SAP Barcelona 5/2021, 28 de Diciembre de 2020
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 5/2021 |
Fecha | 28 Diciembre 2020 |
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 7ª
Rollo 155/2020K
Procedimiento Abreviado 487/2019 (Juicio Rápido)
Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona
SENTENCIA nº 5/2021
Ilmo. Sr. Presidente
D. JOSÉ GRAU GASSO
Ilmos. Sres. Magistrados
D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO
Dª INMACULADA CONCEPCIÓN CEREZO CINTAS
En Barcelona, a 28 de diciembre de 2020
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto el Rollo de Apelación nº 155/2020 formado para sustanciar el recurso de Apelación interpuesto contra la Sentencia (núm. 248/2020) dictada por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona, en Procedimiento Abreviado 487/2019 (Juicio Rápido), seguido por un Delito de hurto, previsto y penado en el art. 234.1 y 3 CP, en grado de tentativa, habiendo sido partes, en calidad de apelante el acusado D. Aquilino y, en calidad de parte apelada, el Ministerio Fiscal, actuando como Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Inmaculada Concepción Cerezo Cintas, quien expresa el parecer del Tribunal,
:
En fecha 13/10/2020, el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento dicta Sentencia (núm. 248/2020), cuyo Fallo es del siguiente tenor:
Que debo condenar y condeno a Dº. Aquilino, con nº de pasaporte de Filipinas NUM000 nº de NIP NUM001 y nº de informática de Policía Nacional NUM002, como autor responsable de un delito de hurto -agravado del artículo 234.3º del Cp- en grado de tentativa, ya definido, sin concurrir circunstancias, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN y con expresa imposición del pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.
Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma, en fecha 20/10/2020, interpone Recurso de Apelación la representación procesal del acusado D. Aquilino, en cuyo escrito, tras expresar los motivos que se tuvieron por pertinentes, interesa que se dicte Sentencia absolutoria.
En fecha 3/11/2020, el Ministerio Fiscal presenta escrito de oposición al Recurso de Apelación interpuesto, e interesando la desestimación del mismo.
Evacuado dicho trámite, se remiten las actuaciones a esta Sección Séptima de la Audiencia de Barcelona.
Recibidos los autos, en fecha 16/12/2020, y registrados en esta Sección, se señala la deliberación, votación y fallo.
HECHOS PROBADOS
Único .- Se acepta el relato de hechos probados de la Sentencia dictada en la instancia:
"Resulta probado y así expresamente se declara que el día 22 de octubre de 2019, sobre las 11:30 horas, en el establecimiento El Corte Inglés, sito en calle Salvador Dalí 15 de la localidad de Comellá de Llobregat, el hoy acusado Dº. Aquilino, mayor de edad, nacional de Filipinas y sin antecedentes penales actuando con ánimo de enriquecimiento injusto, se hizo con dos máquinas de fotografiar que extrajo de las cajas alarmadas, abandonando el establecimiento sin abonarlas, siendo, en dicho instante, retenido por el vigilante de seguridad, una vez rebasada la línea de cajas, quien recuperó dichos productos sin desperfectos por los que no reclama."
"Alegación acerca de error en la valoración de la prueba; vulneración del principio de presunción de inocencia; indebida aplicación de los arts. 234.1 y 3 CP " : Los motivos alegados en el Recurso de Apelación interpuesto por la representación procesal de D. Aquilino, consisten en error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia, al no haberse acreditado la comisión de un delito de hurto, previsto y penado en los arts. 234.1 y 3 CP.
Señala la Jurisprudencia del Tribunal Supremo (v.g., STS de 21/7/2020, Roj: STS 2737/2020; STS de 12/11/2019, Roj: STS 3685/2019) que el respeto al derecho a la presunción de inocencia, exige la concurrencia de prueba de cargo:
- Adecuada y suficiente, referida a todos los elementos esenciales del delito.
- Constitucionalmente obtenida, es decir que no sea lesiva de otros derechos fundamentales, requisito que nos permite analizar aquellas impugnaciones que cuestionan la validez de las pruebas obtenidas directa o indirectamente mediante vulneraciones constitucionales y la conexión de antijuridicidad entre ellas.
- Legalmente practicada, lo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba