STSJ Andalucía 1288/2021, 18 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1288/2021
Fecha18 Mayo 2021

Recurso Nº 3476/19-A Sentencia nº 1288/21

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMAS SRAS/ ILMO. SR.:

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO

DON LUIS LOZANO MORENO

DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ-BENEYTO ABAD

En Sevilla, a dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres.

Magistrados citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1288/2021

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jorge, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº Dos de Sevilla, en sus autos núm 1529/2013, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña MARIA ELENA DIAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Jorge, contra Agencia Pública Empresarial RTVA, Astorga Refregeración, SL, Cofely, Eulem, Mantenimiento y Montajes Industriales, SA, Concentra y Diemasa Administradores Concursales, SLP y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 28/11/2016 por el referido Juzgado, con estimación parcial de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

Don Jorge, mayor de edad, con DNI NUM000, ha venido prestando servicios en la empresa Astorga Refrigeración, S.L. desde el 3 de abril de 2001. El contrato tiene carácter de indef‌inido, a tiempo completo. El actor tiene la categoría profesional de f‌icción de primera.

Don Jorge ha ostentado en el año anterior al despido cargo representativo sindical, como miembro del comité de empresa.

SEGUNDO

El salario día bruto a efectos de despido es de 52,54 €, incluida la parte proporcional de pagas extras. El salario mensual bruto es de 1.576,28 €, que se desglosa los siguientes conceptos: salario base 895,59 €, antigüedad 70,06 €, plus asistencia 143,22 €, absentismo 23,19 €, productividad 211,42 €, retribuciones

variables media mensual de festivos 15,24 € y parte proporcional de pagas extras 216,86 €. El convenio colectivo de aplicación es el de siderometalurgia.

TERCERO

El actor ha prestado sus servicios al amparo de los siguientes

contratos:

  1. - Contrato de trabajo de duración determinada, para obra o servicio, con tiempo parcial, celebrado entre el actor y la empresa GYMSA, Gestión y Mantenimiento, S.A., celebrado el 3 de abril de 2001. La obra o servicio determinado consiste en mantenimiento pintura en centros de producción de la empresa pública RTVA. Folios

    1.377 y 1.378 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

  2. - Contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, celebrado entre el actor y la empresa demandada EULEN, S.A., S.A., en fecha de 1 de abril de 2002. La acumulación de tareas corresponden a mantenimiento para trabajos de pintura en los centros de RTVA. Folios 1.380 y 1.381 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

  3. - Conversión del contrato temporal anterior en contrato indef‌inido, celebrado por las partes el 30 de marzo de 2003. Folios 1.384 y 1.385 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

  4. - Contrato de trabajo por tiempo indef‌inido, tiempo completo, celebrado entre el actor y Astorga Refrigeración, S.L., en fecha de 1 de julio de 2005. Folios 1.386 y 1.387 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

CUARTO

En fecha de 12 de enero de 2001, la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa GYMSA, Gestión y Mantenimiento, S.A. f‌irmaron contrato sobre el servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía. Folios 839 y 840 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

La Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa GYMSA, Gestión y Mantenimiento, S.A. f‌irmaron prórroga del contrato suscrito con f‌inalización en 31 de marzo de 2002. Folios 879 y 880 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

QUINTO

La Dirección General de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía dictó resolución adjudicando a la empresa EULEN, S.A., S.A. la contratación relativa al "servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía", en fecha de 1 de marzo de 2002. Folios 611 a 613 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

En fecha de 3 de abril de 2002, la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa EULEN, S.A., S.A. f‌irmaron contrato sobre el servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía. Folios 808 a 818 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

La Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa EULEN, S.A., S.A. f‌irmaron prórrogas del contrato suscrito con f‌inalización en 30 de junio de 2005.

Folios 833 a 838 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

SEXTO

La Dirección General de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía dictó resolución adjudicando a la empresa Astorga Refrigeración, S.L. la contratación relativa al "servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía", en fecha de 15 de enero de 2007. Folios 416 y 417 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

En fecha de 15 de febrero de 2007, la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa Astorga Refrigeración, S.L. f‌irmaron el contrato sobre el servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía. Folios 429 a 453 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

La Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa Astorga Refrigeración, S.L. f‌irmaron prórrogas del contrato suscrito con f‌inalización en 1 de noviembre de 2014. Folios 563 a 576 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

OCTAVO

La Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa Concentra Servicios y Mantenimiento, S.A.U. f‌irmaron contrato sobre el servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía, en fecha 11 de junio de 2014, en virtud del contrato celebrado entre Concentra Servicios y Mantenimiento, S.A.U. y Astorga Refrigeración, S.L. sobre cesión del contrato con RTVA, previa aceptación de esta entidad. Folios 1.261 a 1.271 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

NOVENO

La Dirección General de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía dictó resolución adjudicando a la empresa Mantenimiento y Montajes Industriales, S.A. la contratación relativa al "servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía", en fecha de 11 de diciembre de 2015. Folios 1.177 y 1.178 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

En fecha de 18 de diciembre de 2015, la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y la empresa Mantenimiento y Montajes Industriales, S.A. f‌irmaron el contrato sobre el servicio de mantenimiento general de instalaciones y servicios de pintura en diversos centros de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía. Folios 1.179 a 1.207 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

DÉCIMO

El actor disfrutó del derecho de permiso de paternidad desde el 6 de junio de 2013 hasta el 22 de junio de 2013. El parto se produjo el 6 de junio de 2013. Folios 1.375 y 1.376 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

UNDÉCIMO

La empresa demandada Astorga Refrigeración, S.L. entregó al actor carta de despido, en fecha 18 de octubre de 2013, por causas objetivas productivas y de organización del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, con fecha de efectos del 3 de noviembre de 2013. Se f‌ijó una indemnización en la cantidad de

11.801,73 €. Folios 1.301 a

1.304 las actuaciones que se dan por reproducidos.

La empresa Astorga Refrigeración, S.L. notif‌icó la carta de despido al representante legal de los trabajadores. Folios 1.342 a 1.345 de las actuaciones que se dan por reproducidos.

DECIMO
SEGUNDO

En fecha de 18 de noviembre de 2013 se presentó papeleta de conciliación ante el C.M.A.C. de Sevilla. El acto de conciliación se celebró en fecha de 29 de noviembre de 2013, con el resultado de intentado sin efecto. En fecha de 3 de diciembre de 2013, se presentó demandada que dio lugar al presente procedimiento.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, que fue impugnado de contrario Mantenimientos y Montajes Industriales, SA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de suplicación lo interpone el actor, al amparo del artículo 193 b) y c) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, contra la sentencia de instancia que declaró la nulidad del despido acordado por la empresa "Astorga Refrigeración S.L." el día 18 de octubre de 2.013, con efectos de 3 de noviembre de 2.013 por causas objetivas, al existir un error inexcusable en el importe de la indemnización puesta a disposición del trabajador, y despedirle tras disfrutar del permiso de paternidad.

El recurso va dirigido a que se incremente el salario reconocido en la sentencia para calcular los efectos económicos del despido y se...

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