SAP Sevilla 229/2020, 23 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución229/2020
Fecha23 Junio 2020

AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA

Prado de San Sebastián, s.n.

Proc. Origen: Juicio Ordinario número 1607/2018 Juzgado: de Primera Instancia número 22 de Sevilla

Rollo de Apelación: 1824/20-B2

SENTENCIA Nº

Ilustrísimo Señor Presidente:

D. VICTOR NIETO MATAS

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. JOSE MARIA FRAGOSO BRAVO

D. JOAQUIN MAROTO MARQUEZ

En SEVILLA, a 23 de junio de 2020.

La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como Juicio Ordinario con el número 1607/2018 por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Urbano y Dª Patricia contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 24 de octubre de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 24 de octubre de 2019, que contiene el siguiente

FALLO

"Que desestimando la demanda deducida por el Procurador don Diego Navajas

Fernández, en nombre y representación de don Urbano y doña

Patricia contra la entidad Banco de Santander, sobre reclamación de cantidad,

debo absolver y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos objeto de la demanda.

Se condena a la parte actora al abono de las costas del presente juicio."

SEGUNDO

Notif‌icada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, el cual se interpuso por escrito en tiempo y forma ante el Juzgado "a quo", dándose traslado del mismo a la otra parte que presentó escrito de oposición, ordenándose la remisión a este Tribunal de los autos, que una vez recibidos se registraron y designó ponente, señalándose deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales. CUARTO.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOAQUIN MAROTO MARQUEZ .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

La sentencia apelada desestima la pretensión del matrimonio demandante. Reclamaban del banco interpelado, al amparo de la ley 57/68, el cobro de las cantidades entregadas a cuenta del precio satisfecho por la compra de un apartamento en Matalascañas.

El Juzgador de la Primera Instancia valora el documento contractual y la doctrina legal, para excluir del ámbito protector de la norma el negocio de la parte demandante.

Impone las costas a dicha parte.

SEGUNDO

Recurre en apelación la parte actora. Denuncia infracción de las reglas de la carga de la prueba. Que se haya negado la condición de consumidor. Que se haya excluido al apartamento turístico del ámbito de protección de la norma y f‌inalmente la imposición de costas.

Impugna el recurso el banco apelado.

TERCERO

Las reglas de la carga de la prueba,las establecidas en el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo redactado en la ley 2000,...

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