ATS, 9 de Junio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Junio 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 09/06/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 1689 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 2 DE GUIPÚZCOA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: CMB/ML

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 1689/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 9 de junio de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Banco Inversis, S.A., presentó escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia de fecha 15 de octubre de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección Segunda, en el rollo de apelación 2108/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 81/2016, del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Tolosa.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial se tuvieron por interpuestos los recursos acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

La procuradora D.ª María José Bueno Ramírez, en nombre y representación de Banco Inversis, S.A., presentó escrito ante esta Sala de fecha 26 de marzo de 2019 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. José Ignacio Otermin Garmendia, en nombre y representación de Auge, Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales, actuando en interés de sus socios D.ª Casilda, D. Carlos Manuel y D. Luis Manuel presentó escrito ante esta Sala de fecha 21 de marzo de 2019 personándose en calidad de parte recurrida, oponiéndose a la admisión de los recursos.

CUARTO

Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

QUINTO

Planteada cuestión prejudicial por la parte recurrida en casación, mediante providencia de fecha 8 de septiembre de 2020 se acordó estar a lo que resulte en fase de admisión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuesto por la representación procesal de Banco Inversis, S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en los artículos 474 y 485 LEC la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de Banco Inversis, S.A. contra la sentencia de fecha 15 de octubre de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección Segunda, en el rollo de apelación 2108/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 81/2016, del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Tolosa.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483. 5 y 473. 3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR