SAP Madrid 281/2020, 25 de Junio de 2020

PonenteMARIA BEGOÑA PEREZ SANZ
ECLIES:APM:2020:7047
Número de Recurso975/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución281/2020
Fecha de Resolución25 de Junio de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Décima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035

Tfno.: 914933917,914933918

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2017/0149519

Recurso de Apelación 975/2019

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 769/2017

APELANTE/APELADO: CODERE APUESTAS S.A.U.

PROCURADOR D. JOSE LUIS PINTO-MARABOTTO RUIZ

APELANTE/APELADO: APUESTAS EL RESTON S.L.

PROCURADOR D. OMAR CARLOS CASTRO MUÑOZ

SENTENCIA Nº 281/2020

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ

Dña. AMALIA DE LA SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO

En Madrid, a veinticinco de junio de dos mil veinte.

La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por las Sras. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 769/2017 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid a instancia de CODERE APUESTAS S.A.U. apelante/ apelado - demandado, representado por el Procurador D. JOSE LUIS PINTO-MARABOTTO RUIZ y defendido por letrado, contra APUESTAS EL RESTON S.L. apelante/apelado - demandante, representado por el Procurador

D. OMAR CARLOS CASTRO MUÑOZ y defendido por letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 15/07/2019.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

VISTO, Siendo Magistrado Ponente Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 15/07/2019, cuyo fallo es el tenor siguiente:

"Estimando la demanda formulada por APUESTAS EL RESTÓN, S.L., representada por el Procurador Sr. Castro Muñoz, contra CODERE APUESTAS, S.A.U., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. PintoMarabotto Ruiz, debo declarar y declaro injustif‌icada la resolución contractual del contrato que vinculaba a las partes efectuada por la demandada el 13.03.2017 y en su virtud debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora en concepto de indemnización por dicho incumplimiento la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS Y ONCE CÉNTIMOS (288.862,11€ ), de principal, más el interés legal de dicha cantidad a contar desde la interposición de la demanda y hasta la presente resolución y el legal del dinero incrementado en dos puntos a contar desde la presente resolución y hasta su completo pago; con expresa imposición de las costas devengadas a la parte demandada.

Y estimando en parte la demanda reconvencional formulada por CODERE APUESTAS S.A.U., frente a APUESTAS EL RESTÓN, S.L., debo condenar y condeno a la actora reconvenida a abonar a la demandada reconvincente la suma de DIEZ MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS Y NUEVE CÉNTIMOS (10.450,09 €) de principal, cantidad que devengará el interés legal del dinero a contar desde la interposición de la demanda reconvencional y hasta la presente resolución y el legal del dinero incrementado en dos puntos a contar desde la presente resolución y hasta su completo pago; sin hacer expresa imposición de las costas derivadas de la reconvención."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpusieron recursos de apelación por las partes demandante y demandada, que fueron admitidos, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose los recursos por sus trámites legales.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 15 de junio de 2020, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 23 de junio de 2020.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La presente apelación trae causa en la demanda presentada por D. OMAR CARLOS CASTRO MUÑOZ, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de la empresa APUESTAS EL RESTON, S.L. (en adelante RESTON) contra CODERE APUESTAS S.A.U. (en adelante CODERE) en ejercicio de una acción de resolución de contrato por incumplimiento y reclamación de indemnización por daños y perjuicios con aplicación de clausula penal, solicitando se dicte sentencia por la que:

  1. Declare sin efecto la resolución unilateral del contrato f‌irmado entre las partes el 14 de Septiembre de 2016, declarada por CODERE APUESTAS S.A.U. mediante su burofax de fecha 13 de Marzo de 2017.

  2. º Declare resuelto dicho contrato por incumplimiento injustif‌icado y unilateral de CODERE APUESTAS, S.A.U.

  3. º Condena a la incumplidora CODERE APUESTAS S.A.U. al pago de la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON ONCE CENTIMOS (288.862,11 Euros), en concepto de indemnización y pago de la cláusula penal establecida en el contrato, más los intereses legales desde la interposición de esta demanda.

