SAP Valencia 18/2021, 14 de Enero de 2021

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 4 (penal)
Fecha14 Enero 2021
Número de resolución18/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALENCIA

SALA DE LO PENAL

SECCION CUARTA

NIG: 46250-43-2-201 9-0021818

Rollo de Sala Sumario Ordinario nº 56/2020-M

Procedimiento de origen: Sumario Nº 861/2019

Instructor: Juzgado de Instrucción número 4 de los de Valencia

S E N T E N C IA n.º 18/2021

TRIBUNAL:

Iltms. Srs y Sras.:

D.: Pedro Castellano Rausell

Dª : Mª Pilar Mur Marqués

Dª : Clara Eugenia Bayarri García

En la ciudad de Valencia, el día 14 De enero de 2021, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilms. Srs. mencionados al margen, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el Pueblo Español le otorgan, ha dictado, en nombre del Rey, la siguiente Sentencia en el Rollo de Sumario Ordinario Nº 56/2020, procedente del Sumario número 861/2019 del Juzgado de Instrucción número 4 de los de Valencia, seguido por un delito de incendio previsto y penado en el artículo 351 párrafo 1° del Código Penal, en el que han sido partes, como acusador público el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª Teresa Lorente Valero, y,

como acusado :

D. Raimundo, con D.N.I./N.I.E. número NUM000, mayor de edad, cuyos demás datos de f‌iliación constan consignados en autos, quien comparece al plenario en situación de preso provisional, habiendo estado privado de libertad por esta causa desde el día 10 de mayo de 2019,en que se produjo su detención, hasta el día de hoy. Ha sido defendido por la Sra. Letrada Dª. María Eva Ruiz Benito y representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana María Ríos Gimenez,

Han intervenido, como acusación particular, la MUTUA DE PROPIETARIOS, SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, con CIF G-081171332, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Paula García Vives, asistida por el Sr. Letrado del I.C.A.V., D. Francisco Javier Castro Rodríguez.

Y, como Responsable Civil, la Cia de Seguros MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., con CIF A-28141935, representada por el Procurador de los Tribunales D. Rafael Alario Mont, asistido por el Sr. Letrado del I.C.A.V. D.: Pablo Federico Oleína Portilla.

Los componentes de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia que al margen se consignan, constituidos para la deliberación y fallo, han resuelto conforme seguidamente se expone,siendo Ponente la Ilma Sra. Dª Clara Eugenia Bayarri García, quien expresa el parecer del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Las presentes diligencias s inician en fecha 10 de mayo de 2019 como Diligencias Previas número 861/2Q19 seguidas en el Juzgado de Instrucción número 4 de los de Valencia, que se transformaron en el Sumario nº 861/2019 por auto de fecha 1 de julio de 2019. En fecha 1 de Julio de 2019 se dictó auto de procesamiento contra D. Raimundo por un delito de incendio previsto en el art. 351 del Código Penal

SEGUNDO

En fecha 27 DE MAYO DE 2020 se dictó Auto de conclusión de sumario, respecto del procesado, elevándose la causa a esta Sala en fecha 3 de junio de 2020, donde, por Auto de fecha 3 de septiembre de 2020 se conf‌irmó la conclusión del Sumario. Tras la calif‌icación de las partes, por Auto de fecha 10 de noviembre de 2020 se declaró la pertinencia de la totalidad de las pruebas propuestas, y, por diligencia de la misma fecha se señaló el día 8 de enero de 2021 para la celebración del juicio oral.

TERCERO

En el día y hora señalados, se celebró la vista oral con presencia del acusado, asistido por su Letrada, con el resultado que consta documentado en la oportuna acta extendida y documentada en soporte digital., en la que se practicó, en sucinta síntesis, la siguiente prueba :

  1. - Interrogatorio del procesado D. Raimundo, quien, a preguntas del Ministerio Fiscal manifestó que vivía en la casa de su hermana, que él lleva muchos años drogándose y consumiendo alcohol y pastillas y ese día no sabe muy bien qué pasó, que no recuerda nada .... Que él llevaba una temporada alterado ... había consumido más droga... llevaba meses antes consumiendo mucho. Que hacía tres meses que había salido de Proyecto Hombre. Estaba bien, pero, recaí. Me dieron otro sitio, pero de ahí... no salí bien.

    Que no iba a la UC..A., porque ir a la UCA, para dar positivo ... no ..... no recuerda los hechos, se acuerda de

    f‌lashes, de estar abajo con el perro y ver que ardía la casa, era un placer muy raro. Salían llamas por la ventana, sí. Vi gente que ya estaba por allí, no llamó a la policía ... después me comentaron que la policía si que fue allí, si que recuerda hablar con la policía y preguntarles que por qué me detenían, yo les pregunté por el perro. No recuerda haber tenido ningún conf‌licto con su hermana en fechas anteriores, sólo los derivados del consumo de alcohol y estupefacientes. En la actualidad, vienen de narcóticos anónimos a verme. Yo no puedo estar en el modulo 1 porque tienes que tener una condena inferior a un año.

