ATS, 10 de Marzo de 2021

PonenteEDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
ECLIES:TS:2021:3175A
Número de Recurso4218/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2021
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 10/03/2021

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 4218/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco

Transcrito por: LMGP

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 4218/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres. y Excmas. Sras.

D. Manuel Marchena Gómez, presidente

Dª. Ana María Ferrer García

D. Pablo Llarena Conde

Dª. Carmen Lamela Díaz

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

En Madrid, a 10 de marzo de 2021.

Esta sala ha visto Esta sala ha visto el recurso de casación 4218/2018 interpuesto por Bartolomé, representado por la procuradora Doña GEMA FERNÁNDEZ BLANCO SAN MIGUEL bajo la dirección letrada de Don EMILIO JOSÉ RODRÍGUEZ MARQUETA; Braulio ,representado por la procuradora Doña GEMA FERNÁNDEZ BLANCO SANMIGUEL bajo la dirección letrada Don EMILIO JOSÉ RODRÍGUEZ MARQUETA; Cipriano, representado por la procuradora Doña GEMA FERNÁNDEZ BLANCO SAN MIGUEL bajo la dirección letrada de Don EMILIO JOSÉ RODRÍGUEZ MARQUETA y Dimas, representando por la Procuradora Doña TERESA DEL ROSARIO CAMPOS FRAGUAS bajo la dirección letrada de Don FRANCISCO JAVIER ANGULO FERNÁNDEZ contra la sentencia dictada el 31 de julio de 2018 por la Audiencia Provincial de Cuenca, Sección Primera , en el Rollo de Procedimiento Abreviado 5/2015, en el que se condenó a los recurrentes como autores penalmente responsables de un delito de robo con violencia o intimidación, de los artículos 237 y 242.1 y 3 del Código Penal y 3 delitos de detención ilegal del artículo 163.1 del mismo cuerpo legal . Ha sido parte recurrida el MINISTERIO FISCAL; Ernesto Y Manuela , representando por la procuradora Doña SUSANA MELERO DE LA OSA bajo la dirección letrada de Doña LETICIA IBAÑEZ CAÑAS, NORTHGATE ESPAÑA RENTING FLEXIBLE, S.A., representando por la procuradora Doña PALOMA VALLÉS TORMO bajo la dirección letrada Doña JESSICA PATIÑO TELLO; COMPAÑÍA DE DISTRIBUCIÓN INTEGRAL LOGISTA, S.A Y FM INSURANCE COMPANY LIMITED, representando por el procurador Don JOSÉ ANDRÉS CAYUELA CASTILLEJO bajo la dirección letrada de Doña ROSANA DE LA CRUZ VARGAS . Los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina han adoptado la presente resolución sobre los siguientes extremos.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO. - El recurso de referencia se señaló, para su deliberación y fallo, el día 16 de septiembre 2020 lo que se llevó a efecto. En fechas 28 de octubre, 9 de diciembre de 2020 y 26 de enero 2021, se acordó prorrogar el plazo para dictar sentencia por treinta días hábiles.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO. - Visto el contenido de las cuestiones planteadas en el recurso de referencia y la imposibilidad de dictar sentencia en el término establecido en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se prorroga éste por TREINTA DÍAS hábiles más a contar del día de la fecha.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: Prorrogar el término ordinario de diez días para dictar sentencia en el presente recurso número 4218/2018, por TREINTA DÍAS hábiles más a partir del día de la fecha, lo que se hará saber a las partes.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Manuel Marchena Gómez Ana María Ferrer García Pablo Llarena Conde

Carmen Lamela Díaz Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

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