  4. Se condene a la parte demandada al pago de las costas.

A dicha demanda se opuso la representación procesal de CODERRE APUESTAS, S.A.U. alegando que no existió ningún incumplimiento contractual por su parte, bien al contrario ha sido la entidad APUESTAS EL RESTON, S.L. quien ha mantenido una actitud rebelde al cumplimiento del contrato por haber desatendido las liquidaciones que se efectuaban. Solicitando la desestimación de la demanda y formulando reconvención contra APUESTAS EL RESTON, S.L. solicitando se dicte sentencia por la que:

  1. Se declare la RESOLUCION del Contrato para la Coexplotación en locales de Apuestas con hostelería de fecha 14 de septiembre de 2016.

  2. Se condene a Don Federico a pagar a CODERE APUESTAS, S.A.U la cantidad total de CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VENTITTRES EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (59.623,58) por los conceptos que se detallan a continuación:

    - VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (29.623,58.-€) correspondiente a las liquidaciones de caja impagadas.

    - TREINTA MIL EUROS (30.000,00.-€) resultante de la aplicación ponderada de la Cláusulas Penal prevista en el contrato a efectos de determinar la indemnización por Daños y Perjuicios.

  3. Se condene a APUESTAS EL RESTON, S.L. al pago de la cantidad resultante de aplicar los intereses legales a las cantidades reclamadas desde la fecha de la interposición de la presente demanda reconvencional y, las costas causadas y que se causen en este procedimiento.

    A la demanda reconvencional se opuso la representación procesal de EL RESTON APUESTAS, S.L. manifestando que la reclamación que se realiza en la reconvención carece de base contractual, y no se han reclamado liquidaciones de caja, sino hasta que se ha formulado la demanda reconvencional, y solicitando la desestimación de la pretensión contenida en la misma.

SEGUNDO

Por la magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 69 de Madrid se dictó sentencia por la que se estimaba la demanda formulada por APUESTAS RESTON, S.L. contra CODERE APUESTAS, S.AU. y declaraba injustif‌icada la resolución del contrato que vinculaba a las partes efectuada por la demandada el 13-3-2017 y en su virtud condena al a demandada a abonar a la parte actora en concepto de indemnización por el incumplimiento la cantidad de 288.862,11 euros de principal, intereses legal desde la interposición del a demanda . Con imposición de costas al a demandada.

Estima en parte la demanda reconvencional formulada por CODERE APUESTAS .S.A.U. frente a APUESTAS RESTON, S.L. y condenaba a la actora reconvenida a abonar a CODERE APUESTAS, S.A.U. la suma de 10.450,09 euros de principal, intereses desde la interposición de la demanda reconvencional sin hacer expresa condena en las costas de la reconvención.

Frente a dicha sentencia se alza en apelación la representación procesal de CODERE APUESTAS, S.A.U. alegando como motivos de apelación el error en la valoración de la prueba en cuanto a que considera que la desconexión del sistema estaba injustif‌icada, pues la parte actora desde el principio incumplió el contrato, siendo contradictoria la estimación de la demanda, con el reconocimiento de la sentencia de que la parte actora había incumplido sus obligaciones; error en la valoración de la prueba en cuanto a la valoración que se hace en la sentencia de la forma de obtener el porcentaje de reparto del negocio desarrollado en el local; error en la valoración de la prueba en cuanto a que en el momento de ejercitar la acción resolutoria APUESTAS RESTON,S.L. se encontraba en una situación de incumplimiento de las liquidaciones emitidas conforme al contrato, por lo que considera que debió desestimarse la demanda principal y estimarse la reconvencional. Error en la valoración de la prueba en cuanto a la valoración de los emails que se aportaron en la Audiencia Previa; error en la valoración de la prueba puesto que la resolución por parte de CODERE no fue injustif‌icada, puesto que existía un incumplimiento de la otra parte que no atendió; por otra parte considera que debió aplicarse la cláusula penal solicitada en la demanda reconvencional a APUESTAS RESTONS, S.L. Solicitando se dicte sentencia por la que se estime el recurso, se desestime la demanda principal y se estime la demanda reconvencional en su totalidad.

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