STSJ Aragón 31/2021, 5 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución31/2021
Fecha05 Mayo 2021

S E N T E N C I A Nº 000031/2021

EXCMO. SR. PRESIDENTE:

D. MANUEL BELLIDO ASPAS

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

D. IGNACIO MARTÍNEZ LASIERRA

En Zaragoza, a cinco de mayo de dos mil veintiuno.

En nombre de S.M. el Rey

Visto por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como Sala Penal, el presente recurso de apelación seguido con el núm. 30/2021 por el delito contra la salud pública, interpuesto por el acusado, Efrain, representado por el Procurador de los Tribunales D. José Antonio García Medrano y dirigido por el Letrado D. Alejandro José Sarasa Sola, contra la sentencia dictada con fecha 16 de febrero de 2021 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en Procedimiento abreviado 924/2020. Es parte apelada el Ministerio Fiscal.

Es Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Pastor Eixarch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en su Procedimiento abreviado nº 924/2020, con fecha 16 de febrero de 2021, dictó sentencia en la que se consideraron probados los siguientes hechos:

HECHOS PROBADOS:

Sobre las 18,15 horas del día 30 de abril de 2020 en la calle Nebra de esta Ciudad agentes de la policía nacional de servicio de paisano, que tenían información de que el acusado, Efrain, se dedicaba al tráfico de sustancias estupefacientes, observaron como este se dirigía a una furgoneta estacionada en doble fila, abriéndole la puerta la persona que se encontraba en su interior, Fausto, entregándole el acusado un envoltorio para acto seguido abandonar el lugar a pie.

Los agentes procedieron a seguir a la citada furgoneta, matrícula ...RXN, siendo interceptada en el Camino de las Torres identificando a su ocupante, el citado Fausto, el cual de forma espontánea les manifestó que era consumidor habitual y que había comprado la droga a un "tal Rey", varón sudamericano con teléfono NUM000. El acusado en alguna ocasión había invitado a Fausto a droga en su bar.

Seguidamente, los agentes se dirigieron la zona de Héctor y vieron al acusado introducirse en el nº 4 de Camino de Miraflores y cuando salió del portal procedieron a seguirlo y vieron como este arrojaba un objeto de pequeño tamaño a una alcantarilla y en ese momento es interceptado y detenido.

En el cacheo se le ocuparon al acusado 630 euros divididos entre los bolsillos de los pantalones.

Analizada la sustancia intervenida, 1 gramo, resultó ser cocaína, con una pureza del 0,1154%.

Y su parte dispositiva es del siguiente tenor:

FALLO

CONDENAMOS al acusado Efrain como autor de un delito contra la salud pública previsto y penado en el artículo 368,1 y 2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de cincuenta euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de dos días caso de impago, y al pago de costas procesales.

Se acuerda el comiso y la destrucción de la droga ocupada.

Se acuerda la devolución de la cantidad de 630 euros ocupada al acusado.

Así por esta nuestra sentencia, contra la que puede interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón dentro del plazo de diez contados a partir del siguiente al de la última notificación, y de la que se llevará certificación al rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

SEGUNDO

La representación procesal del acusado, Efrain, presentó recurso de apelación contra la sentencia anterior, basándolo, conforme consta en el escrito, en los siguientes motivos:

PRIMER MOTIVO DE APELACIÓN: Por vía del artículo 790.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por infracción de normas del ordenamiento jurídico, como lo es la vulneración del principio in dubio pro reo y el derecho de presunción de inocencia y por infracción de ley al no quedar corroborados los elementos del tipo, el artículo 368 del Código Penal.

Terminaba suplicando que «dicte sentencia por la que sea estimado el presente recurso, absolviendo a mi representado del delito...

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