AAP Barcelona 517/2020, 14 de Diciembre de 2020
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 517/2020 |
Fecha | 14 Diciembre 2020 |
Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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Recurso de apelación 304/2020 -C
Materia: Ejecución forzosa en derecho de familia
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Barcelona (Familia) Procedimiento de origen:Ejecución forzosa 126/2019
Parte recurrente/Solicitante: Luis Alberto
Procurador/a: Alejandro Font Escofet
Abogado/a: Ana Maria Salazar Lopez
Parte recurrida: Trinidad
Procurador/a: Jesús Sanz López
Abogado/a: Silvia Capella Jiménez
AUTO Nº 517/2020
Magistrados:
D. Francisco Javier Pereda Gámez
Dª Margarita B. Noblejas Negrillo Dª Ana Mª García Esquius Barcelona, 14 de diciembre de 2020
Ponente: Margarita B. Noblejas Negrillo
Se han recibido los autos de Ejecución forzosa 126/2019 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Barcelona (Familia) a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Alejandro Font Escofet, en nombre y representación de Luis Alberto contra Auto de fecha 8/01/2020 y en el que consta como parte apelada el Procurador Jesús Sanz López, en nombre y representación de Trinidad .
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: " Se desestima la oposición a la ejecución interpuesta por Luis Alberto declarando procedente que siga adelante la ejecución despachada en el presente procedimiento con imposición de costas del presente incidente al ejecutado.".
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 01/12/2020. CUARTO. n la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Traen causa las presentes actuaciones de la sentencia de divorcio de 25-2-2008, la cual homologó un convenio en el que se pactó que ambas partes "continuarán haciéndose cargo por mitad del pago de la hipoteca así como de los gastos de contribución, seguros (en cuanto al continente), cuotas extraordinarias giradas por la Comunidad de Propietarios y otros impuestos que puedan devengarse en relación al mencionado inmueble, siendo de cuenta y cargo de la Sra. Trinidad las cuotas ordinarias de la Comunidad de Propietarios y la parte del seguro del hogar correspondiente al contenido...". La hipoteca sería descontada de la cuenta del Sr. Luis Alberto y el resto de los gastos mencionados en este pacto y que el pago corresponda por mitad, "serán domiciliados en la cuenta de la Sra. Trinidad, procediendo el Sr. Luis Alberto a abonar el 50% en un término no superior a los cinco días desde que tenga conocimiento del pago".
En la demanda origen de las presentes actuaciones la demandante decía que el demandado le había dejado de abonar el 50% de las cuotas extraordinarias de la Comunidad por desde 2014 al 2019, 1.334 €, del IBI desde 2015 al 2019, 1511 € y del seguro del continente entre...
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AAP Barcelona 298/2022, 28 de Septiembre de 2022
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