SAP Barcelona 406/2020, 16 de Septiembre de 2020

PonenteMARIA DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ
ECLIES:APB:2020:9099
Número de Recurso159/2020
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución406/2020
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

Rollo: 159/20-C APPRA

P.A.: 10/20

Juzgado de Procedencia: Penal nº 2 de Terrassa

S E N T E N C I A nº 406/2020

ILMAS. SRAS. :

DOÑA Mª CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ

DOÑA ELENA ITURMENDI ORTEGA

DOÑA CELIA CONDE PALOMANES

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de septiembre de dos mil veinte

VISTO ante esta Sección el rollo de apelación penal número 159/20, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Terrassa en el Procedimiento Abreviado número 10/20 de los de dicho órgano jurisdiccional, seguido por delito de maltrato a la mujer, delito de amenazas a la mujer y delito leve de injurias, siendo parte apelante Diana, representada por la Procuradora doña Carmen Romera Hernández y defendida por la Abogada doña Anabel de la Torre Vates; y partes apeladas Jose Francisco, representado por el Procurador don Joaquim Tarín Bellot y defendido por la Abogada doña Carmen Oriol Fita; y el Ministerio Fiscal.

Ha sido Magistrada Ponente la ILMA. SRA DOÑA Mª CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento, y con fecha 10 de marzo de 2020 se dictó sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se decía : " Fallo: Que debo absolver y absuelvo libremente del delito de maltrato en el ámbito familiar, delito de amenazas y delito leve de injurias por los que venía siendo acusado en el presente procedimiento Jose Francisco, con declaración de las costas de of‌icio ".

SEGUNDO

Notif‌icada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Diana en cuyo escrito (tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes) interesó la revocación de la sentencia absolutoria recurrida y que se dictara otra en la alzada condenatoria para el acusado por los delitos por los que formuló acusación.

TERCERO

Una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de partes personadas, para que en el término legal formulasen las alegaciones que tuvieran por convenientes a sus respectivos derechos; la representación del acusado y el Mº Fiscal se opusieron al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial de Barcelona, para resolución de la apelación.

CUARTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección se formó el rollo correspondiente y se designó Ponente. A continuación se señaló día para deliberación y votación.

QUINTO

Se admiten los Hechos Probados declarados en la sentencia recurrida, que son del siguiente tenor literal:

HECHOS PROBADOS

No ha quedado debidamente probado que sobre las 14:00 horas del día 31 de enero de 2020, en el domicilio común sito en Avinguda DIRECCION000 nº NUM000 de la localidad de Terrassa (Barcelona), el acusado Jose Francisco, con DNI NUM001, mayor de edad (nacido el día NUM002 de 1963) y sin antecedentes penales, propinara un empujón a su ex pareja sentimental, Diana, en el transcurso de una discusión.

Tampoco ha quedado debidamente probado que el día 2 de febrero de 2020, en el citado domicilio común, el acusado le dijera a Diana : "si te vio con otro, te voy a cortar el cuello", como tampoco que le prof‌iriera al hijo de ésta, Argimiro, las siguientes expresiones: "imbécil", "gilipollas", "subnormal", "retrasado", "idiota", "inútil".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó sentencia absolutoria para el acusado (por delitos de maltrato en el ámbito familiar, delito de amenazas y leve de injurias).

La parte apelante (acusación particular) impugna la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal e invoca como motivo del...

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