SAP Valencia 549/2020, 29 de Diciembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Diciembre 2020
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 4 (penal)
Número de resolución549/2020

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN CUARTA

VALENCIA

APELACIÓN PENAL SENTENCIA 1006/20

JDO DE LO PENAL 7 DE VALENCIA.

CAUSA P.A.L.0 364/18

JDO. INSTRUCCIÓN 8 de VALENCIA.

P. ABREVIADO 4139/14

FICAL: ILM. SR. PABLO PONCE MARTINEZ

SENTENCIA Nº 549/20

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. PEDRO CASTELLANO RAUSELL

Magistrados:

D. JOSE MANUEL MEGÍA CARMONA

Dª. PILAR MUR MARQUES

En la ciudad de Valencia, a 29 de diciembre de 2020.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia número 454/19 de fecha 9 de diciembre· de 2019, pronunciad a por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del · Juzgado de lo Penal nº 7 de Valencia, en la causa P.A. 364/18, dimanante del P. Abreviado 1582/16 del Juzgado de Instrucción nº. 8 de Valencia,por delitos de corrupción deportiva y falsedad documental.

Han sido partes en el recurso, como apelantes EL MINISTERIO FISCAL, a cuyo recurso se adhirieronel REAL CLUB DEPORTIVO DE LA CORUÑA S.A.D, representado por el Procurador D. Ricardo Manuel Martín Pérez y defendido por el Letrado D. Jesús Ángel Sánchez Veíga y la LIGA NACIONAL DE FUTBOL PROFESIONAL, representada por la Procuradora Dª Susana Facio López y defendida por el Letrado D. Francisco Javier Martínez Fernández, oponiéndose a las adhesiones el Procurador D. Raúl Vicen te Bezjak en representación de Esteban, el Procurador D. Ignacio Arbona Legorburu en representación de Fructuoso, Guillermo Y Hipolito, el Procurador D. Ignacio Montse Reig en representación de Jacobo Jon y Landelino, el Procurador D. Jorge Castelló Navarro, en representación de Marcos, la Procuradora Dª, Herminia Arnau Arnau en representación de Millán, Octavio, Pedro y Raúl, el Procurador D. Juan Miguel Alapont Beteta en representación de Rubén,

la Procuradora Dª María Lisa Romualdo Capuz, en representación de Silvio, la Procuradora Dª María Asunción García de la Cuadra Rubio en representación de Jose Pablo y Carlos Daniel, la ProcuradoraDª María Dolores Mota Zaldívaren representación de Juan Miguel, la ProcuradoraDª Gema García Miquelen representación de Adolfo, el Procurador D. Manuel Angel Hernández Sanchis en representación de Anibal y Argimiro, la Procuradora Dª. Mercedes Martínez Gómez en representación de Benigno, el Procurador D. Vicente Javier García López en representación de Candido, Ceferino, Conrado, el Procurador D. Vicente Ferrer Ferrer, en representación de Eduardo y Emiliano, la Procuradora Dª Amparo Lacomba Benito, en representación de Evaristo, la Procuradora Dª. Laura Girón Marín, en representación de Florencio, el Procurador D. Francisco Cerrillo Cuesta en representación de Gervasio, la Procuradora Dª. Ana Solsona Jerez en representación de Hilario, el Procurador D. Vicente Ferrer Ferrer en representación de Jenaro, la Procuradora Dª. Carmen Iniesta Sabater en representación de Leandro y la Procuradora Dª. Amparo Royo Blasco en representación de Luis .

Son apelantes también Maximino, representado por el Procurador D. Ignacio Montse Reigy defendido por el Letrado D. Miguel Ángel Alemán López y Silvio, representado por la Procuradora Dª. María Luisa Romualdo Capuz y defendido por el Letrado ·n. Ángel Sanz Marín, oponiéndose a estos dos últimos recursos el Ministerio Fiscaly la representación de la Liga Nacional de Futbol Profesional.

Son a pelados, e impugnantes del recurso del Ministerio Fiscal, Esteban, representado por el Procurador D. Raúl Vicente Bezjak y defendido por el Letrado D. Carlos Paredes López; Alexis, representado por el Procurador

