STSJ Asturias 1161/2019, 4 de Junio de 2019

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJAS:2019:2187
Número de Recurso945/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1161/2019
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2019
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01161/2019

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33037 44 4 2018 0000752

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000945 /2019

Procedimiento origen: DFU DERECHOS FUNDAMENTALES 0000746 /2018

RECURRENTE/S D/ña CONFEDERACION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES Y DE FUNCIONARIOS

ABOGADO/A: ALMA MARIA PANTIGA FERNANDEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: AYUNTAMIENTO DE LANGREO, MINISTERIO FISCAL

ABOGADO/A: PALOMA DE LA IGLESIA RIVAYA,

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

SENTENCIA Nº 1161/19

En OVIEDO, a cuatro de junio de dos mil diecinueve.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES, Presidente, D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO y Dª. MARIA CRISTINA GARCIA FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000945/2019, formalizado por la Letrado Dª. ALMA MARIA PANTIGA FERNANDEZ, en nombre y representación de la CONFEDERACION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES Y DE FUNCIONARIOS, contra la sentencia número 1/2019 dictada por JDO. DE LO SOCIAL de MIERES en el procedimiento DERECHOS FUNDAMENTALES 0000746/2018, seguidos a instancia de la CONFEDERACION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES Y DE FUNCIONARIOS frente al AYUNTAMIENTO DE LANGREO y el MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La CONFEDERACION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES Y DE FUNCIONARIOS presentó demanda contra el AYUNTAMIENTO DE LANGREO y el MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 1/2019, de fecha diez de enero de dos mil diecinueve.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) Tras las últimas elecciones sindicales de fecha 31 de mayo de 2018, el Sindicato CSIF obtuvo más del 10% de representación, tanto en el personal funcionario como en el laboral.

  2. ) Con fecha 7 de junio de 2018 se registró en el Ayuntamiento de Langreo, escrito por parte del Delegado de la Sección Sindical CSIF en el consistorio, en el que solicita al organismo que facilite los medios necesarios para la actividad sindical (documento que obra en el folio 24).

    El Ayuntamiento no dio respuesta a dicha petición, por lo que el silencio produce efectos desestimatorios.

  3. ) El Ayuntamiento ahora demandado ha puesto a disposición de los sindicatos un local, que constituye la Sala de Reuniones, en las propias dependencias del Ayuntamiento, a compartir entre las siguientes secciones sindicales: CC.OO, UGT y SIPLA-CSL, junto con el Comité de Empresa y Junta de Personal, a lo que hay que añadir que, también es utilizado por el personal del propio Ayuntamiento (concejalías y demás personal).

    Según expone la parte actora, dicho local no reúne mínimamente las condiciones de capacidad e idoneidad para que la sección sindical, ahora demandante pueda desarrollar su derecho fundamental de reunión y el derecho a la actividad sindical en condiciones adecuadas.

  4. ) El edificio del Ayuntamiento no dispone de más espacio para proporcionar otro local que el que viene siendo usado.

  5. ) El Ayuntamiento, ya ofreció en su momento a las representaciones sindicales un nuevo local, sito en la Felguera, que fue rechazado por éstas.

  6. ) A raíz de la denuncia formulada por la Inspección de Trabajo se emitió informe técnico por el Arquitecto Municipal del Ayuntamiento de Langreo, con fecha de 11 de diciembre de 2018, en el sentido que obra en el folio 101 de autos.

    En dicho informe se indica:

    - Que en la actualidad los sindicatos tienen asignado un local de reunión con una superficie útil de 32,13 m2., situado en el edificio Casa Cuca.

    - Que en este edificio hay todos los servicios de impresión y comunicación así como las dotaciones de aseos separados por sexo y un aseo adaptado.

    - Que el local está dotado de armarios archivadores con llave, mobiliario de oficina, equipos informáticos, teléfono tal y como se puede comprobar en la documentación gráfica adjunta (folio 102).

    Por su parte, la Secretaria General del Ilmo. Ayuntamiento de Langreo, emitió un certificado, en el que acredita que el local goza de la superficie de 32 m2 y dispone de mesas y sillas, mobiliario, ordenador con acceso a internet, taquillas con llaves para cada uno de los sindicatos y teléfono, según consta en Autos (folio 104).

    Asimismo, también certifica que no consta que en dicho local se realicen otras actividades que no sea la sindical.

    Con fecha 14-12-2018, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió informe tras haber visitado las instalaciones del Ayuntamiento y haberse entrevistado con el Arquitecto Municipal y el Responsable de Recursos Humanos, los cuales informan que actualmente comparten 5 Secciones Sindicales, además del Comité de Empresa el local sito en el edificio Casa Cuca, ya que el Ayuntamiento no dispone de locales adecuados para ser utilizados en exclusiva por cada uno de los anteriores.

    Se indica, que el Ayuntamiento dispone de unas aulas y de salas de reuniones que son utilizadas para impartir cursos o se ceden a distintas asociaciones para que puedan celebrar sus reuniones, pero que el resto del tiempo están libres y aunque no se puede ceder su uso en exclusiva, sí cabe la posibilidad de que sean utilizadas por las Secciones Sindicales y el Comité de Empresa.

    Con arreglo a lo anterior, cabría que siguieran compartiendo el local que tienen en Casa Cuca, donde cuentan con archivadores con llaves para guardar la documentación y pueden organizar el uso compartido de dicho local y el acceso al ordenador para que sea privado, a través del departamento informático se pueden asignar claves para cada sección y ello se completaría con el uso de las aulas antes indicadas, de manera que si un día tienen que hacer una reunión y el local común está ocupado pueden acudir a alguna de las aulas...

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