SAP A Coruña 361/2020, 22 de Septiembre de 2020

PonenteSALVADOR PEDRO SANZ CREGO
ECLIES:APC:2020:1950
Número de Recurso625/2020
ProcedimientoRecurso de apelación. Juicio rápido
Número de Resolución361/2020
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2020
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00361/2020

- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA

Teléfono: 981 18 20 36/ 74/75

Correo electrónico: seccion2.ap.coruna@xustiza.gal. TFNO. 881 881 899 /895/ 896/ 898

Equipo/usuario: MV

Modelo: 213100

N.I.G.: 15036 43 2 2019 0003582

RJR APELACION JUICIO RAPIDO 0000625 /2020

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N.1 de FERROL

Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000194 /2019

Delito: CONDUCCIÓN SIN LICENCIA O PERMISO (L.O. 15/2007)

Recurrente: Epifanio

Procurador/a: D/Dª BERTA SOBRINO NIETO

Abogado/a: D/Dª LAURA CARTELLE RODRIGUEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/

ILMA. Sra. PRESIDENTA

DOÑA MARIA DEL CARMEN TABODA CASEIRO

ILMOS. Sres. MAGISTRADOS

DON MIGUEL A. FILGUEIRA BOUZA

DON SALVADOR P. SANZ CREGO- PONENTE

En A Coruña, a 22 de septiembre de 2020.

LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado

En nombre de S.M. el Rey

La siguiente

SENTENCIA

En el recurso de apelación penal Nº 625/20, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de los de Ferrol, en el Juicio Rápido Núm.: 194/19, seguidas de of‌icio por un delito de conducción sin licencia, f‌igurado como apelante el acusado Epifanio, y como apelado el el Ministerio f‌iscal; siendo Ponente del presente recurso el Ilmo. Sr. Salvador P. Sanz Crego.

ANTECENDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 1 de los de Ferrol con fecha 6 de noviembre de 2019, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente:

" Que debo condenar y condeno a Epifanio, como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción sin licencia tras la pérdida de puntos, previsto y penado en el artículo 384.1 del Código penal, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de cuatro meses y 16 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al abono de las costas causadas".

SEGUNDO

Notif‌icada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Epifanio, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 10/6/2020, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación de fecha 6/7/2020, se acordó elevar todo lo actuado a la Of‌icia de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducido, en aras de la brevedad.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia ha venido a condenar

al acusado Epifanio como autor de un delito de contra la seguridad vial del artículo 384.1 del Código Penal, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de 4 meses y 16 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y frente a ella recurre en apelación su representación procesal invocando, como motivo de su recurso, infracción del artículo 384.1 del Código Penal, interesando se dicte sentencia por la que, revocando la resolución apelada, se acuerde imponer a su representado pena de trabajos en benef‌icio de la comunidad o de multa, "con toda suerte de pronunciamientos favorables".

Alega la parte recurrente que el artículo 384.1 CP establece tres tipos de penas alternativas (prisión, trabajos en benef‌icio de la comunidad y multa), que "la Juzgadora de lo Penal impone la pena de prisión teniendo en cuenta las condenas anteriores que provocan la agravante de reincidencia y además justif‌ica esta elección en base a que, a su entender las penas de naturaleza distinta a la privación de libertad previamente impuestas al acusado no se han revelado efectivas ", añadiendo que "discrepamos de esta interpretación del artículo 384.1 CP por cuanto la agravante de reincidencia ya se tiene en cuenta para establecer la pena en su mitad superior, y por tanto los antecedentes anteriores ya han sido tenidos en...

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