SAP Girona 108/2019, 25 de Febrero de 2019

PonenteSONIA LOSADA JAEN
ECLIES:APGI:2019:498
Número de Recurso1157/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución108/2019
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA

SECCIÓN TERCERA (ORDEN PENAL)

ROLLO Núm. 1157/2018

CAUSA Núm. 18/2016

JUZGADO DE LO PENAL Núm. 4 DE GIRONA

SENTENCIA Núm.108/2019

Ilmos. Sres.:

MAGISTRADOS

Dña. SONIA LOSADA JAÉN

D. MANUEL IGNACIO MARCELLO RUIZ

D. GONZALO ESCOBAR MARULANDA

En la ciudad de Girona a, veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.

VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Número 4 de Girona, en la causa número 18/2016, seguidas por un delito de ROBO CON FUERZA, habiendo sido partes el recurrente, D. Pedro Jesús, representado en esta alzada por el Procurador de los Tribunales, D. Carlos Javier Sobrino Cortés, y asistido del Letrado D. David Ripoll Teixidó, y como recurrido el Ministerio Fiscal, actuando como Ponente el Magistrado, Dña. SONIA LOSADA JAÉN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal del que dimana este rollo de Sala dictó Sentencia en fecha 18 de junio de 2018, en cuyos antecedentes se declara probado el factum, que en aras a la brevedad y al ser aceptado por la sala, no se reproducirá en la presente.

SEGUNDO

En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue:

"Condemno Pedro Jesús, com a autor criminalment responsable d'un delicte de robatori amb força en les coses, amb la circumstància agreujant de reincidència, a la pena de 2 anys i 6 mesos de presó i inhabilitació especial per a l'exercici del dret de sufragi passiu durant el temps de condemna.

Imposo a l'acusat el pagament de les costes processals".

TERCERO

Contra la señalada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Pedro Jesús, alegando como motivos de impugnación, infracción de ley penal sustantiva por indebida aplicación

del tipo de robo con fuerza en las cosas. Asimismo, se denunciaba la indebida aplicación de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, agravante de reincidencia.

CUARTO

Admitido el recurso de apelación se dio traslado del mismo a las partes, interesándose por la representación del Ministerio Fiscal su desestimación.

QUINTO

Elevadas las actuaciones a este Tribunal se formó el oportuno rollo de Sala, y tras el examen, deliberación, votación y fallo, el Ponente expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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    ...posterior art.239 y la doctrina jurisprudencial que ha interpretado este concepto del tipo objetivo del robo (por ejemplo, la SAP de Girona, secc.3ª, de 25.2.19 y la que cita de La Sala solo apunta dicha posibilidad. Solo decimos que no es descartable ni descabellada en este momento procesa......

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