STSJ Andalucía 1257/2020, 3 de Junio de 2020
Ponente | EVA MARIA GOMEZ SANCHEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2020:5614 |
Número de Recurso | 4312/2018 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 1257/2020 |
Fecha de Resolución | 3 de Junio de 2020 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO: 4312/18 - E SENTENCIA Nº 1257/2020
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Recurso: 4312/2018 - E
ILMAS/O. SRAS/R. MAGISTRADAS/O:
DON EMILIO PALOMO BALDA
DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ
DOÑA RAFAELA HORCAS BALLESTEROS
En Sevilla, a tres de junio de dos mil veinte.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla compuesta por las/el Ilmas/o. Sras/r. Magistradas/o citadas/o al margen.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 1257/2020
En el Recurso de Suplicación interpuesto por la Letrada Dª. Marta García Chaves, en representación de AUTOTRANSPORTE TURÍSTICO ESPAÑOL S.A. (ATESA), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número DOS de los de Cádiz; ha sido Ponente la Magistrada, Ilma. Sra. DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ.
Según consta en autos número 77/2018 se presentó demanda por D. Camilo, sobre Despido, contra AUTOTRANSPORTE TURÍSTICO ESPAÑOL S.A. (ATESA), con intervención del FOGASA, y siendo parte el MINISTERIO FISCAL, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 6.4.2018 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"PRIMERO.- 1.- El demandante es Director de la oficina (SE le denomina Branch Manager de la base).NO fue representante del personal
-
- Su antigüedad es 31,3,1995 ;el salario diario a efectos de despido:130,85 euros y el tope de una hipotética indemnización de despido improcedente: 95.518,50 euros( así lo manifiestan ambas partes al inicio del juicio)
-
- La actividad es alquiler de vehículos sin conductor,;en el centro de trabajo prestaban servicios el demandante y dos personas mas. La oficina atiende, continuado, de 8 a 20 horas; las otras dos personas iban o de mañana o de tarde;el demandante iba tanto por las mañanas como por las tardes.
La empresa ha decidido despido disciplinario por carta de 13.12.2017(que,dada su extensión 4,5 hojas, se une como anexo formando parte de la sentencia, al final,y que en resumen señala:
"La dirección de esta Empresa...ha decidido proceder a imponerlo la Sanción de Despido Disciplinario.....Según
nos informa su jerarquía, la evolución de su rendimiento durante los últimos meses no ha sido satisfactoria.....,
no cubren la expectativa necesaria para la posición que ocupa....( ingreso por coche) estimando al mes de noviembre, el mismo fue 658,46 euros/coche, frente a los 742 en el años 2016, lo que supone un descenso del 11, 25% respecto al años anterior......(SIGUE CUADRO).
Como Vd. conoce, mediante diversas conversaciones con sus superiores, se ha tratado de corregir su actividad....Sin embargo...retroceso con respecto al año anterior...( SEGUNDO CUADRO).
Analizando los datos por ventas personales, los mismo, igualmente, ponen de manifiesto su desinterés en el desempeño de sus tareas encomendadas, tal y como se extrae de los siguientes datos.....( TERCER CUADRO).
Así este ultimo año, sus Ventas Personales en el ultimo año....ha contribuido de forma directa al descenso en el rendimiento de su ofician, en lugar de impulsar dicho rendimiento, que es la tarea que como BRM le corresponde llevar a cabo....Se le pido liderar los esfuerzos en el mostrador, sin embargo no sólo ha llevado a cabo este esfuerzo, sino que los resultados han sido claramente negativos: en noviembre de 2017 ha realizado 17 contratos de los 165 de base, es decir tan sólo el 10% de los contratos, habiendo permitido a dos empleados, realizar la mayoría de ellos, aún siendo conocedor de las dificultades en las ventas que uno de ellos estaba soportando......En lo que respecta al crecimiento de la ofician, el mismo ha sido de signo negativo, ....por parte
de la Compañía se han venido dando pautas para reconducir la situación y fomentar los alquileres de su oficina, tales como realizar visitas mensuales......, tan sólo llegó a realizar 17 de las 24 visitas previstas....En cuanto
a la puntuación de Servicio al Cliente o Soi, la misma, igualmente ha venido viendo deteriorada los últimos meses....( SIGUE CUADRO CUARTO)....
La puntuación de su base ha disminuido desde el mes de agosto del 82% al 78% en tan solo tres meses, es decir, una caída en 4 puntos que hace que la base se sitúe (i) en tres puntos por debajo del Área Sur Sevilla y
(ii) en cuatro puntos por debajo tanto del Subgrupo Sur como grupo en general.....
