SAP Huesca 17/2020, 4 de Febrero de 2020

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
ECLIES:APHU:2020:100
Número de Recurso6/2020
ProcedimientoRecurso de apelación. Procedimiento abreviado
Número de Resolución17/2020
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

S E N T E N C I A Nº 000017/2020

Presidente

D./Dª. SANTIAGO SERENA PUIG

Magistrados

D./Dª. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA (Ponente)

D./Dª. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a cuatro de febrero de dos mil veinte.

Vista en nombre del Rey, por esta Audiencia Provincial de Huesca, en grado de apelación, la causa número 8 del año 2018, del Juzgado de Instrucción nº1 de Huesca, que ha quedado registrada en este Tribunal al número 6 del año 2020, tramitada como procedimiento abreviado, 218/2018, ante el Juzgado de lo Penal nº2 de Huesca, por un presunto delito de coacciones y lesiones contra dos acusados ya absueltos y contra Rubén cuyas circunstancias personales constan en la resolución impugnada, representado por la procuradora doña Natalia Fañanás Puertas y defendido por el abogado don Ricardo Orús Rodes, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y, como acusación particular, Zaira, representada por el procurador don José Javier Muzás Rota y defendida por el letrado don Rafael Álvarez Murias. Actúa en esta alzada como apelante Rubén, y como parte apelada las acusaciones ya citadas. Es Ponente el Magistrado Gonzalo Gutiérrez Celma, quien expresa el parecer de esta sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa antes reseñada, se dictó la Sentencia combatida en la que se pronunció, literalmente, la siguiente parte dispositiva: "FALLO / DEBO CONDENAR Y CONDENO a Rubén como autor responsable de un DELITO DE COACCIONES, en la modalidad prevista y penada en el 172 ter CP, con la concurrencia de la circunstancia agravante de abuso de confianza, a la pena de QUINCE MESES DE PRISIÓN, con accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. / DEBO CONDENAR Y CONDENO a Rubén como autor responsable de un DELITO DE LESIONES, previsto y penado en el 147.1 CP, con la concurrencia de la circunstancia agravante de abuso de confianza, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, con accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. / Se imponen al condenado las costas, incluidas las de la acusación particular. / El penado deberá indemnizar a Zaira en la suma de 3.000 euros, en concepto de daño moral derivado del delito de acoso del que fue objeto, y, por el delito de lesiones en la suma de 9.406 euros por las lesiones y 10.087,22 euros por las secuelas, cantidades todas ellas que devengarán los intereses del art. 576 LEC. / DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Diana y Carlos por el delito de acoso objeto de la presente causa, declarando de oficio las costas causadas.".

SEGUNDO

Notificada a las partes la indicada Sentencia, interpuso la representación de Rubén el presente recurso de apelación, alegando los motivos que estimó procedentes y que luego se estudiarán, solicitando se revoque la sentencia y en su lugar se dicte otra que

  1. Decrete la nulidad de la diligencia policial de 13 de febrero de 2017 de los folios 48 y 49 en la que se incauta el ordenador, así como de todas las demás pruebas obtenidas durante su práctica y de las demás que se hayan conseguido con la información contenida en el ordenador o relacionadas con el mismo; así como la nulidad de la totalidad del atestado y de las demás pruebas obtenidas con base o apoyo en su contenido policial. Y en ambos supuestos, la nulidad de las actuaciones judiciales basadas en el ordenador y en el atestado.

  2. Absuelva al apelante con toda clase de pronunciamientos favorables.

  3. Subsidiariamente y si se mantuviera la condena:

    c.1: se revoque la agravante y, en cualquier caso, se le condene a la pena de multa en el grado que la sala estime, revocando la prisión.

    c.2.: como responsabilidad civil se indemnice exclusivamente por el trastorno adaptativo a la suma resultante

    de aplicar 2 puntos de secuela según el baremo de tráfico.

    c.3: se revoque y se deje sin efecto la indemnización correspondiente al daño moral por alteración de la calidad

    de vida.

  4. Y que se revoque y deje sin efecto la condena en costas devengadas por la acusación particular.

TERCERO

El Juzgado tuvo por interpuesto en tiempo y forma el indicado recurso de apelación y dio traslado al Ministerio Fiscal y a las demás partes por un plazo común de diez días. Dicho Ministerio impugnó el recurso interpuesto interesando su desestimación y la confirmación de la sentencia.

Por su parte, la acusación particular solicitó, por un lado;

A.- se desestime la Apelación planteada en todos y cado uno de sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP Badajoz 47/2020, 16 de Julio de 2020
    • España
    • July 16, 2020
    ...2020(ROJ: AAP V 1059/2020 - ECLI:ES:APV:2020:1059ª); Auto AP de Huesca, sección 1ª, del 28 de febrero de 2020(ROJ: AAP HU 100/2020 - ECLI:ES:APHU:2020:100 A ); Auto AP de Madrid, sección 8ª, del 7 de febrero de 2020(ROJ: AAP M 225/2020 - ECLI:ES:APM:2020:225 A); o los más antiguos Autos de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR