SAP Vizcaya 14/2021, 25 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Vizcaya, seccion 6 (penal)
Fecha25 Febrero 2021
Número de resolución14/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA. SECCIÓN SEXTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA. SEIGARREN ATALA

BARROETA ALDAMAR, 10-4ª planta - CP/PK:48001

TEL.:94-4016667 FAX:94-4016995

Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: audiencia.s6.bizkaia@justizia.eus / probauzitegia.6a.bizkaia@justizia.eus

NIG P.V. / IZO EAE: 48.04.1-191014169 NIG CGPJ / IZO BJKN :48020.43.2-2019/0014169

Rollo penal ordinario / Arruntaren zigor-arloko errollua 19/2020 - K

Atestado nº / Atestatu-zk.: NUM000

Hecho denunciado / Salatutako egitatea: QUEBRANTAMIENTO CONDENA O MEDIDA CAUTELAR /

Juzgado Instructor / lnstrukzioko Epailegia: Juzgado de Violencia sobre la Mujer Nº 1 de Bilbao / Bilboko Emakumeen aurkako lndarkeriaren arloko 1 zenbakiko Epaitegia Sumario / Sumarioa 552/2019

Contra / Noren aurka: Carlos Daniel

Procurador/a / Prokuradorea: PATRICIA LANZAGORTA MAYOR

Abogado/a / Abokatua: GABRIEL LUIS ORTIZ DE ARTlÑANO PUYO

María Angeles en calidad de ACUSADOR PARTICULAR

Abogado/a / Abokatua: JOSE MARIA TRUJILLO SORAZU

Procurador/a / Prokuradorea: LAURA MARTIN LOJO

SENTENCIA N.º 14/2021

ILMOS./ILMAS. SRES./SRAS.

  1. JOSE IGNACIO AREVALO LASSA

D.ª MIREN NEKANE SAN MIGUEL BERGARETXE

D.ª VERONICA GARCIA CANAL

En Bilbao, a veinticinco de febrero de dos mil veintiuno.

Vistos en juicio oral y público, presidido por la Sala compuesta por lo/as Magistrada/os reseñada/os al margen, la presente causa, rollo penal núm. 19/20 seguida por los trámites del procedimiento ordinario por delitos de agresión sexual, maltrato y otros, de los que ha sido acusado D. Carlos Daniel, cuyas demás circunstancias constan en esta causa, por la que está en situación de prisión provisional desde el treinta de agosto de 2019.

Está representado por la Procuradora Sra. Lanzagorta y defendido por el Letrado D. Gabriel Luis Ortiz de Artiñano.

Ha formulado Acusación, el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Núñez, y ha ejercitado Acusación Particular Dª María Angeles, representada por la Procuradora Sra. Martín Rojo y defendida por el Ldo. Sr. Trujillo Sorazu.

Es Ponente de la presente la Ilma. Sra. San Miguel Bergaretxe, que expresa el parecer unánime de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 30 de agosto de 2019, el Juzgado de Violencia sobre la mujer número Uno de los de Bilbao, incoó diligencias urgentes sobre la denuncia que Dª María Angeles había interpuesto contra Carlos Daniel . Se llevaron a cabo las diligencias que constan, y a la vista del resultado de lo instruido, el Juzgado de instrucción decide que la causa continúe por los trámites del sumario, habida cuenta de la gravedad de los hechos, y de Ja pena prevista para el autor de los mismos, por auto de fecha 9 de junio de 2020, se declaró procesado en la causa, a D. Carlos Daniel .

SEGUNDO

En el relato de hechos probables que contiene el auto de procesamiento, se lee lo siguiente: De lo actuado resulta que durante el mes de agosto de 2019, y tras haber y interpuesto María Angeles denuncia contra su ex pareja Carlos Daniel en la cual se otorgó una orden de protección, recibió varias amenazas por parte de este diciéndole que si no le quitaba la denuncia iba a ir a prisión, le iba a matar y a rajar la cara. El 24 de agosto de 2019, sobre las 19.00 horas, al salir de su domicilio, se encontró con Carlos Daniel, quien viajaba en el interior de su vehículo. Al verla, salió del vehículo y le agarró fuertemente del brazo obligándole a regresar al domicilio. Una vez en su interior, Carlos Daniel le empujó fuertemente y golpeó a la par que le insultaba diciéndole perra, zorra, eres una puta, solo vales para follar, te voy a quitar la piel a tiras. Tras ello continuó agrediéndole, agarrándole del cuello y golpeándole las costillas. Posteriormente le agarró del pelo y obligó a introducirse en el interior del vehículo donde le llevó a su domicilio en la Localidad de Guriezo, y donde estuvo retenida hasta el 29 de agosto. Allí le amenazó en diversas ocasiones con matarle a ella, su familia o amigos. En ese periodo de tiempo le obligó a mantener relaciones sexuales con penetración al menos en tres ocasiones. Sobre las 4.00 horas del 28 de agosto de 2019, logró salir del domicilio y pedir auxilio a un vecino. Cuando esa persona trató de ayudarles, Carlos Daniel roció al vecino la cara con un spray de pimienta y arrastró a María Angeles hasta el interior del vehículo. Tras ello, llevó a la perjudicada a su domicilio y sobre las 13.00 horas de ese mismo día le volvió a obligar a introducirse en su vehículo para dirigirse a Guriezo donde le dijo vete pensando en posibles clientes porque te vas a poner a prostituirte, yo te voy a tener recta como una vela, cada vez que respires te voy a pegar, vas a desear no haberme conocido, esta relación sólo tiene dos caminos, o nos morimos los dos o te voy a matar yo a ti. Finalmente, la perjudicada logró que Carlos Daniel le llevara a un centro médico con el pretexto de que estaba embarazada, momento en que solicitó auxilio.

