ATS, 28 de Octubre de 2020
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2020:9493A |
Número de Recurso | 1222/2018 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2020 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 28/10/2020
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 1222 /2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: FCG/I
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 1222/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Rafael Sarazá Jimena
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 28 de octubre de 2020.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de la sociedad mercantil SEAT, SA, presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3.ª),con fecha 13 de octubre de 2017, y Auto de aclaración y complemento de 13 de diciembre de 2017, en el rollo de apelación nº 335/2017, dimanante de juicio ordinario n.º 401/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Palma de Mallorca.
La representación procesal de la sociedad mercantil AMCARS 2007, SL, presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3.ª),con fecha 13 de octubre de 2017, y Auto de aclaración y complemento de 13 de diciembre de 2017, en el rollo de apelación n.º 335/2017, dimanante de juicio ordinario n.º 401/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Palma de Mallorca.
Se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los representantes de los litigantes.
Por escrito presentado por el procurador D. Antonio Barreiro -Meiro Barbero, en nombre y representación de la sociedad mercantil SEAT, SA, se persona en calidad de parte recurrente y recurrida. Por escrito presentado por la procuradora D.ª Ana María Llorens Pardo, en nombre y representación de la sociedad mercantil AMCARS 2007, SL, se persona en calidad de parte recurrente y recurrida. D. ª Miriam no se ha personado como recurrida ante esta sala.
Las partes recurrentes han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de a sociedad mercantil SEAT, SA, al concurrir, prima facie, los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC, y art 469 LEC.
Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal, y de casación interpuestos por la representación procesal de sociedad mercantil AMCARS 2007, SL, al concurrir, prima facie, los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC, y art 469 LEC.
De conformidad con los art. 474 y 485 LEC la parte, o partes recurridas podrán formalizar su oposición a los recursos formulados de contrario, por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA:
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- Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la sociedad mercantil SEAT, SA, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3.ª), con fecha 13 de octubre de 2017, y Auto de aclaración y complemento de 13 de diciembre de 2017, en el rollo de apelación n.º 335/2017, dimanante de juicio ordinario n.º 401/2016 del Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Palma de Mallorca.
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- Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la sociedad mercantil AMCARS 2007, SL, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3.ª), con fecha 13 de octubre de 2017, y Auto de aclaración y complemento de 13 de diciembre de 2017, en el rollo de apelación n.º 335/2017, dimanante de juicio ordinario n.º 401/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Palma de Mallorca.
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- Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición a los recursos interpuestos de contrario. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.