SAP Toledo 71/2021, 13 de Abril de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 13 Abril 2021 |
Número de resolución | 71/2021 |
Rollo Núm......................... 80/2019.-Juzg. de lo Penal Núm...1 de Toledo.-P. Abreviado Núm............ 657/2015.- SENTENCIA NÚM. 71
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. JUAN RAMON BRIGIDANO MARTINEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BUCETA MILLER
D. ALEJANDRO FAMILIAR MARTÍN
Dª AMAYA PEREZ GALAN
En la Ciudad de Toledo, a trece de abril de dos mil veintiuno.
Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NO MBRE DEL REY, la siguiente,
SENTENCIA
Visto en juicio oral y público el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección núm. 80 de 2019, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, en el Procedimiento Abreviado Núm. 657/2015, por delito contra la Hacienda Pública y delito de falsedad documental, y en Diligencias Previas Núm. 770/2008, del Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Quintanar de la Orden, en el que han actuado, como apelante el ABOGADO DEL ESTADO; se adhiere al recurso el Ministerio Fiscal, y como apelados, EUROALSA SOLADOS Y ALICATADOS, S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Monzón Lara y defendido por el Letrado Sr. Muñoz Pedraza; Rogelio y Sabino, representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Guerrero García y defendidos por la Letrada Sra. Aguilar Rodríguez.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alejandro Familiar Martín, que expresa el parecer de la Sección, y son,
Por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, con fecha 15 de mayo de 2019, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A D. Rogelio Y A D. Sabino de UN DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA Y DE UN DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN
DOCUMENTO MERCANTIL, así como de la responsabilidad civil derivada del delito, con declaración de oficio de las costas del proceso.". - SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por el ABOGADO DEL ESTADO, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, al que se adhiere el Ministerio Fiscal, invocando como motivos de impugnación los que constan en sus escritos, y solicitando que se dictara nueva sentencia en el sentido de que se revoque la sentencia en los términos expresados en sus escritos, y recurso del que se dio traslado a las demás partes intervinientes, que en sus respectivos escritos manifestaron que se confirme la sentencia recurrida; y formalizado el recurso se remitieron los autos a esta Audiencia, donde personadas las partes, se formó el oportuno rollo y nombrado Magistrado-Ponente, quedaron vistos para deliberación y resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, y fallo de la resolución recurrida, revocándose en parte los fundamentos de derecho
HECHOS PROBADOS
Se declara probado que "PRIMERO. D. Rogelio Y D. Sabino, administradores solidarios de la mercantil "Euroalsa Solados y Alicatados S.L." en virtud de la escritura de 8 de julio de 2003, recibieron la siguiente relación de facturas simuladas por trabajos no efectuados para la sociedad por D. Jose María, por un importe total de base imponible de 299.516'06 euros y total, incluido I.V.A., de 347.438'67 euros, con la finalidad de reducir la cuenta de resultados de la sociedad y obtener una cuota cero en el impuesto de sociedades correspondiente al ejercicio 2002.
+ Factura NUM000, de 2 de enero de 2002 por importe de 8.525'68 euros de base imponible y 9.889'78 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM001, de 2 de enero de 2002 por importe de 3.442'98 euros de base imponible y 3.993'86 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM002, de 2 de enero de 2002 por importe de 31.227'37 euros de base imponible y 36.223'75 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM003, de 2 de enero de 2002 por importe de 14.327'20 euros de base imponible y 16.619'56 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM004, de 20 de enero de 2002 por importe de 14.233'61 euros de base imponible y 16.510'99 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM005, de 1 de febrero de 2002 por importe de 14.290'80 euros de base imponible y 16.577'33 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM006, de 1 de febrero de 2002 por importe de 7.426'29 euros de base imponible y 8.614'50 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM007, de 1 de febrero de 2002 por importe de 20.289'08 euros de base imponible y 23.535'34 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM008, de 1 de febrero de 2002 por importe de 2.972'75 euros de base imponible y 3.448'39 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM009, de 12 de febrero de 2002 por importe de 10.064'48 euros de base imponible y 11.674'79 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM010, de 15 de febrero de 2002 por importe de 22.975 euros de base imponible y 26.651 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM011, de 28 de febrero de 2002 por importe de 17.783'93 euros de base imponible y 20.629,36 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM012, de 1 de marzo de 2002 por importe de 26.587'68 euros de base imponible y 30.841'71 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM013, de 4 de marzo de 2002 por importe de 7.775'68 euros de base imponible y 9.019'79 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM014, de 15 de junio de 2002 por importe de 26.793'99 euros de base imponible y 31.081'03 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM015, de 28 de junio de 2002 por importe de 21.210'70 euros de base imponible y 24.604'42 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM016, de 28 de junio de 2002 por importe de 13.345'08 euros de base imponible y 15.480'29 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM017, de 28 de julio de 2002 por importe de 15.003'18 euros de base imponible y 17.403'69 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM018, de 10 de agosto de 2002 por importe de 9.093'17 euros de base imponible y 10.548'08 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM019, de 28 de agosto de 2002 por importe de 6.266'64 euros de base imponible y 7.269'31 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura NUM020, de 28 de agosto de 2002 por importe de 5.880'77 euros de base imponible y 6.821'70 euros de total, I.V.A. incluido.
El día 18 de julio de 2003 "Euroalsa Solados y Alicatados S.L." presentó el modelo 201 del impuesto de sociedades correspondiente al ejercicio 2002 con resultado de cuota cero, dejando de ingresar el importe de
D. Rogelio Y D. Sabino, administradores solidarios de la mercantil "Euroalsa Solados y Alicatados S.L." en virtud de la escritura de 8 de julio de 2003, recibieron la siguiente relación de facturas por trabajos efectuados para la sociedad por D. Camilo, por un importe total de base imponible de 107.028'50 euros y total, incluido I.V.A., de 124.153'21 euros.
+ Factura nº NUM021, de 15 de abril de 2002 por importe de 32.235'37 euros de base imponible y 37.393'02 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura nº NUM022, de 10 de mayo de 2002 por importe de 2.794'50 euros de base imponible y 3.241'62 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura nº NUM023, de 28 de junio de 2002 por importe de 6.556'87 euros de base imponible y 7.605'96 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura nº NUM024, de 28 de junio de 2002 por importe de 39.270'80 euros de base imponible y 45.554'43 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura nº NUM025, de 28 de junio de 2002 por importe de 2.644'37 euros de base imponible y 3.067'47 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura nº NUM026, de 28 de junio de 2002 por importe de 7.853'38 euros de base imponible y 9.109'79 euros de total, I.V.A. incluido.
+ Factura nº NUM027, de 28 de junio de 2002 por importe de 15.673'21 euros de base imponible y 18.180'92 euros de total, I.V.A. incluido.
El día 10 de abril de 2012 fue dictada providencia mediante la cual se dio traslado al Ministerio Fiscal y demás partes personadas. Presentados escritos por Abogacía del Estado el día 8 de mayo de 2012 y por el Ministerio Fiscal el día 14 de junio de 2012, el día 17 de junio de 2013 fue dictada providencia mediante la cual se acordó trasladar los autos a Abogacía del Estado.
El día 20 de abril de 2016 fue dictado auto de admisión de prueba. El día 30 de marzo de 2017 fue dictada diligencia de ordenación para el señalamiento de la vista oral...
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