SAP Valencia 185/2021, 9 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Abril 2021
Número de resolución185/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN SEGUNDA VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º Tfno: 961929121

Fax: 961929421

NIG: 46250-43-2-2020-0021589

Procedimiento: Procedimiento Abreviado [PAB] Nº 000168/2020- AM - Dimana del Procedimiento Abreviado [PAB] Nº 000869/2020 Del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 17 DE VALENCIA

SENTENCIA Nº 185/2021

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

SALVADOR CAMARENA GRAU (ponente)

Magistrados/as

PEDRO ANTONIO CASAS COBO JOSE MARIA GOMEZ VILLORA

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En Valencia, a nueve de abril de dos mil veintiuno.

La Sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto la causa instruida con el numero 000869/2020 por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 17 DE VALENCIA y seguida por delito de robo con violencia o intimidación, contra Eladio, con D.N.I. NUM000, nacido el NUM001 /99, Evelio, con D.N.I. NUM002, nacido el NUM001 /99, y Milagrosa, con D.N.I. NUM003,

nacida el NUM001 /99, representado/s por el/la Procurador/a MONICA HIDALGO CUBERO, SANDRA MARTINEZ IZQUIERDO y ENRIQUE JOSE DOMINGO ROIG, y defendido/s por el/la Letrado/a ALBERTO GIL OLMOS, JORGE LUIS SANCHEZ SANCHEZ y JULIA

CLAUDIA UTRILLAS BORRELL, respectivamente, por esta causa de la que ha estado privado de libertad Eladio

, siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado por Ilmo Sr. D. JOSE ANTONIO NUÑO DE LA ROSA AMORES .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 15 y 25 de marzo se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el numero 000869/2020 por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 17 DE VALENCIA, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales calif‌ico los hechos del siguiente modo:

1

" PRIMERA: Sobre las 12,20 horas del día 22 de junio de 2020 Los acusados Eladio, Evelio y Milagrosa, con ánimo de obtener ilícito benef‌icio y previo concierto para ello se dirigieron a Segundo en la calle José Ballester Gozalvo cuando se encontraba junto a su vehículo Mercedes E300 matrícula X-....-FE aparcado en dicha calle. La acusada Milagrosa f‌ingió preguntarle por una fuente-para beber agua tras Lo cual se alejó hacia los otros dos acusados: Cuando Segundo tenía las puertas de su coche abiertas para ventilarlo mientras recogía sus enseres de la playa y al no prestar atención a los acusados, éstos se dirigieron hacia él sin que los viera venir. El acusado Eladio exhibiendo un cuchillo de cortar jamón a Segundo le pidió que le entregara el dinero y [as llaves del coche ole clavaría el mismo. Al negarse Segundo, el acusado Evelio le agarró fuertemente del cuello y lo tiró al suelo donde lo sujetó mientras Eladio le apuntaba con el cuchillo y la acusada Milagrosa le arrebataba la cartera del bolsillo del pantalón a Segundo . Los tres acusados se introdujeron rápidamente en el vehículo marchándose del lugar aprovechando que Segundo tenía ya puesta La llave en el contacto.

Los acusados abandonaron el vehículo en el carril de acceso a la V-31 sentido Valencia dentro del municipio de Catarroja siendo encontrado por la policía local de Catarroja el día 23 de junio a las 22,20 horas con el motor en marcha, las luces encendidas y abierto.

Los acusados se apoderaron de la cartera de Segundo con 250 € y diversas tarjetas y documentación así como herramientas, gafas de sol ropa de playa consistente en toalla, sandalias, varios bañadores y gorras, otro monedero con 60 € y diversas herramientas que llevaba en el interior del vehículo causando diversos desperfectos en el mismo en la rejilla del salpicadero y retrovisor derecho y localizador GPS que arrancaron.

Los daños causados en el vehículo han sido tasados en 1018,38 € y los efectos sustraídos y no recuperados en 676,40 €.

Segundo como consecuencia de estos hechos sufrió lesiones consistentes en cervicalgia postraumática que precisó para lograr la curación de una inicial asistencia facultativa tardando en curar 20 días durante 4 de los cuales sufrió una pérdida moderada de su calidad de vida.

El perjudicado reclama por estos hechos.

En la fecha de los hechos la acusada Milagrosa había sido ejecutoriamente condenada por delito de robo con violencia o intimidación el día 15/4/2008 por el juzgado de lo penal n° 2 de Valencia en el procedimiento abreviado n 412/2007 a la pena de 6 años y 12 meses de prisión extinguida por cumplimiento el día 6/6/2 014 .

En la fecha de tos hechos el acusado Evelio había sido ejecutoriamente condenado por delito de robo con violencia o intimidación el día 10/3/2008 por el juzgado de lo penal n° 1 de Valencia en el procedimiento abreviado n° 108/2007 a la pena de 3 años y 9 meses de prisión extinguida por cumplimiento el día 7/4/2017 .

