STSJ Canarias 11/2021, 15 de Enero de 2021
Ponente | MARINA MAS CARRILLO |
ECLI | ES:TSJICAN:2021:14 |
Número de Recurso | 958/2020 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 11/2021 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2021 |
Emisor | Sala de lo Social |
Sección: SAN
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL
Plaza de San Agustín Nº 6
Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928 30 64 00
Fax.: 928 30 64 08
Email: socialtsj.lpa@justiciaencanarias.org
Rollo: Recursos de Suplicación
Nº Rollo: 0000958/2020
NIG: 3501644420190009194
Materia: Sin especificar
Resolución:Sentencia 000011/2021
Proc. origen: Procedimiento de oficio Nº proc. origen: 0000908/2019-00
Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria
Recurrente: AVERICUM S.L.; Abogado: FRANCISCO JAVIER ARTILES CAMACHO
Recurrido: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; Abogado: SERVICIO JURÍDICO SEGURIDAD
SOCIAL LP
Recurrido: Artemio
Recurrido: Baldomero . .
Recurrido: Encarna
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2021.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y Dña. MARINA MAS CARRILLO, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 0000958/2020, interpuesto por AVERICUM S.L., frente a Sentencia 000011/2020 del Juzgado de lo Social Nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000908/2019-00 en reclamación de Sin especificar siendo Ponente la ILTMA. SRA. Dña. MARINA MAS CARRILLO.
Según consta en Autos, se presentó demanda por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de Sin especificar siendo demandadas AVERICUM S.L., Baldomero . ., Encarna y Artemio y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 16 de enero de 2020, por el Juzgado de referencia.
En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: "
Por la lnspección Provincial deTrabajo y Seguridad Social de Las Palmas se levantó acta de liquidación nº NUM000 coordinada con el acta de infracción nº NUM001 . Dichas actas parten de la visita realizada en cumplimiento de la Orden de Servicio cumplimiento de lo Orden de Servicio 35/0001.906/J.9 y con motivo de la Campaña N50041, el 20 de febrero de 2019 siendo las 12:40 horas a la empresa AVERICUM SL, CIF-835805480, CCC 35L08221325, CNAE 8690 dedicada a la actividad de otras activídades sanitarios sita en calle Puerto Rico 7 de Arrecife al objeto de comprobar el efectivo cumplimiento de los obligaciones en materia de empleo y seguridad social.
El centro de trabajo es una clínica médica en la que se ofrecen diferentes servicios relacionados con las actividades sanitarias, especialmente centrada en el servicio de diálisis a pacientes con insuficiencia renal. El mismo consta de una primera sala a modo de recepción abierta al público y una segunda parte en el interior del local compuesta por varias habitaciones, en cada una de las cuales se ubican los materiales y maquinaria adecuados para atender a los pacientes. En la visita se identificó a los siguientes trabajadores:
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- R.F.T., que se encuentra sentada en la mesa de la sala de recepción al público trabajando con el ordenador y diversa documentación. Manifiesta realizar las funciones de administrativa con un horario de trabajo de 07:30 a 15:30 horas de lunes a viernes, con descanso los fines de semana.
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- F. M.P que se encuentra en el interior de una de las habitaciones atendiendo a los pacientes. Manifiesta realizar las funciones de enfermero con un horario de trabaJo de 08:00 a 1S:00 horas de lunes a viernes, con descanso los fines de semana.
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- B.G.T se encuentra en la sala de administración y manifiesta que ejerce funciones de enfermero y administrador con un horario de 07:30 a l3:00 horas y de 14:30 a 20:00 horas de lunes a viernes, con descanso los fines de semana.
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- N.F.B., se encuentra asimismo en la sala de administración y manifiesta que ejerce funciones de enfermera y supervisora con un horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, con descanso el fin de semana.
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- J.O.C.,limpiadora, con un horario de trabajo de 08:00 a l5:00 horas de lunes a viernes y los sábados con un horario de 08:30 a 14:30 horas o bien de 17.3O a 21:30 horas, con descanso los domingos.
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- C.C.C enfermera, con un horario de 07:30 a 13:30 horas y de 14:30 a 20.00 horas,con descanso dos días a la semana.
7,- Y.R.M . becario desarrollando las prácticas universitarias de enfermería, con un horario de 07:30 a 14:30 horas y de 13:30 a 20:00 horas de lunes a viernes.
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- B.C.R. auxiliar de enfermería, con un horario de 07:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, con descanso los fines de semana.
9- M.B.M auxiliar de enfermería, con horario de 07:30 a 13.00 horas y de 14:30 a 20:30 horas, con dos días de descanso a la semana,
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- F.L.F, enfermero, con un horario de 07:30 a 13:00 horas y de 14:30 a 20:00 horas, con dos días de descanso a la semana.
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- N.E.M.M., auxiliar de enfermería, con un horario de 07:30 a 13:00 horas y de 14:30 a 20:00 horas, con descanso dos días a la semana.
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- I.G.C, auxiliar de enfermería, con un horario y un descanso semanal análogo al de la trabajadora anterior.
13- A.M.G.B nefróloga, con un horario de 08:00 a 13:30 horas y de 15:00 a 20:00 horas los lunes, miércoles y viernes. Se encuentra en una habitación separada de las demás donde atiende individualmente a los pacientes.
Igualmente se encontraba en el lugar de trabajo Doña Encarna, en la sala del fondo donde se hallan las camillas y el resto de materiales sanitarios atendiendo a un paciente. Una vez termina de atenderlo, manifiesta ser enfermera y trabajar en la empresa desde el 1-8-18, si bien está dada de alta como autónoma igualmente desde esa fecha y solo ha prestado servicios desde entonces para la empresa AVERICUM. A preguntas de la funcionaria actuante sobre su horario de trabajo, la trabajadora declara que trabaja todas las semanas y se encarga de cubrir días libres y días de vacaciones, siendo su horario de trabajo el mismo que el del resto de enfermeros que componen la plantilla de la empresa. Respecto al uniforme y los materiales que emplea en su labor como enfermera, manifiesta que todo ello se le proporciona por la empresa. La facturación es mensual, computando el total de los días en los que se han prestado servicios en la empresa. Para finalizar la visita inspectora, se comprueba el cuadrante horario que se encuentra en la mesa de recepción y se observa que la trabajadora aparece en dicho cuadrante con sus horas de trabajo marcadas.
También se observa que aparecen en el cudrante horario dos...
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ATS, 22 de Febrero de 2022
...Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de fecha 15 de enero de 2021, en el recurso de suplicación número 958/20, interpuesto por Avericum SL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 7 de los de Las Palmas de fecha 16 de enero de 2020......