STSJ Andalucía 781/2020, 27 de Febrero de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 27 Febrero 2020 |
Número de resolución | 781/2020 |
Recurso Nº 3575/18 - K Sentencia nº 781/20
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Ilmo. Sr. Magistrado
DON LUIS LOZANO MORENO
Ilmas. Sras. Magistradas
DOÑA MARÍA DEL CARMEN PÉREZ SIBÓN
DOÑA AURORA BARRERO RODRIGUEZ (PONENTE)
En Sevilla a veintisiete de febrero de dos mil veinte
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 781/20
En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Coral contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Sevilla, dictada en los autos nº 695/15; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Coral contra el Servicio Público de Empleo Estatal y Agrícola Espino S.L.U, sobre Desempleo, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 18/4/17 por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
Dª Coral, N.I.F. NUM000, consta de alta en Agrícola Espino desde 24.2.2012 a 2.3.2012, 1.10.2013 a 23.10.2013 (folio 78 vuelto).
La actora fue perceptora de subsidio por desempleo desde 17.10.2012 (folio 41) a 30.4.2013.
La Inspección de Trabajo el día 16.5.2014 a las 11:45 horas, giró visita a la finca rústica denominada Mata del Toro, localizada en el Polígono 5, parcela 65 de Carmona (Sevilla), finca dedicada al cultivo del melocotón y nectarina. La Inspectora de trabajo comprobó la presencia de 43 trabajadores realizando labores
de recolección de nectarina, de los 18 eran rumanos, que prestaban servicios para la mercantil Hortofrutícola de Servicios Agrícolas Silvio Ionut S.L., y Recolecciones Sanda S.L., empresas subcontratadas por Isidoro para las labores de recolección y los restantes trabajadores, 25, estaban contratados por Agrícola Espino S.L.U., si bien 7 no estaban dados de alta en Seguridad Social. La Inspección comprobó que a fecha de la visita la empresa contaba con 79 trabajadores dados de alta. La finca tenía una superficie de 30 hectáreas, dedicadas al cultivo del melocotón y la nectarina, que es explotada por el empresario D. Isidoro, en régimen de arrendamiento desde 1989.90. También explota, también en arrendamiento, 4 fincas más, destinadas al cultivo de la fruta de hueso (nectarina y melocotón), ubicadas en Carmona, manifestando el empresario, el día de la Inspección, que en ese momento no se estaban realizando labores de recolección en el resto de fincas. La Inspección comprobó que la empresa desde enero de 2012 a julio de 2014 había dado de alta a 1731 trabajadores, declarándose la realización de 36.358 jornadas reales, según desglose que consta en folios 51 y 52, que se dan por reproducidos. Así en el año 2012 de los 570 trabajadores que figuraban de alta, 100 declararon la realización de 35 o 20 jornadas, número mínimo exigido para acceder a las prestaciones por desempleo, de los 470 restantes, 22 declararon más de 35 jornadas reales. Se comprobó igualmente que en un mismo día causaban baja un elevado número de trabajadores, y ese mismo día se contrataban a otros tantos con el mismo objeto.
La empresa mantiene una deuda en materia de cotización de 540465,66 euros.
El domicilio de la actividad según TGSS Finca la Florida en Guadalcanal no pertenece a D. Isidoro desde al menos 2009, habiendo sido adquirida por Dª Melisa, quien explota la propiedad.
D. Isidoro no ha comunicado la existencia de los contratos de trabajo temporales, no lleva contabilidad, no cuenta ni opera con ninguna entidad bancaria, no se aportan facturas ni documentos de pago.
En cuanto al cultivo del melocotón y la nectarina presentan como particularidades de su cultivo:
( El aclareo, esto es, técnica de eliminación de flores y/o frutos de los árboles, que se realiza de 15.3. a 15.4.
( La recolección, comienza desde 20.4. a 20.6.
( La estimación de producción basada en datos de superficie cultivada, se estima en 650.000 kilos, la producción correspondiente a 30 hectáreas, lo que implica unas 1857 jornadas.
( Riego, el sistema es el de goteo, que requiere al menos de dos tractoristas, quienes junto a dos peones, son suficientes para el mantenimiento.
Por dichos hechos, al entender que existe una conducta fraudulenta la Inspección de Trabajo levantó acta en fecha de 9.3.2015, en los términos que constan en folios 59 a 62, que se dan por reproducidos, proponiendo la extinción de la prestación/subsidio desde 17.10.2012 y el reintegro de cantidades indebidamente percibidas, que motivó la correspondiente propuesta de resolución de 13.4.2015.
La parte actora formuló alegaciones por escrito 8.1.2015 (folios 45 a 47).
La Resolución de fecha de salida de 12.6.2015 confirmó la propuesta de extinción de la prestación o subsidio de desempleo desde 17.10.2012 y reintegro de cantidades, en su caso, indebidamente percibidas (folios 33 a 36).
La parte actora interpuso reclamación previa en fecha de2.7.2015 (folios 25 a 32), que fue desestimada por Resolución de fecha de salida de 9.12.2015 (folio 21), por lo que interpuso la demanda origen del presente procedimiento.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante que no fue impugnado de contrario.
El 11/6/15 el SPEE dictó resolución por la que resolvió confirmar la propuesta de extinción de la prestación de la prestación o subsidio por desempleo reconocida a la actora desde 17/10/12, con reintegro de las cantidades indebidamente percibidas. La actora formuló demanda y la sentencia de instancia la desestimó al apreciar la existencia de fraude. Contra la sentencia formuló recurso de suplicación que no fue impugnado.
Por el cauce del apartado c) del artículo 193 LRJS denuncia la recurrente infracción de normas y jurisprudencia. Razona el recurso cómo debe ser entendida la presunción de veracidad de las actas de la Inspección de Trabajo, alude a la prueba por indicios y manifiesta...
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ATS, 15 de Junio de 2021
...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla de fecha 27 de febrero de 2020, en el recurso de suplicación número 3575/18, interpuesto por Dª. Aurelia, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 4 de los de Sevilla de fecha 18 de abril de 2017, en el ......