En la fecha de los hechos el acusado Eladio había sido ejecutoriamente condenado por delito de robo con fuerza entre otras en las siguientes sentencias:

Sentencia del juzgado de lo penal n° 1 de Valencia de 7/2/2012 en el procedimiento abreviado n° 376/2011 a la pena de 2 años de prisión.

2

Sentencia del juzgado de lo penal n 2 de Valencia de 23/9/2011 en el procedimiento abreviado n° 265/2011 ( ejecutoria n° 1791/2011 del juzgado de lo penal n° 16 de Valencia ) a la pena de 2 años de prisión.

Sentencia del juzgado n°7 de Valencia de 7/7/2011 en el procedimiento abreviado n°252/2011 (ejecutoria n° 1425/2011 Penal n° 13 de Valencia) a la pena de 1 año de prisión extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016.

Sentencia del juzgado de lo penal n° 12 de Valencia de 20/5/2011 dictada en el procedimiento abreviado n °479/2010 a la pena de 1 año y 3 meses de prisión extinguida por cumplimiento el día 16/2/2017.

Sentencia del juzgado de lo penal n° 6 de Valencia de 8/2/2011 dictada en el procedimiento abreviado n° 548/2008 a la pena de 1 año y 6 meses de prisión. Extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016.

Sentencia del juzgado de lo penal n° 12 de Valencia de 28/10/2010 dictada en el procedimiento abreviado n° 142J2009' a la pena de 2 años de prisión extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016.

Sentencia del juzgado de lo penal n° 6 de Valencia de 14/10/2010 dictada en el procedimiento abreviado n9

15.1/2010 a la pena de 1 año de prisión extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016.

Sentencia del juzgado de lo penal n° 3 de Valencia de 15/9/2010 dictada en el procedimiento abreviado n° 580/2009 a la pena de 6 meses de prisión extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016.

Sentencia del juzgado de lo penal no 7 de Valencia de 25/9/2009 dictada en el procedimiento abreviado n° 90/2009 a la pena de 2 años de prisión extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016. -Sentencia del juzgado de lo Penal n° 11 de Valencia de 1/7/2009 dictada en el procedimiento abreviado n° 582/2008 a la pena de 2 años de prisión extinguida por cumplimiento el día 2/12/2016.

Sentencia del juzgado de lo penal n° 5 de Valencia de 25/6/2008 dictada en el procedimiento abreviado n° 34/2008 a la pena de 1. año, de prisión extinguida por cumplimiento el día 29/3/2017.

SEGUNDA

Los hechos relatados son constitutivos de un delito de robo con violencia e intimidación de Los artículos 237, 242.1 y 242.2 del Código penal y un delito de lesiones del artículo 147.2 del mismo texto legal :

TERCERA

Son autores Los tres acusados ( art. 27 y 28 Código penal ).

CUARTA Concurre la circunstancia agravante de reincidencia del n° 8 del artículo 22 respecto a los 3 acusados y el delito de robo con la aplicación de la cualif‌icación del artículo

66.1.9 del Código Penal respecto al acusado Eladio .

QUINTA Procede imponer al acusado Eladio la pena de 7 años de prisión con accesoria cíe inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo y a los acusados Evelio y Milagrosa las penas de 4 años de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo por el delito por el delito de robo y. 1 mes de multa con cuota diaria de 10 € a

3

cada uno de los tres acusados por el delito leve de. lesiones. Procede imponer el. pago de las costas procesales por partes iguales a los tres acusados.

Los tres acusados deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a Segundo en la cantidad de 1.694,78 € por, los efectos sustraídos y desperfectos causados en el vehículo de su titularidad así como en 3W € por el dinero sustraído en todo caso con los intereses legales del artículo 576 de la ley de enjuiciamiento civil . "

En sus conclusiones def‌initivas el MF modif‌icó las provisionales del siguiente modo: En la primera.

Incluye que el Sr Eladio fue condenado el 21.2.20218 por resistencia/desobediencia a 4 meses multa en DUR 341/18 JI 3 Valencia.

También que en el momento de los hechos Eladio era adicto de larga duración merma no severa facultades volitivas e intelectivas.

Y que no consta la participación en los hechos de los otros dos acusados. La segunda igual.

La tercera solo el Sr Eladio, respecto de los otros dos acusados solicita la libre absolución.

En la cuarta para el Sr Eladio solicita atenuante analógica del art 21.7 en relación 21.2 CP.

En la quinta solicita cuatro años de prisión, inhabilitación correspondiente y un pena de multa de un mes con una cuota diaria de seis euros por el delito leve añadiendo la responsabilidad civil a favor del Sr Segundo en 720 euros respecto de las lesiones.

TERCERO

Las defensas del acusado/s en sus conclusiones def‌initivas solicitó la libre absolución de su/s defendido/s por entender no había/n incurrido en delito alguno. La defensa del Sr Eladio subsidiariamente solicita la aplicación de la eximente del art 20.2 CP, y, en todo caso, atenuante del art 21.1 en...

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