ATS, 15 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 15 Septiembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 15/09/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3636 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 2 DE GUIPÚZCOA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: CMB/PM
Nota:
CASACIÓN núm.: 3636/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 15 de septiembre de 2021.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de D. Eladio presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha 1 de marzo de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección Segunda, en el rollo de apelación n.º 2527/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 604/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de San Sebastián
Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
La procuradora D.ª Uxue Gerriko Apalategi, en nombre y representación de D. Eladio, presentó escrito ante esta Sala de fecha 11 de junio de 2019 personándose en calidad de parte recurrente. Posteriormente dicha procuradora fue sustituida por el procurador D. Javier Fuentes Aranguren, el cual asumió la representación procesal del Sr. Eladio. El procurador D. Javier Segura Zariquiey, en nombre y representación de Novo Banco, S.A., Sucursal en España, presentó escrito ante esta Sala de fecha 10 de julio de 2019 personándose en calidad de parte recurrida y oponiéndose a la admisión del recurso.
Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Eladio, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Eladio contra la sentencia de fecha 1 de marzo de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección Segunda, en el rollo de apelación n.º 2527/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 604/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de San Sebastián
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) Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.