STSJ País Vasco 87/2020, 14 de Enero de 2020

PonenteFLORENTINO EGUARAS MENDIRI
ECLIES:TSJPV:2020:339
Número de Recurso2194/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución87/2020
Fecha de Resolución14 de Enero de 2020
EmisorSala de lo Social

RECURSO N.º:Recurso de suplicación 2194/2019NIG PV 01.02.4-18/002773NIG CGPJ01059.34.4-2018/0002773

SENTENCIA N.º: 87/2020

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO En la Villa de Bilbao, a 14 de enero de 2020.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, Presidente en funciones, Dª MAITE ALEJANDRO ARANZAMENDI y D. JOSE FÉLIX LAJO GONZÁLEZ, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 3 de Vitoria de los de VITORIA-GASTEIZ de fecha 4 de junio de 2019, dictada en proceso sobre RLS, y entablado por TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a EUSKAL TELEBISTA TELEVISION VASCA S.A., EUSKO IRRATIA RADIODIFUSION VASCA S.A., Teodoro, Jose Enrique y Esperanza .Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

")PRIMERO.-) )La empresa EUSKAL IRRATI TELEBISTA-RADIO TELEVISIÓN VASCA (CIF Q-0191001-G); CCC principal NUM000 ), con actividad económica radiodifusión (CNAE 096010), Ttiene por objeto social la producción y transmisión de imágenes y sonidos simultáneamente a través de ondas o mediante cables, mediata o inmediatamente al público en general con fines informativos, culturales, artísticos, recreativos, comerciales, publicitarios, así como medio de cooperación con el sistema educativo y de fomento y difusión de la cultura vasca, y en especial al fomento y desarrollo del euskera ( artículo 2ª) del Decreto 157/1982, de 19 de julio (BOPV del 16 de agosto), sobre la constitución de la Sociedad Anónima Pública "empresa EUSKAL IRRATI TELEBISTA-RADIO TELEVISIÓN VASCA, S.A.").))SEGUNDO.-) )En cumplimiento de la orden de servicio 1/0003390/17 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Álava inicia actuación respecto de la empresa EUSKAL TELEBISTA TV VASCA, S.A (C.C.C: 01106506278; CIF: A48139232), a fin de efectuar comprobaciones en materia de Empleo y Seguridad Social, en concreto, comprobar el correcto encuadramiento en el sistema de la Seguridad Social de una serie de profesionales que prestan servicios para la misma.))TERCERO.-) )Con fecha 22/12/2016, la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social procedió a enviar oficio citación a las empresas

EUSKAL TELEBISTA TV VASCA, S.A., CIF: A48139232, y EUSKO IRRATIA, S.A., CIF: A48139224, con centro de trabajo sito en la c/ Domingo Martínez de Aragón, no 5, de la localidad de Vitoria-Gasteiz (Álava), solicitando la comparecencia de las empresas en oficinas de Inspección de Trabajo el día 12/01/20171 a las 10:30 horas, con aportación documental, en relación con los contratos mercantiles, contratos de arrendamientos de servicios, suscritos con las siguientes personas: -D. Abilio -D. Jose Enrique -D. Alonso -D. Ángel -D. Antonio -Dña. Milagros -Dña. Esperanza -D. Benjamín -Dña. Palmira -D. Casiano -D. Cecilio -D. Teodoro -D. Cornelio ))CUARTO.-) )En cumplimiento del anterior requerimiento, con fecha del 12/01/2017, comparecieron en las oficinas de Inspección de Trabajo, en representación de las empresas, Dña. María Rosa, del Departamento Contable y Mercantil, y Dña. María Rosario, en su condición de Responsable de Relaciones Laborales de la empresa. En dicha comparecencia, la representación de la empresa da las explicaciones oportunas en relación con los sujetos mencionados en la citación enviada, sin que se aportaran los contratos solicitados, ya que los mismos no se habían formalizado. Solamente se aportaba contrato suscrito a fecha 27/07/2016, con D. Benjamín .

En fecha 17/01/2017, a las 13:37 horas, la funcionaria actuante envió un correo electrónico a la empresa requiriendo información respecto a los sujetos señalados en el oficio de citación enviado. En dicho email, se adjuntaba un documento Excel con los campos a rellenar por la empresa, de los sujetos que prestaron servicios para la empresa, y que eran objeto de investigación en el expediente. ) QUINTO.-) )En fecha 15/09/2016, se envió oficio citación para comparecencia personal de D. Jose Enrique, en oficinas de Inspección de Trabajo, el día 27/09/2016, a las 11:30 horas, aportando documentación relacionada con la prestación de servicios para la empresa EUSKO IRRATIA, S.A. durante los años 2012, 2013 y 2014. En fecha 27/09/2016 compareció D. Jose Enrique . En el transcurso de la comparecencia además de aportarse diversa documentación se indicó a preguntas de la actuante de la Inspección de Trabajo, en relación a su actividad para las empresas EUSKO IRRATIA RADIODIFUSION VASCA, S.A y EUSKAL TELEBISTA TV VASCA, S.A lo siguiente:

