SJS nº 3 187/2021, 21 de Mayo de 2021, de Talavera de la Reina
Ponente | CRISTINA PEÑO MUÑOZ |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2021 |
ECLI | ES:JSO:2021:171 |
Número de Recurso | 5/2021 |
JDO. SOCIAL N.3
TALAVERA DE LA REINA
SENTENCIA: 00187/2021-C/CHARCÓN,33
Tfno: 925801688/89
Fax: 925828120
Correo Electrónico:
Equipo/usuario: 002
NIG: 45165 44 4 2021 0000005
Modelo: N02700
SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000005 /2021
Procedimiento origen: /
Sobre: SEGURIDAD SOCIAL
DEMANDANTE/S D/ña: Rodolfo
ABOGADO/A: BEATRIZ FERNANDEZ RODRIGUEZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: SESCAM, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SOLIMAT
ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, JOSE SANCHEZ RECUERO
PROCURADOR:,,,
GRADUADO/A SOCIAL:,,,
S E N T E N C I A nº 187/2021
En Talavera de la Reina, a 21 de mayo de 2021.
Vistos por doña Cristina Peño Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de Toledo con sede en Talavera de la Reina, los precedentes autos seguidos a instancia de DON Rodolfo defendido por doña Beatriz Fernández Rodríguez, frente INSS y TGSS defendidos por el letrado apoderado del ente don Carlos Díaz Fernández, frente a MUTUA SOLIMAT, representada y defendida por la letrada doña Marina Sanchez
Martín de Nicolás, contra el SESCAM representada y defendida por la letrada doña Cecilia Álvarez sobre DETERMINACIÓN DE CONTINGENCIA.
En fecha 28 de diciembre de 2020 tuvo entrada en este Juzgado demanda suscrita por la parte actora, en la que después de alegar los hechos y fundamentos que estimó pertinentes a su derecho, solicitó se dictase sentencia por la que se declare que la incapacidad temporal iniciada por el actor el 13 de septiembre de 2020 y la iniciada el 23 de octubre de 2020 fueron derivadas de enfermedad profesional o, subsidiariamente, de accidente de trabajo.
Que señalados el 4 de mayo de 2021 para celebración de los actos de conciliación y juicio estos tuvieron lugar con la comparecencia de todas las partes. En trámite de alegaciones la parte actora se afirmó y ratificó en su demanda; las demandadas se opusieron en los términos que constan en el acta de juicio, practicándose a continuación las pruebas propuestas y admitidas. En conclusiones las partes sostuvieron sus puntos de vistas y solicitaron de este Juzgado dictase una Sentencia de conformidad con sus pretensiones.
En la tramitación de este procedimiento se han observado los requisitos legales.
HECHOS PROBADOS
Don Rodolfo con DNI NUM000, nacido el NUM001 de 1957 y domicilio en Talavera de la Reina, viene prestando servicios como personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha con la categoría de auxiliar administrativo en el Centro de Salud de Malpica de Tajo perteneciente al SESCAM con una base reguladora de 59,29 euros/día y jornada habitual de lunes a viernes de 8 a 15 horas. Los servicios se prestan en el puesto de recepción ubicado en el Centro de Salud y consisten en atención e información directa al usuario, citación de consulta, citación de consulta en atención especializada, tramitación de tarjeta sanitaria, tramitación de órdenes de asistencia, solicitud de reintegro de gasto, tramitación de peticiones de ambulancias por orden facultativa, utilización de herramientas informáticas de la Institución y tareas administrativas relacionadas con el funcionamiento del centro por indicación de sus superiores jerárquicos. La empleadora tiene cubiertas las contingencias profesionales con Solimat.
El actor inició proceso de IT el 13 de septiembre de 2020 siendo dado de baja por Salud Laboral tras dar positivo en coronavirus con diagnóstico de " síndrome respiratorio agudo severo asociado coronavirus " prolongándose dicha situación hasta que el 22 de octubre de 2020 se emite el alta médica tras resultado negativo. El 23 de octubre de 2020 inicia nuevo proceso de IT por enfermedad común expedido por su médico de cabecera con el diagnostico de " disnea y alteraciones respiratorias " que se prolongó hasta que se emite el alta médica el 15 de enero de 2021. El actor es esposo de celadora de Hospital que también es covid+ y con la que convive. (IM neumología de 29-09-2020). El 19 de septiembre de 2020 el actor tenía diez días desde el inicio de síntomas respiratorios (IM urgencias).
Respecto a la baja laboral de 13 de septiembre de 2020 la Inspección Médica del SESCAM tramitó al INSS solicitud de determinación de contingencia y el Servicio de Prevención de la Gerencia de Atención Integrada de Talavera de la Reina emitió acreditación de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo referente al trabajador demandante como caso confirmado COVID-19 siguiendo los criterios de trazabilidad del contagio en el ámbito laboral.
El 14 de octubre el actor recibe comunicación de Solimat denegando la calificación de accidente de trabajo en base al art. 9 del RDL 19/2020, de 26 de mayo por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y seguridad social y tributaria para paliar los efectos de Covid-19 y el RD 8/2015 no aceptándose como siniestro laboral por no haber estado expuesto a ese riesgo específico durante la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios, sin perjuicio del anticipo de las prestaciones por la Mutua que en derecho correspondan. Formulada reclamación previa por el trabajador la misma fue desestimada por resolución de 13 de noviembre de 2020 de la mutua denegando la calificación de accidente laboral en base a la normativa citada anteriormente.
En los últimos siete días de agosto de 2020 (semana epidemiológica número 35) en el municipio de Malpica de Tajo se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 11 casos de Covid-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 645,2 casos/100.000 habitantes. En la primera semana de septiembre de 2020 (semana epidemiológica número 36) en el municipio de Malpica de Tajo se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 24 casos de Covid-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 1.407,6 casos/100.000 habitantes, con una
tendencia creciente de una semana a otra. Y desde la puesta en marcha de la Nueva Estrategia de Vigilancia (11-05-2020) no se declaró en el citado municipio ningún brote de Covid-19 por lo que se trata de un escenario de transmisión comunitaria que exigió la adopción de medidas complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en la provincia de Toledo y que se recogen en resolución de 12 de septiembre de 2020 de la Delegación Provincial de Sanidad de Toledo complementarias a las previstas en la resolución de 8 de septiembre de 2020 en el término municipal de Malpica de Tajo.
Según certificado emitido por el Director de Gestión y Servicios Generales de la Gerencia de Atención Integrada de Talavera de la Reina se desconocen las circunstancias en que ocurrieron los hechos que dieron lugar a la baja médica del actor.
Por el periodo de IT del 13 de septiembre al 22 de octubre de 2020 el actor percibió prestaciones económicas de IT de forma asimilada a accidente de trabajo de conformidad con el art. 11 RDL 7/2020, art. 9 del RDL 19/2020 y art. 6 RD 3/21, y a los solos efectos prestacionales.
En caso de estimación la base reguladora sería la de 15.531,68 euros...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba