ATS, 12 de Mayo de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 12 Mayo 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 12/05/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 5658 /2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: CSM/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 5658/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 12 de mayo de 2021.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de Luis Miguel presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 24 de septiembre de 2018 por la Audiencia Provincial de Palma de Madrid (Sección 11.ª), en el rollo de apelación n.º 93/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 329/2017, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Fuenlabrada.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Bárbara Egido Martín en nombre y representación de Luis Miguel como parte recurrente y el procurador Miguel Ángel Montero Reiter en nombre y representación de Caixabank S.A., en calidad de parte recurrida.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Luis Miguel, dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.
De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Luis Miguel contra la sentencia dictada, el día 24 de septiembre de 2018 por la Audiencia Provincial de Palma de Madrid (Sección 11.ª), en el rollo de apelación n.º 93/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 329/2017, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Fuenlabrada.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.