AAP Barcelona 84/2020, 4 de Febrero de 2020
Ponente | ALICIA ALCARAZ CASTILLEJOS |
ECLI | ES:APB:2020:1830A |
Número de Recurso | 44/2020 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 84/2020 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCIÓN QUINTA
Rollo nº 44/2020
Diligencias previas 695/2017
Juzgado de Instrucción núm. 2 de Manresa
AUTO
Ilmas. Sras. e Ilmo. Sr.:
Dª. Alicia Alcaraz Castillejos
Dª. Rosa Fernández Palma
D. Ignasi de Ramon Fors
En la ciudad de Barcelona, a 4 de febrero de 2020.
Con fecha 12 de agosto de 2019 se dictó auto en el que se acuerda: " No se admite la petición de práctica de diligencias de instrucción formulada por el letrado del Sr. Doroteo, por resultar extemporánea, en el marzo del procedimiento DP 695/2017 ."
Notificada que fue a las partes la resolución indicada, se interpuso contra la misma recurso de reforma y subsidiario de apelación por la presentación procesal de Doroteo, en el que se interesa que se revoque la resolución recurrida y se acceda a lo solicitado en el escrito de esta parte de 27 de junio de 2019. Tras admitir y tener por interpuesto el recurso de reforma, se confirió traslado del mismo a las demás partes, y en tal trámite el Ministerio Fiscal se opuso al recurso interpuesto. Por auto de 5 de noviembre de 2019 se desestimó el recurso de reforma, y se tramitó el recurso de apelación interpuesto de forma subsidiaria.
Tras evacuarse los traslados preceptivos y una vez deducidos los correspondientes testimonios de particulares designados, se elevaron a esta Sección Quinta para su ulterior sustanciación y resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las reglas y las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Alicia Alcaraz Castillejos, que expresa el parecer unánime de la Sala, previa deliberación y votación.
El recurso interesa la práctica de las diligencias de instrucción que peticionó en el escrito de fecha 27 de junio de 2019.
Al efecto alega que más de un año y medio después de abierta la causa, sin que nadie que pudiese hacerlo hubiese pedido la complejidad, se citó a varias personas en calidad de investigados, y el Juez Instructor transcurridos los seis meses máximos de instrucción no tenía otra solución jurídica que haber dictado el auto de procedimiento abreviado con la consecuencia lógica del sobreseimiento y archivo.
Añade que las consecuencias jurídicas de la preclusión de los plazos deberían aplicarse tanto a la propia actuación del Juzgado Instructor, del Ministerio Fiscal y de la acusación particular, y no a las de las demás partes.
Delimitado el objeto devolutivo del recurso de apelación, la presente resolución se resolverá al amparo del art. 324 LECrim.
Al efecto, el artículo 324 LECrim dispone lo siguiente:
"1. Las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas.
No obstante, antes de la expiración de ese plazo, el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes, podrá declarar la instrucción compleja a los efectos previstos en el apartado siguiente cuando, por circunstancias sobrevenidas a la investigación, ésta no pudiera razonablemente completarse en el plazo estipulado o concurran de forma sobrevenida algunas de las circunstancias previstas en el apartado siguiente de este artículo.
-
Si la instrucción es declarada compleja el plazo de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Pontevedra 160/2023, 9 de Marzo de 2023
...ha sido admitida de un modo mayoritario por nuestras audiencias provinciales ( vid. AAP Barcelona 336/2020, de 29 de abril; AAP Barcelona 84/2020, de 4 de febrero; AAP Barcelona 634/2019, de 18 de noviembre; AAP Badajoz 159/2020, de 1 de junio; AAP Cáceres 237/2020, de 20 de marzo; AAP Cáce......
-
AAP Guipúzcoa 293/2020, 24 de Noviembre de 2020
...hechos constitutivos de delito respecto de una determinada persona. En este sentido podemos citar, entre otras, los Autos de AP Barcelona, Sección 5ª, 4-2-2020 nº 84/2020, y AP Valencia, Sección 2ª, 04-09-2020 nº Mantienen postura contraria a la práctica de la declaración de investigado exp......