STSJ Cantabria 356/2021, 17 de Mayo de 2021

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2021:171
Número de Recurso266/2021
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución356/2021
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2021
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000356/2021

En Santander, a 17 de mayo del 2021.

PRESIDENTA

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

MAGISTRADOS

Ilmo. Sr. D. Rubén López-Tamés Iglesias (ponente)

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los/las Ilmos. /as. Sres./Sras. citados/as al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Belinda contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. Dos de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rubén López-Tamés Iglesias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Según consta en autos se presentó demanda por Dª. Belinda siendo demandados el INSS y TGSS sobre Incapacidad y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 11 de marzo del 2021, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

- Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora Belinda, nacida el NUM000 de 1962, se encuentra af‌iliada a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General - Mutualidad de Trabajadores por Cuenta Ajena-, con el nº NUM001, reuniendo el período de cotización suf‌iciente y siendo su profesión habitual la de Camarera.

  2. - Previa la correspondiente solicitud, la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades emitió dictamen el 30 de diciembre de 2019, recayendo en el expediente administrativo Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 23 de enero de 2020 en la que se deniega al actor el derecho a ser declarado en situación de Invalidez Permanente en cualquiera de sus grados.

  3. - La Base Reguladora para la Incapacidad Permanente Total es de 749,23 euros mensuales con efectos económicos desde el 3 de enero de 2020.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

"1. DIAGNÓSTICO PRINCIPAL: M15.-Poliartrosis

  1. DIAGNÓSTICO

    Poliartrosis. Insuf‌iciencia venosa crónica. Trastorno adaptativo depresivo.

  2. DATOS DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO (Anamnesis, exploración, documentos aportados)

    Mujer 57 años, camarera de piso (ref‌iere 16 años de antigüedad). Diestra

    Expediente de IP de parte, ref‌iere que lo solicita porque no puede trabajar por los dolores y por las manos, además las piernas se le hacen úlceras.

    Aporta informes de los que se extrae:

Antecedentes

. -IQ de halla valgas en ambos pies, el último en lado izq. (16-05-18).

. -IQ de hombro derecho(05-ll-15) sutura manguito rotador tenotomía de bíceps+ autoinjerto óseo en gloria derecha por quiste óseo.

.-FITA en tto con enalapril 10

.-Trastorno depresivo en tto con anafranil 25 e hidroxizina 25 .-Varices en fumadora activa. Pendiente de eco Doppler solicitado por CCV para valorar tto. Ha f‌inalizado HBPM recientemente.

. -Espondiloartrosis lumbar, espondilolistesis L4-L5 con anterolistesis L4 grado I (RM 08-10-17).

Estado actual y EF UMEVI 30-12-19: marcha autónoma estable y no claudicante. Dif‌icultad en puntillas pie izquierdo, por dolor en zona metatarso falángica 1 y 2. Cicatrices en pies de cirugía de halla valgus bilateral. Signos de insuf‌iciencia venosa roñica en ambas extremidades Inferiores. Flexión de tronco con DDS a 30 cm. Extensión limitada por dolor.Lasegue-. Hombro derecho: cicatriz en cara anterior. Antepulsión 100°, retropulsión 30°, RI pulgar a glúteo, Re, pulgar a oreja. Subacromiales+, supraespinoso+,fuerza 475. Manos: severa deformidad en interfalángicas de dedos de ambas manos (nódulos de Heberden y Bouchard), dif‌icultad en Pinza digito digital y presa de puño. Animo depresivo reactivo a dolencias físicas.

  1. TRATAMIENTO EFECTUADO, EVOLUCIÓN Y POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS

    Quirúrgico

    Médico actual: Ibuprofeno, paracetamol. palexia R 100, anafranil 25, enalapril 10, hidroxizina 25.

  2. CONCLUSIONES (Limitaciones orgánicas y/o funcionales)

    Poliartralgias con signos radiológicos degenerativos en raquis lumbar. Deformidad en manos con pinza y presa puño limitadas. Signos de insuf‌iciencia venosa crónica. Semiología afectiva reactiva".

    1. - Ha agotado la vía administrativa previa.

    2. - La actora percibe Subsidio de desempleo.

TERCERO

En dicha sentencia se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimando la demanda formulada por Belinda frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a dichas Entidades de las pretensiones deducidas en su contra, y, en consecuencia, declarar que el actor no se encuentra afecto a incapacidad permanente en grado de total.

CUARTO

- Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 193, b) de la Ley de la Jurisdicción Social, se pretende la revisión del Hecho Probado Cuarto en atención al informe del Hospital Valdecilla, que obra en el folio 29. Se trata de hacer constar una pluripatología que, según el recurso, afecta de forma grave a la actora, dadas las poliartralgias y/o dolores, con afectación a extremidades superiores e inferiores, así como a las extremidades inferiores, columna vertebral y un síndrome depresivo, de manera que no podría desempeñar un trabajo como el de camarera de pisos.

Sin embargo, la redacción propuesta resulta sin virtualidad para el signo del fallo y no solo porque las dolencias ya constan básicamente en la redacción actual de los hechos probados sino también porque la adición pretendida carece de trascendencia para el signo del fallo.

A f‌in de cuentas, no se cuestiona que la marcha siga siendo autónoma estable y no claudicante y la dif‌icultad en pinza y presa de puño o el ánimo depresivo reactivo a dolencias físicas, consideradas también las poliartralgias con signos radiológicos degenerativos en raquis lumbar, no justif‌ican, siquiera en valoración conjunta, la incapacidad total.

SEGUNDO

- Al...

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