Estos resultados son consecuencia directa de su deficiente gestión como BRM, pues no ha llevado a cabo ni se le ha asegurado de que su equipo llevase a cabo- ni ha ejecutado los procesos y planes de Atención al Cliente....Entre las funciones de Branch Manager, se encuentran las de (i)dar traslado de los objetivos mensualmente al equipo a través de PDM/EDM, (ii) así como la de impartir formación a los empleados.....Una
de las causas de los resultados negativos se encontraban en el incumplimiento de tales funciones.... sus superiores jerárquicos le han venido reiterando tanto la importancia de la formación y desarrollo del equipo....Vd. Ha venido manteniendo una actitud que pone de manifiesto una absoluta dejadez en el ejercicio de sus funciones, por lo que sólo se puede concluir que el bajo desempeño que Vd. evidencia no se debe a factores externos, sino que viene causado por una actitud totalmente negativa por su parte. A ello se une el incumplimiento reiterado de las directrices de la empresa en lo relativo a la gestión del negocio y los equipos, todo ello conforme se ha detallado en la presente carta.......Finalmente, y lo que a juicio de la
empresa constituye su incumplimiento mas grave, es la denuncia de los trabajadores a su cargo, expresada por el correo del 8 de noviembre a pasado en el que se le acusa de maltratarlos " psicologicamente, llegando a hacernos sentir que no servimos para nuestro trabajo: malas contestaciones, gritos, golpes en la mesa y malas caras, llevando a la ofician a un mal ambiente ........Por ultimo, refieren que " Todo esto nos han
conducido inevitablemente a problemas de salud....Refieren que durante el período en que usted ha estado recientemente de baja laboral" inmediatamente el ambiente de la oficina cambió por completo, aunque había mucho trabajo y mucho estrés, no faltaba el buen humos y el buen ambiente.."Desde la llegada de Agustina a nuestra Oficina nos hemos dado cuenta de otras y mejores formas de conducir y mejorar nuestra oficina"....Por último, manifestaban su miedo a su reincorporación a la oficina"......Por último, manifestaban su miedo por su
reincorporación a la oficina.....tenemos la incertidumbre de volver a las antiguas formas...Es evidente que la
Dirección de esta Compaña no puede tolerar este tipo de conductas.....
Todo ello ha conducido a tomar la decisión de proceder a su despido.....FALTA MUY GRAVE EN EL ART. 57 del
Convenio de la Empresa...."c) la indisciplina o desobediencia...."e la Transgresión de la buena fe contractual...El
abuso de autoridad y menosprecio en cualquiera de sus formas a un subordinado.....La disminución continuada
y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado...El despido tendrá efectos desde la recepción de la presente...."
El demandante no decide precio,calidad o características de los vehículos,ni publicidad o ofertas por internet.
NO solo hace visitas a clientes o proveedores sino que llega la mayoría de la gestión administrativa y realización de informes a sus superiores.
El demandante en 2017 tuvo dos periodo de incapacidad temporal por" trastorno depresivo estrés,uno en agosto y septiembre y otro, de 15 días en octubre;también uno d e los dos trabajadores de la oficina(base).
La empresa en octubre de 2017 ofreció un puesto de Responsable (Assistence Manager)de la oficina;sus cometidos vienen a coincidir con los que hacía el demandante,aunque se le adjudique(nominalmente) una denominación de categoría inferior.
También en este mes hubo conversación del demandante y la empresa sobre posible traslado de aquél.
a.- El demandante percibía siembre en nómina una retribución por Objetivos(en febrero 17 "redondeando": 700 euros, 900 en marzo 200 en abril 150 en mayo 4776 en junio igual en julio,450 en septiembre,400 en octubre:también el resto del personal.
Desconocen como se llega a tal cálculo.
En un mes hizo 17 visitas a clientes o talleres(vehículos de sustitución) y no 24.
b.- El 27-11-17 el actor recibe una Evaluación al actor /Folio 44 doc 6 de la empresa y folio 60 doc 7 del actor), sobre "alguna necesidad de mejora pero ninguna columna es "insatisfactorio".
En el apartado Comentarios del Evaluador se dice " Camilo Buen trabajo con el Sqi en este periodo evaluado. Respecto al crecimiento a pesar d e haber superado el OBJETIVO% me gustaría verte impulsando desde la base lo que puedes impulsar que son las visitas comerciales y captación e cuentas NUEVAS. RESPECTO A UTILIZACIÓN,VENTAS PERSONALES Y DEL EQUIPO,INGRESO POR COCHE, RENTABILIDAD,BREVEKEN,LOS RESULTADOS ESTÁN POR DEBAJO DE LO ESPERADO.SI REALIZAS EL PLAN.....PODRÁS VER MEJORES
RESULTADOS DE TU BASE CONSIGUIENDO LOS OBJETIVOS".
c.-En la parte de arriba de página siguiente:"El crecimiento ha sido positivo comparado al año anterior pero no por captación de cuentas nuevas por parte de la base..desde el, punto de vista de formación...es vital estés comprometido a SEGUIR EL PLAN QUE TENEMOS Y SEA UN BUEN INSPIRADOR.MOTIVADOR
d.-El 20.11.17 el sr. Isidro (superior Regional del actor le envía Correo (fol 45. doc 7 de empresa) diciéndole que la teoría ahora luce correcta ahora ponerlo en práctica y concretando en resultado esperamos.".
El 25 de noviembre otro le indica sobre un...
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