STSJ Aragón 24/2021, 7 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución24/2021
Fecha07 Abril 2021

S E N T E N C I A Nº 000024/2021

EXCMO. SR. PRESIDENTE:

D. MANUEL BELLIDO ASPAS

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

D. IGNACIO MARTÍNEZ LASIERRA

En Zaragoza, a siete de abril de dos mil veintiuno.

En nombre de S.M. el Rey

Visto por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como Sala Penal, el presente recurso de apelación seguido con el núm. 17/2021 por un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daños a la salud en cantidad de notoria importancia, interpuesto por los acusados, Nemesio, Obdulio y la mercantil UNION VERDE S.L., representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. Mª Teresa Villarreal Nogue y dirigidos por el Letrado D. José Ignacio Cabrejas Hernández, contra la sentencia dictada con fecha 10 de diciembre de 2020 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en Procedimiento sumario 184/2020. Es parte apelada el Ministerio Fiscal.

Es Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Pastor Eixarch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en su Procedimiento sumario nº 184/2020, con fecha 10 de diciembre de 2020 dictó sentencia en la que se consideraron probados los siguientes hechos:

HECHOS PROBADOS:

En virtud de lo establecido en el artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ha resultado probado que:

PRIMERO.- En fecha treinta de Junio de 2017, ante el Notario de Zaragoza, Don José María Navarro Viñuales, se constituye la Sociedad Limitada denominada "UNIÓN VERDE", cuyo objeto social es el comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales, con código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas número 4621, y al comercio al por mayor de flores y plantas, con código 4622. Sus Estatutos son firmados por los socios fundadores ante el mismo Notario y en la misma fecha en que se constituye la sociedad limitada.

UNIÓN VERDE, S.L. está participada por los acusados Nemesio, Obdulio, Rosendo, Salvador y Serafin, todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales.

UNIÓN VERDE, S.L., realiza su actividad en las instalaciones sitas en el Polígono 3, parcela 110 del Paraje de la Mina en la localidad de Tauste (Zaragoza), y en la que también se encontraban los también acusados Victorio y Carlos Ramón, mayores de edad y sin antecedentes penales; ambos como trabajadores en la instalación.

SEGUNDO.- En fecha trece de Junio de 2018, Nemesio, en su calidad de Administrador de UNIÓN VERDE, S.L., comunicó al SEPRONA de la Guardia Civil en Zaragoza, la siembra y cultivo en invernadero de cáñamo industrial (fibra, grano y flores del cáñamo) de la especie Cannabis Sátiva, y en concreto de sus variedades KOMPOLTI, TIBORSZALLASI, ANTAL, CARMAGNOLA y FEDORA, todas de bajo contenido en tetrahidrocannabinol (THC) y aprobada por la Unión Europea, aportando al efecto factura y etiquetas de compra de las semillas correspondientes, así como la información catastral de la situación de las instalaciones. En el mismo sentido se aportaron diferentes boletines de análisis de la empresa CTAEX en donde se constataba en las diferentes variedades de plantas indicadas un porcentaje de THC inferior al 0'01%. En fecha seis de junio de 2018 UNIÓN VERDE realizó comunicación a la PAC en la Diputación General de Aragón.

A su vez se publicó una página web, www.unionverde.org, con mensajes e imágenes sobre estudios o beneficios que puede aportar la marihuana, con una serie de pestañas en donde se indicaban estudios médicos efectuados, estudios y ensayos clínicos sobre la marihuana, y una pestaña, SHOP, que remite a la página web canna.bizzboard.com donde se puede vender y distribuir el producto que uno desee adquirir, existiendo iconos con enlaces directos a las redes sociales Facebook, Twitter, Instagram y Pinterest.

Compitiendo a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) la autorización del cultivo de Cannabis en todo el territorio nacional, con excepción de los cultivos de Cannabis destinados a fines industriales, no existe autorización por la AEMPS, ni se ha solicitado, para que UNIÓN VERDE, ni Nemesio, puedan cultivar Cannabis.

En virtud de previa denuncia efectuada por Juan Luis, y posterior personación de miembros del Equipo de Investigación de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Zaragoza (E.D.O.A.), en fecha dieciocho de Septiembre de 2018, y previa autorización por parte de Nemesio, administrador de UNIÓN VERDE, se procedió a la recogida de unas muestras de las variedades Carmagnola, Kompolti, Tiborszallasi y Fedora de las plantas de Cannabis Sátiva sitas en el invernadero de la citada mercantil, arrojando un resultado analítico, en todos los casos, igual o superior al 1 % de THC.

