AAP Burgos 818/2019, 11 de Diciembre de 2019

PonenteMARIA TERESA MUÑOZ QUINTANA
ECLIES:APBU:2019:931A
Número de Recurso493/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución818/2019
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1BURGOS

ROLLO DE APELACIÓN NÚM. 493/19.

DILIGENCIAS PREVIAS NÚM. 142/17.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE SALAS DE LOS INFANTES (BURGOS).

ILMOS. SRS MAGISTRADOS:

D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.

Dª MARÍA TERESA MUÑOZ QUINTANA.

Dª MARÍA DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ.

A U T O NUM.00818/2019

En Burgos, a once de Diciembre del año dos mil diecinueve.

I .- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora Dª Ana Marta Ruiz Navazo en nombre y representación de Luciano se interpuso recurso de Apelación contra el Auto de fecha 29 de Julio de 2.019 por el que se desestima el recurso de reforma frente a la Providencia de fecha 12 de Abril de 2.019 en la que a su vez, entre otras cuestiones, se acordaba visto el contenido del escrito de fecha 7 de Agosto de 2.018 presentado por la representación procesal de Luciano por el que solicita la entrega de la posesión del vehículo AUDI, modelo CABRIOLET con matrícula nacional ....RKK, con número de bastidor NUM000, así como respecto de la realizada mediante escrito de fecha 10 de octubre de 2019, por la entidad Global Car Consult, para la devolución del vehículo OPEL INSIGNIA, con matrícula española .... YQP, número de bastidor NUM001 y matricula italiana TI .... KW, se acuerda:

Tal y como ya se dijo respecto a la petición interesada por el Sr. Luciano por este órgano judicial en Auto de fecha 5 de Octubre de 2.017, no ha lugar a lo interesado no sólo por los motivos expuestos en la referida resolución, que se dan por reproducidos, sino porque ambos vehículos han sido adquiridos por terceros de buena fe, según consta en las actuaciones e inclusive el vehículo OPEL INSIGNIA, con matrícula española .... YQP, número de bastidor NUM001 y matricula italiana TI .... KW, ha sido entregado como depositaria a Maite como tercero de buena fe.

Resoluciones todas ellas dictadas por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Salas de los Infantes (Burgos) en las Diligencias Previas nº 142/17, alegando en el escrito de interposición cuantas razones estimó necesarias como fundamento de su pretensión.

SEGUNDO

Admitido el recurso de apelación, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal y partes personadas, alegando lo que a sus derecho convino, y remitidas las actuaciones para resolución a esta Sala de la Audiencia Provincial, habiéndose designado como ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Teresa Muñoz Quintana, quedaron las actuaciones pendientes para dictar la resolución oportuna.

II .- RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

A fin de resolver el presente recurso de Apelación, de lo obrante en las actuaciones cabe tener en cuenta.:

.- ATESTADO nº NUM002 del Grupo de Investigación Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, en relación con la operación denominada "MACCHIATO", sobre la sustracción de vehículos en Italia y su posterior matriculación en territorio nacional, los cuales se importarían desde Nápoles (Italia), donde previamente habrían sido apropiados indebidamente por una organización, conforme al modus operandi, que se indica en este atestado. Con referencia concreta entre los vehículos afectados, al A.U.D.I modelo A5 CABRIOLET, con número de Bastidor NUM000, al cual le han correspondido las placas de matricula nacionales ....RKK

, figurando un señalamiento por sustracción dado por SIS Bélgica con fecha 14-06-2017, procediendo a la Intervención del mismo a su titular actual. (ANEXO III). Y, respecto del que se señala que en la manifestación tomada a Jose Pablo (administrador único de la empresa SENSAUTO 20.17 S.L.), titular actual de vehículo, declarando haber comprado el vehículo a través de una página web de subastas entre profesionales denominada AUT01.com, aportando factura de venta, transferencia realizada por el pago del vehículo por la entidad Caixa Bank de fecha 27 de Abril del 2017, factura de confirmación de venta del vehículo, quedando depositado el vehículo a disposición de la Autoridad Judicial que en su día entienda de la causa, causa y como depositario Jose Pablo ( NUM003 ), al ser considerado comprador de buena fe al acreditar su legal compra, (acontecimiento nº 1 página nº 10). Junto con las páginas nº 100 y siguientes, contando con las declaraciones de quien se indica se su actual propietario Jose Pablo, y aportando entre la documentación la relativa al pago de 22.396'38 €, (páginas nº 116, 117, 118). Con acta de intervención y depósito, reflejando que la persona a la que se le interviene el vehículo es a Jose Pablo, en calidad de Administrador Único de la empresa SENSAUTO 2017 S.L, titular del vehículo (página nº 124).

.- Constando en el acontecimiento nº 15, ESCRITO presentado el 19 de Setiembre de 2.017 por parte del Letrado de Luciano, manifestando que le fue robado su vehículo descapotable de marca Audi A5, mientras se encontraba en Italia, entonces matriculado con el número .RUR..., aportando documentación relativo al mismo y solicitando su restitución.

.- AUTO de fecha 5 de Octubre de 2.017 (acontecimiento nº 57), acordando denegar la solicitud formulada por el Letrado de Luciano sobre la restitución del vehículo Audi A5 Cabriolet matrícula ....RKK, por los motivos expresados.

.- Escrito fechado el 8 de Agosto de 2.018 (acontecimiento nº 160), en el que por la representación procesal de Luciano se solicita que se le nombre depositario al mismo del referido vehículo, con autorización de su uso, sin perjuicio de tenerlo a disposición del Juzgado en todo momento, como el resto de la obligaciones inherentes al cargo.

.- Providencia de fecha 12 de Abril de 2.019 (acontecimiento nº 221), por la que entre otras cuestiones se acuerda, tal y como ya se dijo respecto a la petición interesada por el Sr. Luciano por este órgano judicial en Auto de fecha 5 de Octubre de 2.017, no ha lugar a lo interesado no sólo por los motivos expuestos en la referida resolución, que se dan por reproducidos, sino porque ambos vehículos han sido adquiridos por terceros de buena fe, según consta en las actuaciones e inclusive el vehículo OPEL INSIGNIA, con matrícula española .... YQP, número de bastidor NUM001 y matricula italiana TI .... KW, ha sido entregado como depositaria a Maite como tercero de buena fe.

.- Auto de fecha 29 de Julio de 2.019 (acontecimiento nº 259) desestimando el recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de Luciano, frente a la resolución dictada por este Juzgado con fecha 12 de Abril de 2.019.

Resoluciones con las que discrepa la parte recurrente con referencia, entre sus alegaciones, a que Luciano, además de haber aportado documentación acreditativa de la propiedad del automóvil, nadie ha puesto en duda su pertenencia original. Todo lo ocurrido con posterioridad al robo se halla en investigación y puede ponerse en cuestión: falsificación documental, matriculación en...

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