SAP Guadalajara 55/2020, 25 de Febrero de 2020

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2020:108
Número de Recurso522/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución55/2020
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00055/2020

Modelo: N10250

PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Teléfono: 949-20.99.00 Fax: 949-23.52.24

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MOD

N.I.G. 19130 42 1 2018 0002022

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000522 /2019

Juzgado de procedencia: JDO.PRIMERA INSTANCIA N.3 de GUADALAJARA

Procedimiento de origen: JVH JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) 0000234 /2018

Recurrente: Marta

Procurador: MARIA SOLEDAD CARNERO CHAMON

Abogado: ROSA MARIA SANZ CARRASCO

Recurrido: CORONAS REAL ESTATE, S.L.

Procurador: JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ LÓPEZ

Abogado: RAQUEL MARIA MONTERO FERNANDEZ

ILMA SRA PRESIDENTE:

Dª ISABEL SERRANO FRÍAS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLÉN

Dª MARIA ELENA MAYOR RODRIGO

S E N T E N C I A Nº 55/2020

En Guadalajara, a veinticinco de febrero de dos mil veinte

VISTO en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de VERBAL DESHAUCIO POR PRECARIO nº 234/2018, procedentes del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA nº 3 de Guadalajara, a los que ha correspondido el Rollo nº 522/2019, en los que aparece como parte apelante Marta, representado por

la Procuradora de los tribunales Dª MARIA SOLEDAD CARNERO CHAMÓN, y asistido por la Letrado Dª ROSA MARÍA SANZ CARRASCO, y como parte apelada CORONAS REAL ESTATE, SL., representado por el Procurador de los tribunales D. JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ LÓPEZ, y asistido por la Letrado Dª. RAQUEL MARÍA MONTERO FERNÁNDEZ, sobre DESHAUCIO POR PRECARIO, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ISABEL SERRA NO FRÍAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve se dictó sentencia, cuya parte dispositiva

es del tenor literal siguiente: "FALLO:Que estimando la demanda interpuesta por SAREB SL, representada por el Procurador DON FRANCISCO ABAJO ABRIL frente a los desconocidos ocupantes de la vivienda sita en la CALLE000 NUM000 DE POZO DE GUADALAJARA, resultando identificada DOÑA Marta, representada por la Procuradora DOÑA SOLEDAD CARNERO CHAMÓN, debo condenar y condeno a la demandada a cesar inmediatamente en cualquier acto de posesión sobre la finca sita en la CALLE000 NUM000 DE POZO DE GUADALAJARA, y debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario de la finca señalada, condenado a la demandada a desalojar el expresado inmueble, dejándolo libre, vacuo y expedito a disposición de la demandante con apercibimiento de lanzamiento y al pago de las costas del presente procedimiento."

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Marta se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el día 25 de febrero de 2020.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se cuestiona en primer lugar...

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