    A preguntas de la Acusación Particular, manifestó que, en efecto, el Derecho que tiene a ocupar la vivienda es un derecho de habitación reconocido en escritura publica al fallecimiento de nuestros padres. La casa la tenía yo asegurada, pagaba los recibos. A la comunidad de propietarios iba mi hermana como titular, yo no me ocupaba de eso.

    Sí se hizo una pericial y se valoraron los daños para determinar la causa del incendio y los daños. Me llevaron a mi allí, me preguntaban qué había en la vivienda, y sobre las causas del incendio.

    A preguntas de su defensa Letrada manifestó que él no fuma. Que no usaba mechero, solo para prender la heroína. Que tal vez hubiese ido algún amigo,,, si vino un amigo, pero se fue antes. Esa mañana si que había visto a mi hermana y tuvimos una pequeña discusión, tuve un brote así, fuerte, yo tomaba pastillas tranquilizantes. Que él no recuerda nada de los hechos, que él consumía mucho. Si ha pasado algo pide perdón, pedir perdón a quien sea porque él nunca he hecho daño a nadie. Que puede ser que le dijera a su hermana que iba a tirar al perro por el balcón, pero él eso no lo haría jamás.

    A preguntas de la defensa letrada de MAPFRE, manifestó que, él del incendio, no recordaba nada.

  2. - TESTIFICAL

    - FUNCIONARIO DE LA POLICÍA LOCAL DE VALENCIA Nº NUM001 .

    Quien a preguntas del Ministerio Fiscal manif‌iesta que no fueron los primeros que llegamos a la vivienda, que los primeros fueron los compañeros de la Policía Nacional y los bomberos y que, luego, llegamos nosotros. Había fuego, llamaradas, la Policía Nacional había subido, y estaba avisando a los que no habían salido para que se conf‌inaran en la casa. Hablamos con la hermana, que os dijo que su hermano la había llamado diciéndole que le iba a pegar fuego al piso, dimos una batida, y lo encontramos a unos metros, el estaba ente la acera de unos contenedores, mirando el fuego. Le preguntamos la f‌iliación, que su hermana nos había dado el nombre, al preguntarle que hacía ahí nos contestó que se había peleado con su hermana, y que se había dejado un cigarro encendido encima del colchón y se había ido, que le había pegado fuego a la casa. Nos lo dijo allí, lo de que le había pegado fuego a la casa, luego nos lo repitió cuando lo estábamos llevando al coche, estaba muy tranquilo, no estaba alterado, no estaba enfadado, estaba muy tranquilo, estaba detrás de

    unos contenedores observando el incendio. Sí que nos dijo que estaba buscando a su perro, pero, allí, perro, no vimos ninguno, estaba mirando el fuego. Semioculto detrás de los contenedores. Nosotros no subimos al edif‌icio. El acusado, no olía a alcohol, ni presentaba ningún síntoma de embriaguez .

    A la defensa. El estaba detrás de unos contenedores, de pie, no estaba agachado.

    - FUNCIONARIO DE LA POLICÍA LOCAL DE VALENCIA Nº NUM002 .

    Al MF.: Participó en la detención del acusado. nosotros no llegamos a entrar en el edif‌icio quemado. Cuando llegamos al lugar ya había un dispositivo importante de P.N. otros P.L. y Bomberos. Nos habían pasado una descripción del presunto autor, su hermana nos había dado los datos y nos había enseñado una fotografía de él, a unos 60-70 metros del lugar, donde la calle hacía una "seta" lo encontramos, detrás de unos contenedores, mirando el incendio, que, como era un NUM003 piso, se veía desde allí, nos dijo que estaba allí paseando a su perro. Allí no había ningún perro. Estaba normal, tranquilo, no olía a alcohol ni tenía dif‌icultades para caminar, ni síntomas de que tuviese intoxicación alguna que le tuviésemos que ayudar nosotros a caminar, a nuestras preguntas, nos entendía cuando le preguntábamos, aunque estaba muy repetitivo, con el tema del perro. Respuestas claras y concreción de los hechos, no tenía: divagaba. A posteriori, una vez que ya procedimos a su detención, en el traslado, es cuando él nos manif‌iesta que ha tenido un enfado con su hermana y que con motivo de ello había dejado un cigarro, o un objeto prendido sobre el colchón y se había marchado de casa, que le había prendido fuego a la casa.

    A preguntas de la defensa manif‌iesta: él, preocupado, no estaba. La hermana que estaba allí, si que se la veía preocupada, de que se estaba quemando su casa. Él, preocupado, no. Sólo comentaba lo del perro.

    A Mapfre. No preguntas.

    - FUNCIONARIO DEL C.N.P. Nº NUM004 . Al MF: nosotros llegamos los primeros al edif‌icio que se estaba quemando, del NUM003 piso salían muchas llamas, mientas llegaban los bomberos subimos por las escaleras, a partir del NUM005 piso ya no pudimos subir, porque salía mucho humo, bajaba mucha gente, ayudamos a desalojarlos, y avisamos a los que no podían salir para que 'se encerraran en sus viviendas. Llegaron bomberos, en la escalera había bastante gente, en el edif‌icio vivía mucha gente. Nosotros no tardamos mucho, era un aviso urgente,...

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