sala, (entre otros, AATS de 6 de Octubre del 2021, rec 2678/2019, 19 de febrero de 2013, RIP n.º 1558/2012 y 16 de abril de 2013, RIP n.º 1567/2012, 15 de enero de 2013, RIP n.º 1068/2012 y......
  • ATS, 6 de Abril de 2022
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 6 Abril 2022
    ...por infracción procesal debe ser inadmitido. Como tenemos reiterado en numerosos autos de esta sala, (entre otros, AATS de 6 de Octubre del 2021, rec 2678/2019, 19 de febrero de 2013, RIP n.º 1558/2012 y 16 de abril de 2013, RIP n.º 1567/2012, 15 de enero de 2013, RIP n.º 1068/2012 y 16 de ......
  • ATS, 15 de Noviembre de 2023
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 15 Noviembre 2023
    ...abril del 2022 ( rec. 5244/2019) que señala; "[...] Como tenemos reiterado en numerosos autos de esta sala, (entre otros, AATS de 6 de Octubre del 2021, rec 2678/2019, 19 de febrero de 2013, RIP n.º 1558/2012 y 16 de abril de 2013, RIP n.º 1567/2012, 15 de enero de 2013, RIP n.º 1068/2012 y......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR