SAP Ciudad Real 343/2019, 24 de Octubre de 2019
Ponente | MARIA JESUS ALARCON BARCOS |
ECLI | ES:APCR:2019:1265 |
Número de Recurso | 483/2018 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 343/2019 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00343/2019
Modelo: N10250
C/ CABALLEROS, 11 PRIMERA PLANTA
-Teléfono: 926 29 55 00 Fax: 926 25 32 60
Correo electrónico:
Equipo/usuario: EMC
N.I.G. 13034 41 1 2016 0005419
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000483 /2018
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de CIUDAD REAL
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000684 /2016
Recurrente: EXPLOTACIONES HERMANOS DELGADO SL, EXPLOTACIONES HERMANOS DELGADO SL
Procurador: JOAQUIN HERNANDEZ CALAHORRA, JOAQUIN HERNANDEZ CALAHORRA
Abogado: ROSENDO LLORENTE MARTIN, ROSENDO LLORENTE MARTIN
Recurrido: DELLA TOFFOLA IBERICA SAU
Procurador: ESTRELLA JIMENEZ BALTASAR
Abogado: VERONICA YECORA VERDUGO
S E N T E N C I A 343
PRESIDENTA :
ILMA. SRA.
D. MARIA JESUS ALARCON BARCOS
MAGISTRADOS,
ILTMOS. SRES .
DOÑA PILAR ASTRAY CHACON
DOÑA MONICA CESDES CANO
En la ciudad de Ciudad Real a veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.
Visto, por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el Juicio Ordinario nº 684/16 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Ciudad Real. Interpone el recurso el Procurador Sr. JOAQUIN HERNANDEZ CALAHORRA, en nombre y representación de EXPLOTACIONES HERMANOS DELGADO S.L.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 28 de febrero de 2018, en el juicio antes dicho, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que me confiere la Constitución, he decidido desestimar íntegramente la demanda interpuesta por EXPLOTACIONES HERMANOS DELGADO SL contra DELLA TOFFOLA IBERICA SAU y, en consecuencia:
-
Absolver a DELLA TOFFOLA IBERICA SAU de todos los pedimentos cursados en su contra.
-
Condenar en costas a la parte demandante."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado la ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 24 de octubre de 2019, quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrado DOÑA MARIA JESUS ALARCON BARCOS quién expresa el parecer de la Sala.
En el presente litigio se ejercitan dos acciones -resolutoria e indemnizatoria- vinculadas a la compraventa de maquinaria e instalación números 3929 y 3945 de 10 de febrero y 9 de abril de 2015 respectivamente entre la entidad Explotaciones Hermanos Delgado S.L y Della Toffola Iberica S.A. como compradora la primera y vendedora la segunda.
Esta última contestó a la reclamación del comprador alegando que las máquinas eran aptas para realizar su función, si bien la disfunción se debió a causas imputables a la entidad demandante por omisión de las instrucciones necesarias y dotar de personal cualificado.
La sentencia de primera instancia desestima la reclamación del comprador pues no considera acreditados los graves defectos de funcionamiento descritos en la demanda; El desajuste que sufrían las máquinas se debió esencialmente a que se hizo uso de accesorios no originales a la utilización de los formatos, para lo que no estaba preparaba la línea isobárica y a la falta de aptitud del personal para su manejo.
La sociedad demandante considera que la sentencia del Juzgado valora de modo erróneo la prueba practicada en función del tipo de bien objeto de la compraventa litigiosa.
La entidad demandada solicita la confirmación de la resolución por sus propios fundamentos sin que en la misma de detecte ningún error en la valoración de la prueba.
La compradora demandante, como hemos indicado anteriormente, ejercita una acción de resolución de contrato de compraventa por inhabilidad del objeto prevista en el artículo 1124 del Código civil de manera que, a cambio de la devolución de la máquina defectuosa al vendedor, reclama la restitución del precio satisfecho y una indemnización por los perjuicios ocasionados en forma de pérdida comercial (en total, 820.214'53 €).
Así, en cuanto se refiere a la apreciación del incumplimiento esencial -no meramente accesorio- del vendedor de trascendencia resolutoria, es determinante el concepto de 'falta de conformidad' que engloba defectos graves de calidad o cantidad o la entrega de cosa distinta de la convenida o esperada.
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ATS, 30 de Marzo de 2022
...procesal de Della Toffola Ibérica S.A.U. interpuso recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación contra la sentencia n.º 343/2019, de 24 de octubre, dictada por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Sección 1.ª, en el rollo de apelación n.º 483/2018, dimanante de los auto......