ATS, 23 de Junio de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 23 Junio 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 23/06/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 2284 /2021
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 13 DE BARCELONA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: PGA/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 2284/2021
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 23 de junio de 2021.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.
La representación procesal de Xarxa Integral de Profesionals i Usuaries SCCL presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 10 de noviembre de 2020 por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Décimo Tercera, en el rollo de apelación núm. 137/2020, dimanante de los autos de juicio verbal núm. 266/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 49 de Barcelona.
Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Décimo Tercera), se acuerda remitir los autos originales y el rollo de apelación a la Sala Primera del Tribunal Supremo, emplazando a las partes personadas en los autos para su comparecencia ante el mismo.
Con la diligencia de ordenación de fecha 14 de abril de 2021 se tiene por parte recurrente a de Xarxa Integral de Profesionals i Usuaries SCCL, y en su nombre y representación al procurador Sr. Franquet Martín, y como parte recurrida a Banco de Santander SA, y en su representación al procurador Sr. Jiménez López, apareciendo notificadas dichas resoluciones a los procuradores litigantes.
Por la parte recurrente se ha constituido el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la LOPJ.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Xarxa Integral de Profesionals i Usuaries SCCL, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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- Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Xarxa Integral de Profesionals i Usuaries SCCL contra la sentencia dictada con fecha diez de noviembre de 2020 por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Décimo Tercera, en el rollo de apelación núm. 137/2020, dimanante del juicio verbal núm. 266/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 49 de Barcelona.
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- Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos interpuestos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.