AAP Tarragona 204/2020, 20 de Mayo de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Mayo 2020
Número de resolución204/2020

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Tarragona. Civil

Avenida Presid. Lluís Companys, 10 - Tarragona - C.P.: 43005

TEL.: 977920101

FAX: 977920111

EMAIL:aps1.tarragona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 4316342120188177719

Recurso de apelación 1114/2019 -U

Materia: Juicio verbal por cuantía

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de El Vendrell (UPAD) Procedimiento de origen:Juicio verbal (250.2) (VRB) 442/2018

Parte recurrente/Solicitante: Eva, CASER

Procurador/a: Antonio Elias Arcalis, Jose Maria Sole Tomas

Abogado/a: Xavier Soler Caamaño, FRANCESC DASSÍS GARCÍA COLET

AUTO Nº 204/2020

ILMOS. SRES.

Presidente

D. Manuel Horacio García Rodríguez

Magistrados

Dª Inmaculada Perdigones Sánchez Dª Silvia Falero Sánchez

Tarragona, 20 de mayo 2020.

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, formada por los Magistrados del margen, ha visto el recurso de apelación nº 1114/2019 frente al auto de 21 octubre 2019, recaído en Verbal nº 442/2018, tramitado por el Jugado de 1ª Instancia Nº 7 de El Vendrell, a instancia de D. MIGUEL ANGELC CARRACO ESQUINAS, como demandante, y Dña. Eva y otros, como demandados, y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Auto antes señalado, tras los correspondientes fundamentos de derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "Se desestima la solicitud de reposición instada por el procurador Doña Vanesa Lostal

Rubio respecto del auto de 20 de junio del 2019, y en consecuencia acuerdo inhibirme al Juzgado nº 8, para que este procedimiento se acumule al Juicio Ordinario 727/2018".

Aclarado por Auto de 26 noviembre 2019 en el sentido de: "Se declara no haber lugar a la acumulación acordada por el juzgado número 7".

SEGUNDO

Las partes antes identif‌icadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en que los fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el/la Ilmo. /a Sr./a Magistrado/a Ponente D. Manuel Horacio García Rodríguez.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Antecedentes.

  1. En un accidente de circulación acaecido el día 19 septiembre 2017 en el término municipal de L'Arboc se vieron involucrados dos vehículos, formulándose acciones de responsabilidad extracontractual y directa del art. 46 LCS por los perjudicados, resultando que:

    1. En el Juzgado de 1ª Instancia Nº 7 de El Vendrell, se promovió Juicio Verbal nº 442/2018.

    2. En el Juzgado de 1ª Instancia Nº 8 de El Vendrell, se inició juicio Ordinario nº 725/2018.

  2. El Juzgado Nº 7 acordó la acumulación de su procedimiento al que se seguida en el Juzgado Nº 8 y este la rechaza al entender que el criterio de antigüedad decide quien debe conocer.

    Planteado el conf‌licto se elevan los autos por testimonio.

SEGUNDO

Decisión de la Sala.

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