Se autorizó un primer registro por auto de fecha diecinueve de Septiembre de 2018 dictado por el Juzgado de Instrucción número Uno de Ejea de los Caballeros para toma de muestras con la presencia de técnico del Área de Sanidad de la Subdelegación de Gobierno en Zaragoza; se realizaron inspecciones por parte del EDOA de la Guardia Civil en fechas nueve y dieciocho de Octubre de 2018; y en fecha veintisiete de Noviembre de 2018 el Juzgado de Instrucción número Uno de Ejea de los Caballeros autorizó la entrada y registro en las instalaciones de UNIÓN VERDE en Tauste para la aprehensión y posterior destrucción de las plantas de Cannabis Sátiva en las instalaciones por parte del EDOA de la Guardia Civil procediéndose al decomiso de 27 lotes de hojas y cogollos de Cannabis Sátiva ubicadas en las instalaciones de UNIÓN VERDE en Tauste.

Los análisis efectuados sobre porcentaje de THC en las muestras remitidas al Laboratorio del Área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno de Zaragoza, y los resultados con las muestras remitidas al Laboratorio de Madrid, datos comunicados en fecha 28 de noviembre de 2018, son los siguientes:

Decomiso 1: 0,64 y 0,3

Decomiso 2: 1,08 y 0,4

Decomiso 3: 1,14 y 0,3

Decomiso 4: 1,28 y 0,4

Decomiso 5: 1,34 y 0,6

Decomiso 6: 1,41 y 0,6

Decomiso 7: 1,02 y 0,3

Decomiso 8: 1,21 y 0,4

Decomiso 9: 1,34 y 0,6

Decomiso 10: 0,99 y 0,3

Decomiso 11: 1,11 y 0,4

Decomiso 12: 1,13 y 0,5

Decomiso 13: 0,2 y 0,2

Decomiso 14: 0,2 y 0,1

Decomiso 15: 0,2 y 0,1

Decomiso 16: 0,2 y no sustancia detectada

Decomiso 17: 0,2 y no sustancia detectada

Decomiso 18: 1,12 y 0,4

Decomiso 19: 1,22 y 0,4

Decomiso 20: 1,36 y 0,5

Decomiso 21; 1,16 y 0,5

Decomiso 22: 0,2 y 0,1

Decomiso 23: 1,1 y 0,4

No constan más análisis oficiales, por lo que el peso neto total de la sustancia aprehendida, deducido el peso neto de los lotes en los que no consta análisis o no supera el 0,2% de THC (471 kilogramos), es de 1090 kilogramos de Cannabis Sativa con un porcentaje de THC superior al 0,2%, con un valor de mercado de 1.518.370 euros, a razón de 1393 euros el kilogramo, precio determinado por la Oficina Central Nacional de Estupefacientes (O.C.N.E.) para el segundo semestre de 2018.

Realizada analítica de las muestras obrantes en el Área de Sanidad de la Subdelegación de Gobierno de Zaragoza por la empresa CTAEX en informe de fecha 24 de noviembre de 2020, el resultado es de un THC inferior al 0,2%.

TERCERO.- Acordado en auto de veintisiete de Noviembre de 2018 y habiéndose procedido al triturado y destrucción de las plantas existentes en las instalaciones de UNIÓN VERDE, S.L. en fecha veintiocho de Noviembre de 2018, los agentes actuantes, entre ellos el Sargento con documento de identidad profesional NUM000, se percataron de que la cantidad de sumidades floridas (cogollos) intervenidas y trituradas en el registro difería notoriamente a la baja cantidad de este producto existente en las inspecciones llevadas a cabo por los agentes en fechas nueve y dieciocho de Octubre de 2018 por lo que requerido al efecto Nemesio, éste llamó por teléfono a continuación a Obdulio, para a continuación introducirse con los operarios allí presentes en la casa existente en el interior de las instalaciones y sacar de un doble o falso techo un total de 25 sacos de plástico negro de gran tamaño aluminizadas en su interior y selladas, nueve bidones de plástico de color azul con gran capacidad de almacenaje y dos cajas de plástico transparentes que contenían un total de 340 kilogramos de cogollos de Cannabis Sátiva con un valor de mercado de 456.620 euros.

Nemesio y Obdulio se habían puesto previamente de acuerdo para guardar y ocultar los 340 kilogramos de cogollos de Cannabis Sátiva en el falso techo de la vivienda anteriormente citada.

CUARTO.- La mercantil UNIÓN VERDE, S.L. que se rige conforme a sus Estatutos por una Junta general, y sin que conste se haya constituido un Consejo de Administración, no tomó ninguna medida adecuada de control para evitar la actuación de sus socios, asimismo administradores, Nemesio y Obdulio, al margen del objeto propio de la mercantil conforme a sus Estatutos.

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