D. Ignacio Arbona Legorburu y defendido por el Letrado D. Rafael Hidalgo Romero; Donato, representado por la Procuradora Dª Carmen Rueda Armengot y defendido por el letrado D. Enrique Vilella Herrera; Luis, representado por la Procuradora Dª Pilar Moreno Olmos y defendido por el letrado D. Jaime Sanz de Bremond Mayans; Gervasio, representado por el Procurador D. Francisco Cerrillo Cuesta y defendido por la letrada Dª María Auxiliadora Gómez Martín; José, representado por la Procuradora Dª María Esther Bonet Peiró y defendido por el letrado D. Pedro Colina Oquendo; Jenaro, representados por el Procurador D. José Vicente Ferrer Ferrer y defendido por el letrado D. José Antonio Choclan Montalvo; Evaristo, representado por la Procuradora Dª Amparo Lacomba Benito y defendido por el letrado D. Marc Puigdengolas i Julià; Ramón representado por la Procuradora Dª María ángeles Rodilla Sala y defendido por el Letrado José Daniel Ferrer Benedí; el REAL ZARAGOZA SAD, y en su representación el Sr. Bienvenido, representado por la Procuradora Dª Margarita Ferra Pastor, y defendido por el Letrado D. Jaime Hernández García, Candido, Ceferino, Conrado y Dimas, representados por el procurador D. Vicente Javier García López y defendidos por la letrada Dª María Josefa Galiana de la Asunción; Eduardo y Emiliano, representados por el Procurador D. José Vicente Ferrer Ferrer y defendidos por el letrado D.José Antonio Choclan Montalvo; Adolfo, representado por la Procuradora Dª Gema García Miquel, y defendido por la letrada Dª Ana Isabel Domínguez Carabantes; Jose Pablo y Carlos Daniel, representados por la Procuradora Dª María José Benlloch Fenoll; Marcos, representado por el · procurador D. Jorge Ramón Castelló Navarro, y defendido por el letrado D. Juan Carlos Monclús Fraga; Silvio, representado por la Procuradora Dª. María Lisa Romualdo Capuz y defendido por el Letrado D. Ángel Sanz Marín; Florencio, representado por la Procuradora Dª Laura Girón Marín, y defendido por el letrado D. ramón Fernández Pérez; Leandro, representado por la Procuradora Dª Carmen Iniesta Sabater y defendido por el letrado D. Jaime González Guguel; Maximino, representado por el Procurador D. Ignacio Montse Reig y defendido por el Letrado D. Miguel Ángel Alemán López; Jacobo, Jon y Landelino, representados por la Procuradora Dª Mónica Hidalgo Cubero y defendidos por la Letrada Dª Rosario Sevillano Álvarez; Anibal y Argimiro, representados por el Procurador D. Manuel Ángel Hemández Sanchis, y defendidos por el Letrado

D. Francisco Javier Lomba Álvarez, Amadeo, representado por la Procuradora Dª María Alcalá Velázquez y defendido por el Letrado D. Javier Alberti Fernániiez; Rubén, representado por el Procurador D. Juan Miguel Alapont Beteta, y defendido por el Letrado D. Mariano Bo Sánchez; Raúl, representado por la Procuradora Dª Herminia Arnau Arnau, y defendidos por el Letrado D. Javier Ferrero Muñoz; Pedro, representado por la Procuradora Dª Herminia Arnau Arnau y defendido por el Letrado D. Iñigo María de la Calle Baigorri; Octavio y Millán representados por la Procuradora Dª Herminia Arnau Arnau y y defendidos por el letrado D. Javier Ferrero Muñoz; Laureano, representado por la Procuradora Dª María José Juan Baixauli y defendido por el letrado

D. Ricardo Hurtado Paula; Juan Miguel, representado por la Procuradora Dª María Dolores Mota Zaldívar, y defendido por el letrado D. Enrique Laguna Aranda Y Hilario, representado por la Procuradora Dª Ana Solsona Jerez y defendido por el Letrado D. Miguel Ortíz Sotos; siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Manuel Megía Carmona, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia recurrida·declaró probados los hechos siguientes: "El Levante Unión Deportiva SAD y el Real Zaragoza SAD eran dos de los dieciocho clubes de fútbol españoles que durante la temporada

2010/2011 disputaban el campeonato nacional de liga de primera división de fútbol profesional, también conocido como Liga BBVA

El sistema de competición de liga de fútbol profesional otorga tres puntos al equipo que obtiene la victoria, un punto a cada equipo en caso de empate y cero puntos al equipo que resulta derrotado, de tal modo que sumados todos los puntos obtenidos durante la temporada, los clubes que en la última jornada resultan clasif‌icados en las tres últimas posiciones de la liga de primera división descienden a la siguiente categoría, denominada como liga de segunda división o liga adelante en la que pasan a competir durante la temporada siguiente. Dicho descenso de categoría conlleva una importante disminución de ingresos para los clubes afectados, tanto en patrocinios, como en derechos televisivos, aparte de las consecuencias deportivas, de forma que hay un gran interés deportivo y económico en no descender de categoría.

Una vez disputada la penúltima jornada de la liga de fútbol, el Real Zaragoza se encontraba clasif‌icado en el puesto nº 18, con 42 puntos, de tal forma que debía ganar el último partido de la competición para asegurarse de que no descendería de categoría y evitar con ello los perjuicios tanto deportivos, como económicos que ello implicaba, sobre todo los de índole económica, ya que el Real Zaragoza atravesaba graves dif‌icultades económicas, hasta el punto de que una vez terminada la liga, el Real Zaragoza tuvo que presentar concurso voluntario de acreedores, por su delicada situación económica, que se hubiera visto agravada en el caso de que hubiera descendido a segunda división, por la consiguiente merma de ingresos.

El' Levante Unión Deportiva, por el contrario, había asegurado, en aquellas fechas, su permanencia en primera división, resultando intrascendente para dicho club de fútbol el resultado del último partido de liga, que debía disputar frente al Real Zaragoza el día 21 de mayo pe 2.011.

Días antes de la disputa de este último partido, el presidente del Real Zaragoza, D. Maximino, mayor de edad y sin antecedentes peanles, dio orden al Director Financiero de la entidad, Silvio, mayor de edad y sin antecedentes penales, persona que disponía de las claves telemáticas para ello, para que los día 17 y 19 de mayo de 2.011...

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