ATS, 22 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 22 Septiembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 22/09/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1281 /2021
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 10 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: MCA/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 1281/2021
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 22 de septiembre de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.
La representación procesal de D.ª Eva, D. Baltasar y D. Belarmino, presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada 14 de diciembre de 2020, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Décima), en el rollo de apelación n.º 574/2020, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 435/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial de Madrid, se tuvo por interpuesto el recurso de casación por interés casacional, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
La procuradora D.ª Miriam Rodríguez Crespo, en nombre y representación de D.ª Eva, D. Baltasar y D. Belarmino, presentó escrito ante esta Sala, personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora D.ª M.ª Luisa Montero Correal, en nombre y representación de D. Celestino, Unidad Editorial General, SLU, y D. Claudio, presentó escrito ante esta Sala, personándose en calidad de recurrida.
La parte recurrente constituyó el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Eva, D. Baltasar y D. Belarmino, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el artículo 485 LEC, la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Eva, D. Baltasar y D. Belarmino, contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2020, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Décima), en el rollo de apelación n.º 574/2020, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 435/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Madrid.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.