ATS, 17 de Junio de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 17 Junio 2020 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 17/06/2020
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 2877 /2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 28 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: MPL/MJ
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2877/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Rafael Sarazá Jimena
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 17 de junio de 2020.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena.
La representación procesal de BBVA presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada con fecha 9 de marzo de 2018 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28.ª), en el rollo de apelación n.º 197/2016, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 176/2013 del Juzgado Mercantil n.º 4 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Mediante diligencia de ordenación de fecha de fecha 10 de octubre de 2018 se tuvo por personado al procurador D. Esteban Jabardo Margareto, en representación de la parte recurrente BBVA. La misma diligencia de ordenación tuvo por personada al procurador D. David García Riquelme en representación de Alaska Producciones SL y D. Simón.
Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 469 y siguientes y 477.2, ordinal 2º LEC.
De conformidad con los arts. 474 y 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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- Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de BBVA contra la Sentencia dictada con fecha 9 de marzo de 2018 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28.ª), en el rollo de apelación n.º 197/2016, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 176/2013 del Juzgado Mercantil n.º 4 de Madrid.
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- Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.