) )PROFESIÓN O ACTIVIDAD HABITUAL:) PERIODISTA. Desde el año 2003 redactor en el periódico BERRIA. )FUNCIONES que desempeña para EI:) e INICIO de prestación de servicios para ETB y FRECUENCIA de las "colaboraciones": Tertuliano. Empezó en el programa "FAKTORIA" en el verano de 2012, y también en el verano siguiente. En otoño de 2013 participó en el programa "MEZULARIA" de la EiTB. En esa ocasión participaba una vez a la semana, los martes a las 18:30 horas, durante 30 minutos. Comentaban la actualidad, temas generales. Estaba con otros dos tertulianos. En RADIO VITORIA estuvo por las mañanas en el programa "ARABA GAUR". Le iba mejor los martes, si bien finalmente estuvo los lunes. En ese caso no es fijo, se lo piden ellos. Comentaban la actualidad, durante 30 minutos, en la conexión de las 09:00 horas. Siempre acudió físicamente, desde septiembre de 2015. )FUNCIONES DESEMPEÑADAS PARA OTROS MEDIOS:) En el verano de 2016 participó en el programa, magazine de la EiTB "AZPIMARRA". )FUNCIONES DESEMPEÑADAS PARA OTROS MEDIOS:) En el verano de 2016 participó en el programa, magazine de la EiTB "AZPIMARRA". )ÓRDENES) (qué tipo de trabajo se le encarga, a quien corresponde el diseño, organización, dirección del programa, así como su contenido; quien fija el "tema de debate"): Manifiesta que se le indica el tema del que van a hablar. )JORNADA/HORARIO:) En sus propias palabras "no depende de mí". Para la realización de las funciones de tertuliano pidió el viernes, y al final lo hizo en viernes. )MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES) puestos por ETB a su disposición para el desarrollo/preparación de su tarea: Indica que el programa se hace en San Sebastián, si bien él acude a RADIO VITORIA, al estudio, para hacer la conexión. Indica que si no puede asistir lo llaman a su teléfono. En el estudio hay un técnico que conecta con San Sebastián, le pone el micro y comienza la retransmisión. )ABONO DE RETRIBUCIONES (quien fija los precios o tarifas):) Manifiesta expresamente: "Ellos me dijeron lo que se pagaba por una colaboración, me mandaron un modelo de factura para conocer los datos que había que reflejar". )FACTURACIÓN:) Se solicitó girar factura. ))Respecto a la facturación, por la unidad inspectora se analizó la documentación aportada por el compareciente, constatando facturas emitidas del periodo solicitado en el que constan el número de colaboraciones (con especificación de fechas), y el precio de las mismas: 45 ó 50 por colaboración. En todas ellas se indica "Euskadi Irratian "FAKTORIA" saiorako kolaborazioak (Bakoitza 45)" o bien "Euskadi Irratian "MEZULARIA" "saiorako kolaborazioak (Bakoitza 50)". Asimismo se aportó documento acreditativo de alta en el IAE, en fecha 17/02/2015, con epígrafe: "776 Colaboraciones Radio/TV". De la documentación aportada por EUSKO IRRATIA RADIODIFUSION VASCA, S.A en el cuadro EXCEL se hace constar respecto a D. Jose Enrique

, la prestación de servicios para EUSKO IRRATIA (CIF: A48139224), como TERTULIANO, en los siguientes días, y por los siguientes importes:

29/08/2012

6 colaboraciones/mes

270,00

08/10/2012

2 colaboraciones/mes 90,00

29/10/2012

2 colaboraciones/mes 90,00

01/01/2013

2 colaboraciones/mes 90,00

01/02/2013

5 colaboraciones/mes 225,00

27/03/2013

2 colaboraciones/mes 90,00

30/04/2013

2 colaboraciones/mes 90,00

03/06/2013

2 colaboraciones/mes 90,00

04/07/2013

2 colaboraciones/mes 90,00

07/08/2013

2 colaboraciones/mes 90,00

02/09/2013

3 colaboraciones/mes 135,00

02/09/2013

7 colaboraciones/mes 330,00

04/11/2013

5 colaboraciones/mes 250,00

02/12/2013

4 colaboraciones/mes 200,00

03/01/2014

4 colaboraciones/mes

200,00

03/02/2014

4 colaboraciones/mes 250,00

04/03/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

02/04/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

05/05/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

03/06/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

04/07/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

02/10/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

03/11/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

01/12/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

31/12/2014

4 colaboraciones/mes 200,00

02/02/2015

3 colaboraciones/mes 150,00

23/02/2015

3 colaboraciones/mes 150,00

24/02/2015

3 colaboraciones/mes 150,00

02/03/2015

3 colaboraciones/mes

150,00

31/03/2015

5 colaboraciones/mes

250,00

30/04/2015

3 colaboraciones/mes

150,00

31/05/2015

3 colaboraciones/mes

150,00

30/06/2015

5 colaboraciones/mes

250,00

10/08/2015

1 colaboraciones/mes

50,00

30/09/2015

4 colaboraciones/mes

200,00

31/10/2015

4 colaboraciones/mes

200,00

30/11/2015

4 colaboraciones/mes

200,00

31/12/2015

5 colaboraciones/mes

250,00

)Además, para EUSKAL TELEBISTA TV VASCA, S.A. (CIF: A48139232) se reconocen los siguientes servicios de D. Jose Enrique, como TERTULIANO:

03/11/2014

2 Colaboraciones / mes 309,88

01/12/2014

1 Colaboración / mes 160,44

31/12/2014

1 Colaboración / mes 149,44

02/02/2015

1 Colaboración mes 160,44

23/02/2015

1 Colaboración / mes 160,44

24/02/2015

1 Colaboración / mes 160,44

02/03/2015

1 Colaboración / mes 160,44

3...

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