SJCA nº 2 42/2020, 25 de Febrero de 2020, de Pamplona

PonenteFRANCISCO JAVIER FUERTES LOPEZ
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2020
ECLIES:JCA:2020:2395
Número de Recurso177/2019

S E N T E N C I A Nº 000042/2020

En Pamplona/Iruña, a 25 de febrero del 2020.

El Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER FUERTES LÓPEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 2 de Pamplona/Iruña, ha visto los autos de Procedimiento Abreviado 177/2019, promovido por el SINDICATO INDEPENDIENTE DE POLICIAS DE NAVARRA representado y defendido por el letrado

D. EMILIO Mª BRETOS RODRIGUEZ, contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA representado y defendido el LETRADO DE LA COMUNIDAD FORAL NAVARRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 14 de mayo de 2019 se interpuso por el letrado Sr. Bretos Rodríguez, en nombre y representación de don Hipolito, Agente de Policía Municipal de Pamplona, Delegado de Personal del Ayuntamiento de Pamplona y Presidente del Sindicato Independiente de Policías de Navarra (SIPNA FEPOL), recurso contencioso-administrativo contra la Resolución 453 del Tribunal Administrativo de Navarra de 28 de marzo de 2019 que inadmitía el recurso de alzada interpuesto frente a la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso interpuesto contra la Instrucción 1/2018 del Jefe de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Pamplona sobre aplicación de licencias en el calendario.

SEGUNDO

Mediante Decreto de 4 de junio de 2019 se admitió la demanda interpuesta, se acordó su tramitación por las normas del procedimiento abreviado, con reclamación del expediente administrativo, y se señaló, para la celebración de la vista, el día 20 de noviembre de 2020.

Declarada la nulidad de actuaciones, por Auto de 17 de diciembre de 2019, por Diligencia de Ordenación de esa misma fecha se señaló nuevamente para la celebración de la vista el día 12 de febrero de 2020.

TERCERO

En el día y hora señalados, se celebró la vista, a la que comparecieron ambas partes, cuyo desarrollo fue grabado en formato digital apto para la reproducción de la imagen y el sonido (DVD), y quedaron los autos vistos para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución 453 del Tribunal Administrativo de Navarra de 28 de marzo de 2019 que inadmitía el recurso de alzada interpuesto frente a la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso interpuesto contra la Instrucción 1/2018 del Jefe de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Pamplona sobre aplicación de licencias en el calendario.

La recurrente opone a la inadmisión acordada por el Tribunal Administrativo de Navarra el carácter normativo la Instrucción 1/2018 del Jefe de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Pamplona y que el Jefe de la Policía no es el órgano competente para aplicar licencias en el calendario con vulneración de los dispuesto en el Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del

personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, lo que determina la nulidad de la Instrucción recurrida en vía administrativa.

La Administración demandada se opuso a la demanda alegando que el recurso debe ser inadmitido, en tanto que reproduce el debate procesal que ya fue resuelto por la Sentencia del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 3 de Pamplona 174/2019, de 14 de junio, la corrección de la Resolución impugnada que acordó la inadmitir el recurso de alzada al tener por objeto una Instrucción dictada en virtud de la potestad de autoorganización y que no son impugnables ni como disposiciones generales ni como actos administrativos de concreta aplicación.

SEGUNDO

En primer lugar se hace preciso analizar la alegación de inadmisibilidad que, en cuanto a un previo debate procesal, plantea la Administración demandada.

Y, en este sentido, una vez comparados los términos en los que se planteo el recurso que dio lugar a la...

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