La perjudicada fue examinada en el servicio de urgencias del hospital de Basurto y por el médico forense quien le diagnosticó diversos hematomas en párpado, zona malar izquierda, herida con costra hemorrágica en región parietal izquierda, hematoma en hélix, pabellón auricular, diversas molestias, hematomas en rodilla y tercio superior de región posterior de pierna, en región torácica y en región inframamaria. Dichas lesiones requirieron para su sanidad una primera asistencia facultativa. No se ha podido determinar la duración del periodo de lesiones al no haber comparecido la perjudicada en la clínica forense en ulteriores citas.

Se ha detectado el consumo repetido de cocaína por parte de Carlos Daniel en los 2-3 meses anteriores a la obtención de muestras así como el consumo de dicha sustancia asociado a alcohol etílico como concluye el informe del 30 de septiembre de 2019.

El 5 de agosto de 2019, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Bilbao acordó orden de protección a favor de María Angeles imponiendo a Carlos Daniel durante la tramitación de la causa la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y comunicarse con ella por cualquier medio, resolución que fue notif‌icada al investigado el 30 de agosto de 2019.

El 30 de agosto de 2019, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Bilbao acordó la prisión provisional de Carlos Daniel, ratif‌icada por auto de 6 de septiembre de 2019 por este Juzgado.

Estando vigente la orden de protección, el investigado, trató de enviar diversas cartas a familiares y amigos, las cuales fueron intervenidas por instituciones penitenciarias, amenazando a la víctima para que retirara la denuncia.

Expone el auto de procesamiento que los hechos relatados anteriormente, revisten, por ahora, y salvo ulterior calif‌icación, los caracteres de Violencia doméstica y de género. Lesiones y maltrato familiar del art. 153

CP, amenazas del art. 171, injurias y vejaciones del art. 173, coacciones, detención ilegal del art. 163, quebrantamiento de medida cautelar 468 y delito contra la libertad sexual previsto/s y penado/s en el/los art./ s 178 y ss. del Código Penal. Y dado que en las actuaciones aparecen indicios racionales de criminalidad en la persona de Carlos Daniel, procede decretar su procesamiento, de acuerdo con lo que prescribe el artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr) y recibir declaración indagatoria conforme al artículo 388 del mismo texto legal.

TERCERO

Finalizada Ja instrucción, el 18 de septiembre de 2020 se declara concluso el sumario, y se remite a la Audiencia Provincial, ratif‌icándose por auto de 2 de diciembre de 2020 la decisión del Juzgado de Instrucción y abriéndose el juicio oral. Prosigue la tramitación de la causa en los términos que constan, previstos en la ley procesal, presentando, tanto la representación del Ministerio Fiscal como la Acusación Particular, sus conclusiones provisionales, en que relatando los hechos que consideran se han producido en relación con los expuestos en el auto de procesamiento, los calif‌ican como constitutivos de delitos de: a)obstrucción a la justicia; b) detención ilegal ; c) maltrato no habitual; d)amenazas; e) delito continuado de vejaciones injustas;

f)delito de quebrantamiento de medida cautelar; g) tres delitos de agresión sexual, por los que piden penas de prisión, accesorias de inhabilitación, prohibición de comunicación y acercamiento a Dª María Angeles, así como el abono de las costas causadas. Consideran las acusaciones que concurren las agravantes de parentesco; de género (22-4ª del C. Penal) respecto de los delitos de agresión sexual y detención ilegal, así como la de reincidencia en relación con el delito de amenazas. Por la vía de responsabilidad civil, solicitan que se establezca la cantidad de 12.000 euros como indemnización por los daños y perjuicios causados. Por la defensa del acusado se solicita su absolución, con todos los pronunciamientos favorables.

Se ha celebrado el juicio oral el día 11 de lebrero de los corrientes, practicándose las pruebas en los términos recogidos en el acta de juicio, elevando a def‌initivas las conclusiones provisionales formuladas por todas las partes procesales.

En el momento en que le es conferido el ejercicio del derecho a la última palabra al acusado, éste manif‌iesta lo que consta en su descargo, quedando el juicio visto para sentencia.

En este procedimiento se han observado las prescripciones de rigor.

HECHOS PROBADOS

Resultan probados, y así se declara, los siguientes hechos:

  1. - En fecha no determinada del mes de junio de 2019, D. Carlos Daniel conoció a Dª María Angeles, a quien contrató como escort, actividad que desarrollaba Dª María Angeles . Pocos días después de conocerse decidieron, de común acuerdo,...

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